La Corte Suprema de la Nación (CSJN) rechazó el jueves las recusaciones que promovió el kirchnerismo mediante los representantes legales del Senado de la Nación en la causa que inició el senador cordobés Luis Juez para reclamar una banca en el Consejo de la Magistratura.
En la sentencia dictada, con la firma de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, el máximo tribunal recordó que “de acuerdo con la tradicional doctrina de esta Corte, que se ha mantenido inalterada a lo largo de toda su historia, cuando las recusaciones planteadas por las partes son manifiestamente inadmisibles deben ser desestimadas de plano”.
La Corte desestimó así el recurso que presentó la abogada Graciana Peñafort, a cargo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la Cámara alta, en el marco del expediente que se abrió a partir de la medida cautelar que impulsaron Juez y del senador Humberto Schiavoni para impedir que el senador Claudio Doñate jure como integrante de la Magistratura para el período 2022-2026.
Peñafort recusó a Rosatti, Rosenkratz y Maqueda. La letrada identificada con Cristina Kirchner cuestionó la participación de Rosatti por su doble rol de presidente de la Corte y, al mismo tiempo, del Consejo de la Magistratura, y advirtió que esa situación afectaba su imparcialidad para resolver sobre la composición final de ese órgano.
Luego, presentó recursos contra Rosenkrantz y Maqueda, y volvió a incluir a Rosatti porque consideró que habían adelantado opinión al laudar a favor de Juez en un caso conexo que resolvió en noviembre de 2022.
A esas recusaciones se sumaron luego los senadores de Unión por la Patria Juliana Di Tullio, Anabel Fernández Sagasti y el propio Martín Doñate.
Sin embargo, el máximo tribunal desestimó los planteos del kirchnerismo. En el caso del doble rol de Rosatti, el fallo sostuvo que “el invocado interés personal del juez se infiere y pretende fundarse exclusivamente en el cumplimiento de un deber legal que impone el desempeño de un rol institucional”.
El Tribunal remarcó que el pedido de recusación debe tener apoyo en circunstancias objetivamente comprobables, pero en este caso “el invocado interés personal del juez se infiere y pretende fundarse exclusivamente en el cumplimiento de un deber legal que impone el desempeño de un rol institucional”.
También desestimaron la causal de recusación de haber anticipado opinión. “No constituye causal de recusación la intervención de los jueces del Tribunal en un anterior procedimiento propio de sus funciones legales, ya que la actuación de la Corte, en la medida en que lo imponga el ejercicio de sus atribuciones específicas, no importa prejuzgamiento ni configura el interés personal que requiere la causal respectiva”, sostuvo la resolución.
Por ello, los jueces de la Corte consideraron que “las recusaciones planteadas deben ser desestimadas de plano”.
El Consejo de la Magistratura funciona actualmente con 19 de sus 20 integrantes porque falta definir la banca que reclama Juez y que el kirchnerismo busca otorgarle al senador Martín Doñate.