El Senado aprobará cambios en la Justicia de familia

Otra vez el Gobierno vuelve a meter mano en los procedimientos judiciales, con la promesa de acelerar divorcios y adopciones.

El Senado aprobará cambios en la Justicia de familia
El Senado aprobará cambios en la Justicia de familia

En medio de roces y cruces por el Presupuesto 2019, el oficialismo y la oposición se pusieron de acuerdo para aprobar el Código Procesal de Familia y Violencia Familar. El proyecto fue presentado en julio por Alfredo Cornejo con una promesa: divorcios y adopciones más ágiles. 

Después, vino un largo debate en la comisión Bicameral de Niñez y Adolescencia y Familia donde se escucharon a todos los actores. La oposición destacó que se incorporaron la mayoría de los aportes que hicieron, lo que allanó el camino para que se aprobara sin problemas en Diputados el último día de octubre.

En menos de dos semanas, el proyecto consiguió despacho y preferencia para ser tratado hoy en el Senado. Según adelantaron, será aprobado por unanimidad (al igual que en la Cámara baja). 

"El Código va a salir porque hemos trabajado muy bien en la bicameral que tienen 31 miembros. Venimos con la media sanción de Diputados y se va a aprobar ese despacho. Agradezco a los partidos de la oposición  porque se ha trabajado mucho. Se dejaron de lado las mezquindades políticas y se pensó en los niños y adolescentes de Mendoza", dijo Claudia Salas (UCR).

"Se ha trabajo desde el consenso, aceptando sugerencias y en total se hicieron más de 100 modificaciones. Fuimos invitando a los actores (jueces de familia, abogados, autoridades del Colegio), se escucharon sus propuestas y se incorporaron al proyecto", agregó.

Desde el peronismo habló la senadora Patricia Fadel: "Vamos a acompañar porque logramos hacerle muchas modificaciones en la bicameral. Ahora agregamos una modificación a uno de los artículos que esperamos que se tenga en cuenta".

Desde el FIT, adelantaron que mantendrán la misma postura que Mailé Rodríguez y Macarena Escudero en Diputados. "Acompañaremos en general, pero no acompañaremos el capítulo de Violencia Familiar porque no se adecua a los criterios de violencia de género y a los avances legislativos que se han conquistado en los últimos años, como la Ley 26.485 de erradicación de todas las formas de violencia contra la Mujer", dijo Lautaro Jiménez. 

“Lamentablemente los bloques mayoritarios no aceptaron las observaciones que hicimos”, agregó.

Desde el Colegio de Abogados destacaron los aportes de la iniciativa. "Vimos con buenos ojos el código porque hacía falta actualizar la legislación. La leyes vigentes -la 6354 de Protección integral del niño y la 6672 de Violencia familiar- tienen más de 20 años. Son buenas, pero hacía falta aggiornarlas a los cambios que introdujo el nuevo Código Civil que entró en vigencia en agosto de 2015 y el Código Procesal Civil de Mendoza que de este año", explicó el abogado de la Comisión de Derecho de Familia del Colegio de Abogados, Marcos Lonigro.

"El proyecto pone acento en la oralidad y la inmediación. Los procesos van a estar basados en audiencias, van a ser similares a los civiles. La celeridad de las causas es una herramienta fundamental para prestar mejor servicio de justicia", agregó.

Además, destacó el trabajo con el subsecretario de Justicia Marcelo D´Agostino y el presidente de Legislación y Asuntos Constitucionales, Jorge Albarracín (UCR). 

"Escucharon a los abogados que ejercemos en el fuero de familia. Hicimos aportes técnicos. Logramos que modificaran el artículo que determinaba las causas que necesitaban patrocinio letrado. Nosotros advertimos que era un error que había q subsanarlo y el artículo se arregló. Quedaron sin patrocinio letrado lo relativo a la identidad de género, los temas de la violencia familiar, la solicitud para salir del país, el desarchivo y las acciones derivadas de la inscripción de nacimientos, nombre de las personas, estado civil y sus registraciones", detalló Lonigro.

"Otro aporte fue el de mejorar la mediación previa. Para los casos con patrocinio letrado pedimos que a los abogados se les regularan los honorarios como si se tratase de un juicio completo. Así incentivamos a los abogados del fuero para que traten de ir a la mediación y evitamos que ingresen tantas causas a los juzgados", añadió. 

Lonigro además, dijo que es una ley de gran envergadura por lo que siempre va a hacer falta la colaboración de todos los actores (abogados, jueces, empleados judiciales, etc). "Supone grandes cambios y va a suponer un periodo de adaptación", cerró.

