La Secretaría de Agricultura incorporó 65 productos de las economías regionales al Programa de Incremento Exportador (PIE) que establece un tipo de cambio diferencial de $ 300 por dólar, a través de la Resolución 147/2023 publicada en el Boletín Oficial. Se sumaron: manzana, pera, naranja, mandarina, pomelo, arroz, kiwi, cebolla, aceites esenciales, quínoa, lino, coriandro y orégano. También pimiento para pimentón, manzanilla y otros derivados de árboles, arbustos y matas; y frutas u otros frutos comestibles.
En total son 65 posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del Mercosur que podrán acceder al beneficio que estará vigente para las exportaciones oficializadas a partir del 10 de abril, y con fecha límite de liquidaciones de divisas antes del 31 de agosto próximo. Recordemos que de los nuevos productos que se han incorporado, Mendoza produce manzana, peras, cebolla y orégano.
El punto de partida
Las mismas se incorporan a una lista –que dio a conocer por Agricultura a comienzos de esta semana, bajo el paraguas del DNU 194/2023 que estableció el PIE- que comprende a las actividades vitivinícola, olivícola, apícola, pesquera, forestoindustrial, lanera, producción de legumbres, ajo, té, maní, tabaco, limón, frutas - tales como la cereza, la ciruela y el arándano- y productos especiales que se destinan al mercado externo casi con exclusividad como el maíz pisingallo, el girasol confitero y otros productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos.
La incorporación de los nuevos productos ya había sido adelantada en los últimos días luego de que el secretario de Agricultura, Juan José Bahillo, mantuviera reuniones con representantes de las nuevas cadenas beneficiarias, entre ellas, las cámaras de Industriales Arroceros, de Exportadores de Citrus del NEA y de Fruticultores Integrados, y de la Federación de Productores de Fruta de Río Negro y Neuquén.
“A través de estos programas de estímulo se busca promover el arraigo territorial, el agregado de valor, la industrialización en origen y el incremento de las exportaciones a través del desarrollo socioeconómico armónico, entre los distintos eslabones de las cadenas de valor de las economías regionales”, destaca la norma en sus considerandos.
A la hora de escoger las cadenas beneficiadas, se hace énfasis en “la heterogeneidad en la productividad, la inserción en el mundo y la matriz productiva de las distintas cadenas”, según indicó un comunicado de la Secretaría de Agricultura. Se trata de la primera vez que las economías regionales podrán acogerse al beneficio del tipo de cambio diferencial, hasta ahora únicamente reservado para la soja y sus derivados.
Requisitos del beneficio
Para ingresar al programa, los productores deberán haber exportado sus mercaderías en algún momento de los 18 meses inmediatos anteriores a la entrada en vigencia del mismo, así como asumir el compromiso de mantener o incrementar la cantidad de puestos de trabajo.
También deben comprometerse a abastecer el mercado local con esas mercaderías, debiendo mantener o incrementar los volúmenes de abastecimiento que registrare en los 18 meses anteriores a la vigencia del Programa. Por último, tendrán que cumplir con el programa Precios Justos o los acuerdos de precios para el mercado local que al respecto establezca la Secretaría de Comercio.
A comienzos de esta semana, Agricultura había dado a conocer un primer listado que comprende a las actividades vitivinícola, olivícola, apícola, pesquera, forestoindustrial, lanera, producción de legumbres, ajo, té, maní, tabaco, limón, frutas - tales como la cereza, la ciruela y el arándano- y productos especiales que se destinan al mercado externo casi con exclusividad como el maíz pisingallo, el girasol confitero y los productos que revistan la condición de ecológicos, biológicos u orgánicos. / Fuente: Telam