El largo camino del protocolo de interrupción legal del embarazo en Mendoza

El Código Penal prevé casos no punibles que fueron interpretados por la Corte Suprema nacional. La provincia ha creado su propia guía.

El largo camino del protocolo de interrupción legal del embarazo en Mendoza
El largo camino del protocolo de interrupción legal del embarazo en Mendoza

A pesar del largo debate por la legalización del aborto, todavía hay confusiones acerca del tema. Mientras que el proyecto de ley que se debatió en el Congreso planteaba legalizar las interrupciones voluntarias del embarazo (IVE) hasta la semana 14 con la sola decisión expresa de la mujer, hoy en la Argentina hay abortos considerados legales en el Código Penal: se trata de lo que se suele llamar abortos no punibles.

En Mendoza, durante 2017 se han realizado 7 de los conocidos como "interrupción legal del embarazo" (ILE). Nuestra provincia, a pesar de que nunca adhirió al Protocolo de aborto no punible nacional, el Ministerio de Salud tiene vigente desde el año pasado una guía para aplicar en los casos previstos como legales.

¿Cuándo se puede acceder al ILE?

El artículo 86 del Código Penal dice que "el aborto practicado por un médico diplomado con el consentimiento de la mujer encinta, no es punible: si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; o si el embarazo proviene de una violación o de un atentado al pudor cometido sobre una mujer idiota o demente. En este caso, el consentimiento de su representante legal deberá ser requerido para el aborto".

En los últimos meses se ha escuchado hablar del "Fallo Fal". Es una sentencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación de marzo de 2012 en la que se interpretó el inciso 2 del artículo 86 del Código Penal. El caso era por una menor de 15 años que quedó embarazada por haber sido violada por su padrastro.

La Corte sentenció que el aborto a una mujer embarazada por abuso sexual es legal.

Además, en el fallo indicó que en estos casos el médico no necesita ningún tipo de autorización para realizar una interrupción del embarazo, por lo que no debe judicializarse.

Por último, en el mismo fallo, los cinco miembros de la Corte exhortaron a la Nación y a las provincias a adoptar un protocolo de aborto no punible.

Salud se cortó solo

En este punto, Mendoza ha estado en falta desde la fecha de ese fallo. En realidad desde antes, porque el Ministerio de Salud de la Nación tiene la "Guía técnica para la atención integral de los abortos no punibles" desde el año 2010, dos años antes del fallo Fal. En diciembre de 2012 el Senado de la provincia rechazó la posibilidad de adherir a ese protocolo nacional.

El 6 de junio pasado, Los Andes informaba que hay tres proyectos de ley en la Legislatura que proponen la adhesión a la Guía técnica nacional. Uno fue presentado en 2014 por la ex senadora del Frente de Izquierda y de los Trabajadores Noelia Barbeito, el segundo fue presentado por la ex senadora radical Liliana Vietti en 2015 y el último fue presentado en junio pasado por el diputado de Unidad Ciudadana Lucas Ilardo. Ninguno de los proyectos avanza.

El Ministerio de Salud avanzó con una guía técnica propia. No hay demasiados detalles sobre ese protocolo o cómo se aplica, si ha trascendido que el año pasado se hicieron 7 ILE en los hospitales públicos de la provincia. El dato lo publicó Los Andes el 17 de junio pasado.

El programa de Salud Reproductiva de Mendoza tiene el 0800-222-3444 para evacuar todo tipo de dudas, pero con el debate llegaron las consultas exclusivas.

De acuerdo a los datos ofrecidos por el Programa, en los últimos dos meses hubo 12 consultas de mujeres de entre 24 y 34 años que buscaban hacerse una aborto.

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