Capital deberá pagar casi $ 500.000 por una caída

La Justicia ratificó una sentencia en primera instancia y obligó a la Municipalidad a indemnizar a una joven que cayó a una alcantarilla.

Capital deberá pagar casi  $ 500.000 por una caída
Capital deberá pagar casi $ 500.000 por una caída

La caída en una alcantarilla abierta ubicada sobre calle Córdoba de Ciudad provocó que una joven, a la que sólo identificaremos por las iniciales KAG, sufriera una herida cortante en su pierna derecha, a la altura de la rodilla.

Ello motivó una acción civil por daños y perjuicios contra la Municipalidad de la Ciudad de Mendoza que, después de ser ratificada por la Cámara de Apelaciones, deberá pagar más de 400 mil pesos a la víctima. La sentencia se encuentra firme y también vencido el plazo de 10 días que dio el Tribunal para hacer efectivo el pago.

El 13 de junio de 2014, mientras esperaba un ómnibus en calle Córdoba al 150, la joven terminó cayendo al interior de una alcantarilla sin protección, lo que, según el parte médico dado por los facultativos del hospital Central, adonde fue llevada, indican que sufrió una herida cortante micro-suturada en su pierna derecha a la altura de la rodilla.

Por ello se le realizó una microcirugía ya que la lesión comprendía planos profundos hasta el hueso de la rodilla. Pero luego sufrió una infección en la zona, fue medicada con antibióticos y al examen médico presentaba dolor y limitación de la movilidad de la rodilla derecha por retracción de la cicatriz. Esa lesión se acrecentó con la deambulación prolongada y con el trote.

Con esos antecedentes la joven accionó contra el municipio por daños y perjuicios y tuvo una respuesta favorable el 3 de abril pasado dada por el Segundo Juzgado de Gestión Asociada.

Sin embargo, el fallo fue apelado por la comuna capitalina y así el expediente con casi 200 fojas llegó a la Cámara Segunda de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Minas y Paz. Con las firmas de las juezas Gladys Delia Marsala, como preopinante, junto a sus pares María Teresa Carabajal Molina y Silvina del Carmen Furlotti, se ratificó el fallo en todas sus partes.

El fallo

En sus consideraciones la magistrada señaló que los argumentos de la demandada "deben estar avaladas con fundamentos científicos, de manera que constituyan una verdadera contra pericia", por lo que revalidó los argumentos "que hablan de los criterios jurisprudenciales dominantes disponen que la sana crítica racional, aconseja no apartarse de los dictámenes producidos en la causa si los mismos aparecen fundados en principios técnicos de la especialidad, no aparecen reñidos con las reglas de la lógica y no existe prueba de igual o mayor jerarquía que los desvirtúe".

Más adelante la jueza señaló que "un acontecimiento traumático e imprevisto como el descripto y acreditado en autos, puede producir los menoscabos de los que se queja la actora".

Y concluyó: "Si la actora tropieza con una alcantarilla y cae pesadamente con su pierna a una acequia de 1,50 centímetros, es de toda lógica suponer que ésta sea la causa de las lesiones o heridas cortantes".

Ese argumento fue compartido por las otras juezas, con lo que se rechazó el planteo de la Municipalidad y se la condenó al pago, dentro de los 10 días, de la suma de 440.550 pesos, importe al que se le deberán sumar los intereses que marca la Ley.

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