La Administración Federal De Ingresos Públicos (AFIP) habilitó el pago de la propina con tarjeta de crédito y débito, dejando dicho importe exento del pago de IVA y Ganancias. La Resolución General 4408 de AFIP fue publicada hoy en el Boletín Oficial y tiende a formalizar aún más la economía social.
Hasta la fecha, los comerciantes debían pagar impuestos por el total de lo pagado con las tarjetas, y no había forma de discriminar el importe que correspondía exclusivamente a propinas.
Así, los proveedores de las terminales POS serán los encargados de informar al comerciante el código correspondiente para discriminar dicho pago del resto del consumo, y los clientes podrán informar voluntariamente cuánto destinar a recompensas por la atención.
De acuerdo con AFIP: "se han planteado inquietudes respecto a los conceptos comprendidos en la base de cálculo de la retención, teniendo en cuenta que en los últimos tiempos devino una práctica habitual que los compradores, locatarios o prestatarios de determinados servicios soliciten adicionar a los consumos abonados con las referidas tarjetas, las sumas dadas en concepto de propinas, recompensas, gratificaciones o similares, como muestra de satisfacción por la atención brindada por el personal dependiente de los sujetos mencionados en el primer considerando".
"Consecuentemente, se estima necesario precisar que dichos conceptos no forman parte de la base de cálculo a efectos de determinar las aludidas retenciones (IVA y Ganancias)".
"El importe adicionado voluntariamente por el comprador, locatario o prestatario del servicio, en agradecimiento por la atención brindada por el personal dependiente del sujeto pasivo de la retención (Vgr.: propinas, recompensas, gratificaciones o similares). La citada deducción no podrá superar el QUINCE POR CIENTO (15%) del importe facturado por la operación que le dio origen".