El Gobierno Nacional eliminó la posibilidad de cobrar pensiones por fallecimiento para un grupo específico de beneficiarios mediante una medida que generó polémica en las últimas horas.
Desde la Anses dieron a conocer esta modificación que afectará a miles de adultos mayores que opten por la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
El Gobierno Nacional eliminó la posibilidad de cobrar pensiones por fallecimiento para un grupo específico de beneficiarios mediante una medida que generó polémica en las últimas horas.
Esta medida está relacionada con el fin de la moratoria previsional, que fue implementada por la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), la cual permitía a muchas personas acceder a una jubilación sin contar con los 30 años de aportes necesarios.
A partir de esta disposición, quienes opten por la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) como alternativa, no podrán reclamar una pensión por viudez en caso del fallecimiento de su pareja. Este beneficio seguía disponible para los jubilados del sistema general.
Esta decisión afecta principalmente a los adultos mayores que al no tener los aportes necesarios, dependen de la PUAM, un haber que es equivalente al 80% de la jubilación mínima.
Por otro lado, quienes accedieron a la jubilación a través del sistema contributivo tradicional, conservarán la posibilidad de transmitir una pensión a sus familiares directos.
Para tramitar la Pensión Universal para el Adulto Mayor en Argentina, los interesados deben cumplir distintos requisitos establecidos por la Anses.
En primer lugar, es necesario tener 65 años o más, residir de manera permanente en el país y acreditar al menos 10 años de residencia continúa inmediatamente anteriores a la solicitud.
A su vez, el solicitante no debe estar percibiendo otra jubilación, pensión o prestación contributiva, ni estar en relación de dependencia o trabajando de manera formal. Sí se permite el trabajo autónomo o informal.
Además, se exige no ser propietario de bienes o ingresos que superen los límites establecidos por la normativa vigente, garantizando que esta pensión esté destinada a personas en situación de vulnerabilidad económica.
El trámite se puede realizar de forma presencial o virtual, con turno previo y requiere la presentación de documentación como DNI, y en algunos casos certificados que avalen la residencia.