La Corte provincial ha establecido que Daniel "El Rengo" Aguilera, líder de la barra brava de Godoy Cruz, sea juzgado nuevamente por amenazar a su ex mujer. Además, el fallo ordena que Aguilera -sin dudas, el preso más famoso de Mendoza- cumpla con una condena, dictada en 2013, de dos años y medio de prisión por abuso de armas.
Esta condena estaba en suspenso y no le impidió viajar a Brasil para ver el mundial de fútbol que se celebró en ese país en 2014.
Ahora y tal como están las cosas, el barra tombino no podrá viajar a Rusia para ver el próximo mundial porque actualmente está detenido e imputado por comercio de drogas.
En un reciente fallo la sala penal de la Suprema Corte de Mendoza -presidida por José Valerio, secundado por Omar Palermo y Mario Adaro- acaba dar vuelta un fallo dictado el año pasado por el juez Orlando Vargas, del Primer Juzgado Correccional, que condenó a Aguilera a 6 meses de cárcel por haber golpeado a su mujer.
Vargas condenó a Aguilera por el delito de lesiones leves pero, al mismo tiempo, lo absolvió por amenazas simples.
Además, el juez no le sumó a los 6 meses la condena de 2 años y medio que el tombino tenía en suspenso.
Ahora la Corte ordena que se haga un nuevo juicio por amenazas y que, al momento del fallo, se unifique en la condena los dos años y medio, los 6 meses (que ya cumplió) y la pena del debate por amenazas, si se lo llegara en encontrar culpable.
De esta forma le dio la razón a la fiscal de Violencia de Género, Mónica Fernández, quien casó la sentencia y la llevó la Corte.
El juez no valoró la prueba
Para absolverlo de las amenazas, el juez Vargas consideró que la mujer de Aguilera declaró en el debate que no tenía miedo a su marido, que ella había firmado la primera declaración sin leerla y que había sido presionada por la Fiscalía para declarar en contra de "El Rengo".
Según la Corte, el juez no tuvo en cuenta la primera declaración de la mujer (en la que lo culpaba) y sí la segunda (donde opinaba lo contrario).
También omitió evaluar las pericias psicológicas, prueba relevante para determinar la existencia tanto de las amenazas como del contexto de violencia de género.
Allí los peritos advirtieron que mantenía "una relación disfuncional con su ex pareja, con presencia de una modalidad de interacción violenta desde el punto de vista psicológico durante la convivencia con episodio de violencia física reciente".
Vargas tampoco tuvo en cuenta un mensaje que Aguilera le mandó a la mujer: "lo que hice hoy no es nada comparado con lo que te voy a hacer".
Dos años y medio más
En relación a la pena de 2 años y medio que el juez Vargas no sumó a los 6 meses, la Corte sostiene que debe tenerse en cuenta (y acumularse) porque la sentencia del juez fue dictada dentro de los 4 años posteriores a la primera condena, tal como lo establece la ley y no afuera de ese plazo, como consideró Vargas.
Para la fiscal Fernández el plazo debió contarse desde la primera sentencia hasta la realización del nuevo delito (las amenazas). Pero el juez entendió que debía ser desde la sentencia hasta el dictado de sentencia del nuevo delito. La Corte le dio la razón a la fiscal. Por lo tanto las penas deben acumularse.
Por último el fallo de la Corte desechó el pedido de Gemina y Anahí Venier, defensoras de Aguilera. Las abogadas solicitaron la absolución del imputado por el delito de lesiones dolosas leves agravadas por la violencia de género, argumentando que el fundamento de la condena fue una declaración que no pudo ser controlada por ellas y que luego ha resultado desmentida en la audiencia de debate.
Agresiones a su pareja
En la mañana del 30 de marzo de 2017 Daniel Aguilera entró en la casa que habitaba su ex mujer, Alejandra Muñoz, en el barrio Los Aromos de Godoy Cruz y la agredió arrojándole una caja de café que le impactó en la cabeza.
Posteriormente le dio algunos golpes de puño en el estómago y en la cara.
La mujer intentó escapar y él la tiró contra un mueble que contenía botellas de vinos y la tomó de los cabellos, arrastrándola hacia su habitación, mientras le introducía los dedos en la boca y le tapaba la nariz.
Luego la mujer lo denunció y ahí él la habría amenazado.
Aguilera y los mundiales: a Sudáfrica, no; a Brasil, sí; a Rusia, no
En abril de 2013, Daniel Aguilera fue condenado a dos años y medio de prisión por "abuso de arma de fuego" en un juicio que había comenzado como un doble intento de homicidio contra Enrique Tello (36) y su sobrino, Jonathan Tello (18).
La condena le permitió recuperar la libertad de manera inmediata, tras pasar 20 meses en prisión.
Como la Justicia no le había prohibido salir del país, solicitó permiso y, así, el líder de la barra de Godoy Cruz pudo ver a la selección argentina en el mundial de Brasil.
En Brasil tuvo suerte porque no estaba en la lista de barrabravas con prohibición de ver los partidos.
Cuatro años antes Aguilera había viajado a Sudáfrica pero ni bien puso un pie en el aeropuerto de Johannesburgo "le sacaron la roja" y fue enviado nuevamente a Argentina.
Ahora, tampoco podrá asistir al mundial de Rusia: se encuentra detenido e imputado por ser el presunto jefe de una organización dedicada al comercio de droga y, por lo tanto, podría recibir una condena que va de los 8 a los 20 años de prisión.
Aguilera debería haber quedado libre en setiembre del año pasado, tras cumplir los 6 meses de encierro por agredir a su mujer.
Pero 10 días antes el fiscal federal subrogante de Mendoza, Fernando Alcaraz, comenzó a investigarlo por comercio de cocaína.
En una vivienda del barrio Ruiseñor, perteneciente al barra tombino, se secuestró un kilo de cocaína que había sido lanzado al techo de un vecino, además de balanzas, dinero (cerca de 20 mil dólares en billetes de distintas nacionalidades) y un arma.
Escuchas telefónicas indicarían que, desde prisión y con la ayuda de Cristian Oliva y Maximiliano Torres -también detenidos- conformaban una banda dedicada, presuntamente, a la venta droga.