La Justicia Federal de Mendoza dictó la primera sentencia condenatoria por sustracción, ocultamiento y retención de una menor, en el marco del robo de niños durante la última dictadura militar. En el fallo, por mayoría, se condenó a Segundo Héctor Carabajal, un militar con prestación de servicios en el Departamento de Inteligencia 144, a quien se encontró responsable de entregar a una recién nacida al matrimonio compuesto por Julio Bozzo y Antonia Clementina Reitano.
La pareja vive en Guaymallén y siguió el debate por video-conferencia desde una sala continua. La pena impuesta al ex militar fue de 10 años de prisión por ser autor penalmente responsable del delito de sustracción, retención y ocultamiento de una menor de 10 años y de la alteración del estado civil de una menor de 10 años.
También fue condenado por ser partícipe primario del delito de falsedad ideológica de documentos públicos destinados a acreditar la identidad, todo en concurso ideal.
Mientras que el matrimonio apropiador recibió una pena de 3 años de prisión, con los beneficios de la condicional, al encontrarlos coautores del delito de retención y ocultamiento de una menor de 10 años, alteración del estado civil de una menor de 10 años y coautores del delito de falsedad ideológica de documento público destinado a acreditar la identidad .
Carabajal continuará alojado en el complejo penitenciario II San Felipe. En tanto, al matrimonio se le impuso una serie de reglas de conducta y, mientras la sentencia no quede firme, la prohibición de salida de la provincia y del país. En la sentencia N° 1894, con la firma de Alejandro Waldo Piña, en disidencia, Alberto Daniel Carelli y María Paula Marisi, se declaró que Claudia Verónica Dominguez Castro es víctima de delitos de lesa humanidad durante el terrorismo de Estado en la República Argentina.
Cinco meses
Este juicio, que comenzó el 11 de octubre del año pasado, tuvo ayer su último capítulo y convocó, como en casi todos los debates por delitos de lesa humanidad, a un número importante de público. Debieron pasar 5 meses (con la feria de enero incluida) para llegar a este día, donde se fueron sumando testimonios y alegatos, como el dado por el fiscal Dante Mauricio Vega, quien en su momento pidió 15 años de prisión.
El reclamo fue compartido por los representantes de la Asociación Civil Abuelas de Plaza de Mayo, Pablo Salinas y Viviana Beigel, en calidad de querellantes. En el otro extremo, pidiendo la absolución, se ubicaron los abogados defensores Matías Alejandro Aramayo (patrocinante del ex militar) y Sebastián Balmez, quien representó al matrimonio.
Tal vez por esa diferencia entre la pena pedida y las condenas, en la sala no hubo gritos ni aplausos; sólo se escucharon algunos murmullos que desaprobaron lo dictado por los magistrados. Esa disconformidad también estuvo sostenida por la querella que anticipó que apelará, en parte, el fallo.
Con nombre y apellido
La nena apropiada de aquellos años era hija de Gladys y Walter, ambos jóvenes militaban en el Partido Comunista. La pareja fue secuestrada en diciembre de 1977, cuando Gladys estaba embarazada de seis meses.
Esperaba a su bebé para marzo de 1978 por lo que la beba nació en cautiverio. Y de sus padres nunca más se supo nada.
En 2015, aquella nena recuperó su identidad y hoy se llama Claudia Domínguez Castro. Lo constató una prueba de ADN realizada en agosto de 2015.