Febrero fue el mes con menos muertos en accidentes de tránsito de los últimos 20 años en Mendoza. Desde hace un tiempo el Gobierno provincial inició una serie de acciones para reducir los decesos en calles y rutas.
En febrero de 2019, hubo 14 víctimas fatales, mientras que en 2018 y 2017 hubo 12 y 28 muertos, respectivamente. El antecedente con menos fallecidos en un mes se produjo en setiembre de 2014 y en noviembre de 2016, con 5 víctimas fatales en cada mes.
Orlando Corvalán –jefe de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial– indicó que los datos son alentadores y están directamente relacionados al conjunto de medidas de la nueva Ley 9024, que incorporó y actualizó la legislación de seguridad vial.
“Para los tiempos que corren, la aplicación de la nueva ley fue el disparador desde el Estado, de un conjunto de medidas, como lo son los mayores controles policiales, sanciones y el rol fundamental de los municipios como nuevos actores de control. Estos últimos han desarrollado sus cuerpos de fiscalizadores, sus juzgados y las campañas de prevención que hemos desarrollado desde hace algún tiempo con muy buenos resultados”, apuntó Corvalán.
Además, señaló que el seguimiento de los datos permite que el Observatorio Vial desarrolle una mayor inteligencia en las medidas y operativos en zonas determinadas.
Por su parte, el director de Seguridad Vial, Oscar Hómola, consideró que la mejora en los resultados estadísticos (sobre víctimas fatales en el lugar del hecho de los accidentes) se pueden entender por el cambio de la legislación que está dando sus resultados, ya que han pasado dos años con la nueva normativa, que ha aplicado nuevos conceptos para la movilidad para Mendoza.
“Esta mejora también obedece al incremento de los controles, como los de alcoholemia y a la aparición de las policías de tránsito municipales, por lo cual hay muchos más actores en lo que hace a la seguridad vial de lo que había años atrás”, destacó.
La ley 9024 prohíbe, entre otras cosas, conducir bajo los efectos de alcohol superior a 500 miligramos por litro en sangre, y para quienes conduzcan bicicletas con o sin motor, motocicletas o ciclomotores queda prohibido hacerlo con alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre.
También establece multas económicas que van de 36.000 a 108.000 pesos.