Recientemente se conoció un inédito fallo en la Justicia de Córdoba donde una jueza ordenó que la esposa de un hombre que no cumple con la cuota alimentaria de su hija adolescente (producto de otro matrimonio y sin ningún vínculo de sangre con la mujer involucrada en el fallo) deberá hacerse cargo del pago de esta obligación hasta que la joven alcance la mayoría de edad.
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Mendoza tiene 1.700 deudores de cuota alimentaria: cómo consultar y buscan impedir que vayan a la cancha y a recitales
En sintonía con este insólito fallo, y siguiendo con noticias recientes vinculadas al incumplimiento en esta obligación legal, en las últimas horas también se conoció que quienes registren mora el en cumplimiento de la cuota alimentaria en CABA no podrán ingresar como público a la cancha y en partidos que se jueguen en la Ciudad de Buenos Aires (esta noche, para Argentina – Brasil, entrará en vigencia esta restricción).
Mendoza también tiene su propio Registro de Deudores Alimentarios Morosos (ReDAM). Actualizado a la fecha, hay 1.715 mendocinos registrados como deudores alimentarios de un total de más de 11.000 en todo el país. En su mayoría son hombres–apenas 0,3% del total son mujeres- y están incluidos en un listado que es público y se puede consultar online.
Al igual que en CABA con la prohibición de ingresar a las canchas como espectadores, en Mendoza hay una serie de restricciones e impedimentos que quienes se encuentran en este padrón deben cumplir hasta regularizar su situación. Incluso, un proyecto de ley en la Legislatura apunta a prohibirles también el ingreso a las canchas y a recitales a quienes estén en mora (aunque no ha sido aprobado aún).
¿Por qué el fuero más perjudicado es el de la familia? Creo tener la respuesta: la justicia de Familia es así porque es para los pobres, que no tienen donde quejarse.
Mendoza tiene 1.700 deudores de cuota alimentaria: cómo consultar y buscan impedir que vayan a la cancha y a recitales
La situación de los deudores alimentarios en Mendoza: cuántos son y cómo consultar
El Registro de Deudores Alimentarios Morosos de Mendoza fue creado por la ley provincial 6.879 el 26 de febrero de 2001, por lo que el mes pasado cumplió 24 años. No obstante, tiene dos modificaciones: la ley 8.326 (de julio de 2011) y la acordada de la Suprema Corte de Justicia Mendoza 24.325 (2012).
El objetivo de este registro es tener disponible y actualizado un listado de todas las personas que adeuden total o parcialmente tres cuotas alimentarias consecutivas o cinco alternadas, ya sean alimentos provisorios o definitivos, fijados u homologados por sentencia firme.
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Mendoza tiene 1.700 deudores de cuota alimentaria: cómo consultar y buscan impedir que vayan a la cancha y a recitales
Por medio de las leyes mencionadas, el ReDAM es de acceso y consulta libre y gratuita online –ingresado al sitio jusmendoza.gob.ar/deudores-alimentarios/-; por lo que cualquiera puede averiguar si una persona está empadronada en el listado con solo buscarla allí por nombre o DNI.
Qué no pueden hacer los mendocinos incluidos en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos
En la modificación de 2011, en el artículo 4 se incluyó en la ley mendocina que "las instituciones u organismos públicos de la Provincia no podrán contratar como proveedores del Estado, otorgar habilitaciones, concesiones, licencias o permisos, préstamos, líneas de créditos o subsidios, ni designar como funcionarios jerárquicos o empleados de cualquier categoría, en la Administración Pública, centralizada, descentralizada, en cualquiera de los tres poderes del Estado, entes autárquicos, empresas y sociedades del Estado y obra social del estado, a quienes se encuentren incluidos en el Registro".
Frente del edificio de Casa de Gobierno de Mendoza
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Además, de acuerdo a lo que fija el resto de la ley, tampoco los deudores alimentarios morosos están habilitados en Mendoza para ser proveedores de todos los organismos del Gobierno; a tener habilitación para la explotación de un negocio, actividad, instalación, industria o local; a ser postulante a cargo electivo de la Provincia; a ser postulante a desempeñarse como magistrado o funcionario del Poder Judicial; a ser beneficiario del otorgamiento o adjudicación a título oneroso de viviendas sociales construidas por la Provincia o cesión de derechos emanados de las mismas.