La esperanza de ser padres debería esperar seis meses

Uno de los temas que promete agilizarse es el de las adopciones. En primer lugar, se habilitarán delegaciones del Registro Provincial de Adopción en las cuatro circunscripciones judiciales (Gran Mendoza, Valle de Uco, Este y Sur) y funcionarán junto con el OAL (que pasará a llamarse Equipo Técnico Interdisciplinario, ETI).

El Registro formará un legajo de cada solicitud e inscribirá a los postulantes. Cada interesado deberá dejar constancia de sus datos personales y de los de su grupo familiar conviviente. Según la fecha y hora de inscripción recibirá un número de orden.

Las inscripciones mantendrán su vigencia por el plazo de un año y los postulantes deberán ratificar su voluntad de continuar inscriptos dentro del mes anterior a su vencimiento, de lo contrario quedarán afuera del Registro.

Desde que el OAL determine que una niña, niño o adolescente no tiene filiación, el juez tendrá 10 días para resolver sobre su adoptabilidad. Una vez emitida la sentencia, el magistrado seleccionará en un plazo máximo de 5 días a los postulantes de la nómina del Registro de Adopción y tendrá 24 horas para notificar a los organismos correspondientes y a los adoptantes. Si los postulantes no van a la audiencia o desisten de su voluntad, se seleccionarán nuevos en un periodo de no más de 5 días.

Una vez aceptada la guarda con fines de adopción, esta etapa no podrá superar los 6 meses. Después viene el juicio de adopción. Desde el pedido de adopción el juez deberá fijar la primera audiencia dentro de los 10 días. Después de la audiencia -si el niño acepta y los informes son positivos- el magistrado tendrá 10 días para dictar sentencia.

Un “manual” de procedimientos con plazos fijados obsesivamente

La iniciativa se trabajó ampliamente en el la comisión bicameral. Allí se receptaron los aportes de distintos sectores y se concluyó que se había  logrado una ley superadora.

"El Código unifica los procesos en materia de familia. Separación, alimentos, régimen de comunicación, adopción, todo se unifica en el Código. El acuerdo es muy bueno porque tiene a agilizar los procesos", explicó el día de la sanción en Diputados, Jorge Albarracín (UCR).

"Viene a regular divorcio, violencia, adopción. Se pone a los jueces en un contexto de oralidad, más presencia y celeridad. Previmos que estuvieran los plazos en los temas de adopción. Tres días para apelaciones, plazos para pedir postulantes, entre otros temas.

Nos va a ayudar para ver a futuro si se van a acelerar los tiempos del proceso de adopción. Hemos trabajado con los jueces de familia", dijo Marcela Fernandez (UCR).

En tanto, desde el PJ, Carina Segovia dijo que "es un código posible pero que hubiera necesitado más tiempo de debate. Además, se le deben asignar recursos humanos y materiales a la justicia porque sin jueces ni asesores no va a a poder aplicar. En un solo código esta todo, ordena y le asigna a los juzgados de familia, la competencia de violencia intrafamiliar y de género".

Antes de adoptar

El juez tendrá 5 días corridos para elegir a los postulantes de la nómina remitida por el Registro Provincial de Adopción. Si no hay postulantes, se deberá seleccionar entre las personas en etapa de evaluación y en el Registro Federal. Los postulantes deberán ser notificados a las 24 horas.

Dentro de los 5 días el juez fijará una audiencia, allí serán informados respecto de las características del niño o adolescente en situación de adoptabilidad. Si los postulantes no van a la audiencia o declinan de su voluntad, se deberán buscar nuevos postulantes dentro de los 5 días.

Para ayudar a la vinculación, se podrán realizar encuentros graduales, audiencias interdisciplinarias e interinstitucionales, acompañamiento y apoyo psicológico, entre otras.

A los 20 días el EIA deberá elaborar un informe. También deberá existir una visita del Ministerio Pupilar.

A los 5 días del informe y la visita, el juez deberá otorgar la guarda con fines de adopción por un plazo no mayor de 6 meses. Durante esos 6 meses EIA hará entrevistas e informes, los guardadores y el niño irán a audiencias.

Si la guarda se revoca, el juez tendrá 5 días para seleccionar otro postulante.

Si se otorga la guarda, debe ser notificada al Registro Provincial de Adopción y por su intermedio a la Red de Registro Nacional y al Órgano Administrativo.

Después de los 6 meses de guarda pre-adoptiva el juez deberá dar inicio al proceso de adopción.

Tenemos algo para ofrecerte

Con tu suscripción navegás sin límites, accedés a contenidos exclusivos y mucho más. ¡También podés sumar Los Andes Pass para ahorrar en cientos de comercios!

VER PROMOS DE SUSCRIPCIÓN

COMPARTIR NOTA