El oficialismo busca que el Código Procesal Laboral se convierta en ley esta semana. El principal objetivo de la iniciativa es bajar la litigiosidad y acelerar los tiempos. La intención es que los juicios laborales no se extiendan más de 180 días.
"Hoy el promedio de un juicio es de tres años y la idea es que no pase de seis meses", explicó el diputado Jorge Albarracín. La idea es alcanzar los tiempos que maneja actualmente la Justicia Civil que ronda los 8 meses entre que se presenta una demanda y se dicta sentencia. "Los laborales son más simples, lo lógico es que no superen ese plazo", señaló Albarracín.
En camino a ser ley
El Código fue aprobado en el Senado en una sesión especial el 20 de setiembre. Allí expusieron sus fundamentos a favor y en contra los legisladores de todos los bloques.
Patricia Fadel cerró la lista de oradores y cuando la justicialista terminó de exponer, todo el arco opositor se fue del recinto. La iniciativa fue aprobada por unanimidad con los votos de Cambia Mendoza y del pastor Héctor Bonarrico (MasFe).
Desde la semana pasada, el texto se está discutiendo en la comisión de Legislación y Asuntos Constitucionales de Diputados y recibieron a los gremios, de la Asociación de Abogados Laboristas y de la Asociación de Peritos. Mañana se tratará en Diputados.
El oficialismo quiere tratar la iniciativa el miércoles y aprobarla. Desde la oposición no se muestran tan optimista y por lo menos desde el PJ y Unidad Ciudadana confirmaron que mantendrán su voto negativo.
Cómo lograr la celeridad
Para que los que juicios laborales se resuelvan en 6 meses, el código procesal incorpora varias figuras.
En primer lugar, la obligación de impulsar el proceso ya no será de oficio (del juez) sino que será compartida entre el Tribunal y las partes.
Se suma la audiencia inicial que tendrá lugar después de que se presenten la demanda y la contestación. En esa audiencia estarán el juez, el trabajador, el empleador y los abogados de las dos partes. Además de buscar un acuerdo, allí se discutirán las pruebas y el tiempo estimado para conseguirlas, se designarán los peritos y se fijará la fecha de la vista de causa. "Esto genera un compromiso de todas las partes, el cliente va a escuchar lo que dice el abogado y el juez", aseguran en tribunales.
Una vez cumplidos los plazos para recabar pruebas, se reunirán de nuevo las partes en la cámara. También irán los peritos y los testigos. En ese momento se escucharán los alegatos. Y a los 15 días se deberá dictar la sentencia.
También se incorpora la conciliación en cualquier estado del proceso a pedido de las partes o del juez.
Qué pasó con la caducidad
El nuevo código suma el artículo 19 bis para establecer la caducidad de instancia. Como estaba redactado en el texto original presentado por el Ejecutivo, la caducidad se podía aplicar en cualquier momento del proceso. Por lo tanto, se iba en contra de los derechos del trabajador -que si no tenía un abogado que estuviera atento a los tiempos- corría el riesgo de que el juicio caducara y verse en el trajín de empezar una nueva causa para reclamar el mismo derecho.
En el Senado, se modificó la letra y se agregaron párrafos del artículo 78 inciso 2 del Código Procesal Civil. De esta manera se limitó la caducidad al período introductorio del proceso, es decir, a la etapa en la que se presentan la demanda y la contestación.
De todas formas la caducidad sigue dando que hablar porque de distintos sectores indicaron que puede afectar los derechos de los empleados.
"Se le pide a los trabajadores que vaya en persona a la OCLO y a la audiencia inicial. Se olvidan que está sin trabajo, que no tiene para pagar el pasaje, que puede vivir en el campo y no tener los medios. Entonces por no ir caduca esa instancia y tiene que empezar de nuevo", explicó un representante del Colegio de Abogados de la 3° Circunscripción.
Otro tema polémico es el que se refiere a los honorarios de los peritos y de la creación de un Cuerpo de Peritos que depende directamente de la Suprema Corte.
Desde la Asociación de Peritos Judiciales de Mendoza explicaron que ambas medidas son regresivas y atentan contra el trabajador.
Ellos sostienen que si el profesional va a cobrar un monto fijo de medio JUS (5 mil pesos) por su trabajo esto desalentará la participación de los peritos y la calidad y experiencia de los mismos. "Queremos que se reglamente el tema como funciona ahora la justicia civil. El perito cobra un mínimo de un cuarto de JUS y un máximo de 20 JUS", dijo el presidente de la asociación, Héctor Roitman.
"Cuando entrega la pericia cobra el mínimo y después de acuerdo a la importancia de la misma en la resolución del caso, cobra entre un 4% y un 6 % del monto total. Ese porcentaje puede llegar a 9 y se reparte entre todos los peritos del caso".
La justicia laboral, hoy
Según publicó Los Andes en agosto, desde la creación de las oficinas de conciliación y la aplicación de la ley de Aseguradores de Riegos de Trabajo bajó 56,9% la litigiosidad en las cámaras laborales de la Primera Circunscripción, si se compara el primer cuatrimestre con el del año pasado.
Hasta 2017 ingresaban un promedio de 14 mil causas por año. En contracara, hasta agosto de 2018 se han registrado 4.306. En total, hay cerca de 50 mil causas acumuladas entre las siete cámaras.
Estos números, fueron descalificados por los abogados laboralistas que aseguraron que se llega a los acuerdos en detrimento de los derechos de los trabajadores y que además, en las negociaciones les suelen perdonar las multas a las patronales.