Quieren que los deudores tampoco puedan ir a recitales y partidos de fútbol en Mendoza
El 16 de marzo pasado, durante el partido que Boca Juniors y Defensa y Justicia disputaron en la cancha del xeneize, se puso en marcha una experiencia piloto para, por medio del control a los asistentes, determinar si entre quienes asistían como público había personas incluidas en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos de la CABA. En esta jurisdicción ya está aprobada la norma que les prohíbe a los incumplidores asistir a espectáculos deportivos.
Luego de esta primera experiencia, ya con vigencia plena de la ley, se aplicará este control durante la noche de hoy, martes 25 de marzo, y para controlar a quienes asistan al duelo por Eliminatorias Sudamericanas entre Argentina y Brasil, en el Monumental y también en jurisdicción de CABA. Se realizarán controles aleatorios al público y, de detectarse que quien tiene intenciones de ingresar para alentar a la Scaloneta se encuentra incluido en el registro, se aplicará el derecho de admisión y se prohibirá la entrada (tal como lo establece la norma).
Estadio Monumental
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La ley porteña 6.771 fue sancionada en diciembre de 2024 y establece limitaciones en el acceso a actividades recreativas para quienes incumplen con sus obligaciones alimentarias. En Mendoza, en agosto de 2024, la senadora Claudia Najul (Cambia Mendoza) presentó un proyecto similar y con el mismo espíritu: restringir el ingreso de deudores alimentarios morosos a eventos deportivos y culturales con el objetivo de reforzar el derecho a la alimentación y el cuidado integral de niños, niñas y adolescentes.
“El proyecto se encuentra en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales a la espera del tratamiento. Esperemos que esta buena noticia de que CABA lo empiece a aplicar le dé un impulso en Mendoza”, destacó Najul a Los Andes.
Según explicó la senadora y ex ministra de Salud, el proyecto de su autoría propone que en el ingreso a cualquier evento deportivo o cultural (partidos de fútbol y recitales, por ejemplo) la organización y el operativo de seguridad disponga de dispositivos tecnológicos que, al momento de consultar el DNI de la persona en la puerta, esté linkeado con la base de datos del ReDAM de Mendoza.
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“Es muy simple de implementar. Uno ingresa a la página del Poder Judicial colocando el nombre y el DNI de la persona y ahí nomás salta si está en el registro de deudores de cuota alimentaria o no. Así como se hace con el programa Tribuna Segura (NdA: para consultar por antecedentes penales o judiciales), se puede implementar con la base de datos del Registro de Deudores Alimentarios Morosos”, agregó Najul.
En ese sentido, la legisladora insistió en que es una herramienta más para garantizar la alimentación a niños, niñas y adolescentes, así como también para que los deudores regularicen su situación y cumplan lo que establece la Justicia.
El inédito caso de la cordobesa que deberá pagar la cuota alimentaria de una hija de su esposo
El Juzgado de Familia de 6° Nominación de la Ciudad de Córdoba falló recientemente que una mujer deberá cumplir con el pago de la cuota alimentaria de una hija que su actual esposo tuvo con su ex.
En los fundamentos de la sentencia se destaca que la pareja del padre es igual de responsable que él, y la jueza basó su resolución en la reiterada falta de pago del padre y en “la importancia de garantizar el derecho alimentario de los niños, niñas y adolescentes (NNA)”.
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“La particularidad que tiene el fallo, además de ser novedoso, es que la demandada no ejerce el rol de madre afín. No existe socioafectividad. Se conocen, sí. Pero no conviven y nunca compartieron nada”, resaltó hace unos días el abogado de la madre del adolescente y también denunciante, Gastón González en diálogo con TN.
La jueza que firma esta sentencia se basó en el "principio de solidaridad" y el deber de contribución dentro del matrimonio.