A principios de este mes el Gobierno había anticipado la derogación de la cédula azul para conducir un vehículo. Ayer, mediante el Ministerio de Justicia, se oficializó la medida. Desde el ejecutivo entienden que es un instrumento que “carece de sustento y aplicación práctica”. Además, a partir de ahora la cédula verde no tendrá vencimiento.
La cédula azul era una documentación hasta ahora obligatoria para que un tercero pueda circular al volante de un vehículo que no era de su propiedad. La decisión quedó formalizada este lunes a través de la Disposición 29/2024 de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor (DNRPA), publicada en el Boletín Oficial.
Según el texto oficial, “establecido en el Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023N° el no vencimiento de las cédulas de identificación, la existencia de la cédula de identificación para autorizado a conducir carece de sustento y de aplicación práctica, razón por la cual deviene pertinente proceder a la derogación”.
Allí se destaca que el Registro emitirá una cédula verde original en distintos trámites: inscripción Inicial, transferencias, comunicaciones de recupero, cambios de radicación o domicilio, entre otros.
Estos documentos se expandirán en dos formatos: físico y digital. El físico quedará a disposición dentro del legajo del dominio para su retiro por parte del peticionario que así lo requiriera, mientras que la cédula en formato digital será puesta a disposición del titular registral de manera automática a través de su “Perfil Digital del Ciudadano” en la aplicación “Mi Argentina”.
Las cédulas no caducarán mientras no haya cambios en la titularidad del vehículo, salvo en casos excepcionales donde se fije un plazo de vigencia. También dispuso que la expedición de duplicado de la cédula de identificación del Automotor o sus adicionales podrán ser peticionadas y expedidas en forma completamente electrónica.
Al igual que los originales, los duplicados de cédula se extenderán sin vencimiento, excepto cuando normas vigentes fijen un plazo determinado. En este caso, la fecha de vencimiento será la oportunamente consignada en la cédula original.
Por su parte, la DNRPA aclaró que las cédulas verdes que fueron emitidas antes de esta medida -y que tienen una fecha de vencimiento impresa- tampoco caducan. También seguirán estando vigentes las cédulas azules emitidas, hasta que sean revocadas quien la pidió.
CÓMO AUTORIZAR A UN TERCERO PARA MANEJAR TU VEHÍCULO
Ahora para autorizar a un tercero en el artículo 5 de la disposición 29/2024 especifica que cómo puede el propietario de un vehículo autorizar a otra persona a conducirlo. Allí explican que el titular registral “podrá solicitar que su propia cédula sea visualizada en el perfil digital de uno o más terceros determinados”.
Para llevar a cabo el procedimiento se deben seguir los siguientes pasos:
1- Ingresar al Sistema Integral de Trámites Electrónicos.
2- Validarse en el portal de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) con clave fiscal.
3- Seleccionar el dominio sobre el cual se es titular.
4- Identificar al tercero mediante su nombre y apellido y CUIT, CUIL o CDI.
Cuando el proceso esté completado, la persona que fue autorizada verá en el apartado “Mis vehículos” de la aplicación “Mi Argentina”, la cédula verde del auto en cuestión. Si quiere desautorizar a alguien se debe seguir el mismo procedimiento.
QUÉ NECESITO PARA PODER CIRCULAR
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Licencia Nacional de Conducir.
- Cédula verde.
- Comprobante de seguro vigente.
- Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
- Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
- Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.