El 13 de octubre la adhesión de Mendoza a la Ley 27.348 sobre Riesgos del Trabajo había obtenido media sanción de la Cámara de Senadores, antes de pasar a Diputados para su sanción definitiva. Allí tras una votación más reñida (24 a 21 en contra) se confirmó que Mendoza ya es la tercera provincia, tras Buenos Aires y Córdoba, en donde con una nueva ley nacional, se busca bajar la litigiosidad laboral y los costos a las empresas.
El principal cambio de la norma que complementa la ley 24.557 pasa por la intervención de las Comisiones Médicas como paso previo y obligatorio antes de que el trabajador busque resolver un reclamo por un accidente laboral o una enfermedad profesional. En Mendoza, según informaron desde la delegación regional de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT) terminarán de conformarse 4 para fin de año, cada uno con al menos 2 médicos auditores.
A la preexistente Comisión para Gran Mendoza, en Ciudad, se sumaron oficinas en Valle de Uco ( Tunuyán), Sur (San Rafael) y próximamente el Este (San Martín).
Cómo funcionará
"Veníamos avanzando antes del acuerdo complementario con el alquiler de los inmuebles. En principio, vamos a redistribuir el personal de la Superintendencia para empezar a trabajar hasta el llamado a concurso de profesionales médicos con especialidad laboral, y una dotación mínima de administrativos en cada lugar", anticipó el delegado regional de la SRT, Gustavo Cairo.
La contratación será "en función de las demandas". Y, según el funcionario, "en no más de 60 días cada comisión deberá expedirse sobre el porcentaje de incapacidad si se constata".
Si hay acuerdo en la denuncia y la indemnización, se homologa. El beneficiario, de acuerdo al nuevo régimen, estará en condiciones de tener depositada su indemnización en el lapso de 30 días.
Una vez completado ese proceso, y si aún el trabajador no está conforme, recién en ese momento podrá iniciar un reclamo judicial.
Otro cambio también tiene que ver con la regulación de honorarios. En el caso de los abogados, solo los percibirá de la ART interviniente y no podrá reclamarle una suma extra al trabajador litigante (cuota litis).
Al respecto, Pablo Teixidor, representante del Colegio de Abogados de Mendoza ante la Federación nacional, advirtió que la entidad planteó “algunas cuestiones que fueron tenidas en cuenta, como la extensión del plazo de caducidad para reclamar a 60 días. Igualmente, la litigiosidad se baja con prevención y las auditorías de las ART sobre las empresas”.
A criterio del profesional, no obstante, se abrirá un fuente de reclamos por inconstitucionalidad contra la norma ante la afectación del derecho a reclamar. Que de cada 7 accidentes haya un reclamo no es un nivel alarmante. Pero la situación es multicausal, dado que las campañas preventivas tiene un costo alto que las aseguradoras no quieren solventar, además de no cumplir con la ley en el pago en tiempo y forma. E intentan dar a toda costa incapacidad 0, lo que dispara los reclamos”, acotó.
En cuanto al pacto de cuota litis, que permite al abogado una retribución extra, Teixidor señaló que “es acuerdo de partes. Está la voluntad del cliente, y no es ilegal reconocer la actividad profesional”.
También modifica el cálculo de haberes de los peritos intervinientes, que muchos señalaban como causa indirecta de la llamada “industria del juicio” dado que muchos cobran un proporcional del monto de sentencia. Desde ahora será por módulo de trabajo.
Por una baja de alícuotas
Otra cuestión que mantenía a los empresarios con los pelos de punta era el sostenido aumento de las alícuotas que cobran las ART sobre la nómina salarial, y que seguía el ritmo de los juicios.
Los registros de la delegación Mendoza de la SRT consignan que el último año ingresaron a los juzgados laborales unas 8.200 causas. En 2010, cuando empezó a dibujarse una curva ascendente, alrededor de 2 mil, aunque fue 2015 el año en que hubo un salto importante en la cantidad de causas.
Con todo, hay una lógica expectativa de que empiecen a bajar.
“Es el objetivo. Con la excusa de la suba de juicios, las alícuotas subieron de 1,5% a 25% en los últimos 20 años, tanto para privados como al sector público. Como se componen de una parte fija mínima y otra variable, donde inciden los juicios, desde ahora las alícuotas debieran bajar a la mitad o más”, señaló Cairo.
Un caso es el de Guaymallén. La comuna debe renovar la póliza para sus trabajadores, pero la ART que presta la cobertura pretende llevar la alícuota del 7,7% a 12,9%.
En la construcción, uno de los sectores que más riesgo involucra y por lo tanto más expuesto a la problemática, también esperan que ese efecto empiece a verse rápido. Al igual que la agroindustria.
“Estamos poniéndonos en conocimiento de los alcances de la ley. El costo laboral en nuestro sector es muy superior al salario; lo que pagan las empresas por distintas alícuotas y la conflictividad, con todo, exige erogar casi 100% más. Por eso, lo que busque mejorar el sistema de contribución ayudará. Anhelamos que haya señales de las ART”, analizó Raúl Giordano, de la Cafim (Cámara de Fruta Industrializada).