Aunque la Corte Suprema de Justicia, como último intérprete de la Carta Magna nacional, disponga que la ley (o su parte más importante) que modificó el Consejo de la Magistratura es inconstitucional y por ende no se lleve a cabo la elección de los consejeros no políticos (abogados, jueces y académicos) junto con los comicios de legisladores nacionales, el kirchnerismo igual tendrá una victoria, no judicial pero sí política.
Habrá conseguido un tema para militar de cara a una elección de medio término que viene complicada para el mismo Gobierno. En un contexto en el que la propia fuerza gobernante no encuentra candidatos potentes en ninguno de los cinco distritos principales y cuando el boom económico quedó atrás hace tiempo, tener al menos una herramienta discursiva, un relato que encienda la pasión militante, sirve para impedir que aquellos que ya están convencidos dejen de estarlo.
No es poco cuando hay fugas de barones del conurbano bonaerense ante el sector "renovador" que encara Sergio Massa o cuando en Mendoza los propios intendentes, es decir el peronismo ortodoxo, enfrentaron una sublevación silenciosa y definieron las candidaturas de todas las listas en la provincia, lejos de Olivos.
La estrategia de victimización de la Casa Rosada quedó a la vista luego del fallo de la jueza con competencia electoral María Servini de Cubría que el martes anuló cuatro artículos de la norma aprobada en soledad por el kirchnerismo en el Congreso. Esta sentencia, apelada por el Gobierno, llegará a la Corte Suprema vía un pedido de per saltum, de manera que se espera que el Máximo Tribunal defina en breve debido a la gran importancia política e institucional de la cuestión.
El eje central de la estrategia K es restarle legitimidad a todo el Poder Judicial (con el cual el oficialismo se empezó a ensañar luego de fallos adversos sobre la Ley de Medios) por frenar -si es que así lo hace la Corte- una norma emanada del Congreso, que propone que sea la ciudadanía la que elija a los representantes de los abogados, jueces y académicos dentro del Consejo de la Magistratura.
¿Cómo? Diciendo a coro que un poder "corporativo" impide que se avance sobre sus propios intereses y que encima "gobierna" a toda una nación a través de fallos y sentencias; pathos en estado concentrado para ponerle mística a una elección de la que depende el futuro del kirchnerismo-cristinismo en el poder.
Hay que tener en cuenta que la ley K no sólo pretende darle al poder de turno el control del órgano que selecciona y suspende a los jueces, sino que le da al kirchnerismo la posibilidad de transformar una elección legislativa, que se juega en cada distrito, en una elección nacional en la que la Casa Rosada, sus estrategias e intereses, marca la agenda.
Nadie tiene claro, sin embargo, qué decidirá la Corte ya que hay un centenar de presentaciones que solicitan una declaración de inconstitucionalidad de la ley y no se sabe cuántos de estos expedientes tendrán los supremos a la hora de dictaminar.
Por lo pronto, el fallo de Servini de Cubría establece que son inconstitucionales aspectos que si bien son medulares sólo tienen que ver con la competencia electoral que tiene la magistrada, de ahí la suspensión de la elección de los consejeros. Otros artículos en los cuales se avanza sobre la independencia de los jueces no fueron abarcados por la sentencia de Servini en forma explícita (aunque podrían ser abordados por la Corte igualmente).
La jueza entendió que se viola el artículo 114 de la Constitución, que reza lo siguiente: "El Consejo será integrado periódicamente de modo que se procure el equilibrio entre la representación de los órganos políticos resultantes de la elección popular, de los jueces de todas las instancias y de los abogados de la matrícula federal".
Para Servini, la ley impugnada lesiona dicho pasaje de la Carta Magna porque se rompe el equilibrio entre los estamentos (ya que se lleva de 1 a 6 el número de académicos y se deja en 3 el de jueces y magistrados).
Además, la jueza interpretó que como la Constitución nacional sólo menciona que los órganos políticos -legisladores y Ejecutivo- son "resultantes de la elección popular", entonces representantes de los abogados, jueces y académicos deben ser elegidos por ellos mismos.
Para Servini esto no sucederá con la nueva legislación ya que se le saca a estos sectores el derecho de representarse a sí mismos y se le transfiere dicha potestad a todo el padrón electoral, que definirá con el voto quién representa a dichos sectores. Por esto, el fallo hace un abordaje al significado de la palabra representación.
"El acto de representación se configura cuando una persona 'A' otorga mandato a otra persona 'B' para que lo represente", dice la jueza, y agrega que ahora se pasa a un "novedoso y extraño esquema de representación triangular que incorpora un nuevo protagonista -totalmente ajeno a la relación natural de la representación-, de modo tal que 'C' (conjunto de electores), elige a 'B' (juez y/o abogado y/o académico) para que represente a 'A' (conjunto de jueces y/o abogados y/o académicos)".
Este es el aspecto más discutido por kirchneristas y anti-kirchneristas y sobre el que deberá girar la sentencia de fondo que tome la Corte. Hay quienes aventuran que el Máximo Tribunal buscaría un fallo salomónico.
Por lo pronto, la nueva ley del Consejo de la Magistratura no entró en vigor en sus aspectos más polémicos y temerarios dado que la selección por voto popular de los consejeros no se ha producido. Recordemos que la norma eleva de 13 a 19 la cantidad de miembros, define que los 6 representantes de los académicos, los 3 de los jueces y los 3 de los abogados se elijan en comicios generales (el 11 de agosto en las primarias obligatorias y el 27 de octubre en las legislativas) y flexibiliza el número de votos necesarios para poder seleccionar o suspender un juez federal, ya que se pasa de dos tercios a la mitad más uno.
Así, el texto legal le deja servido en bandeja al partido que gane las elecciones el control del organismo, ya que le da a la fuerza victoriosa 8 de los 12 cargos en disputa, cifra que si se suma a los 4 legisladores que tiene el oficialismo y al miembro del Ejecutivo, redondea una mayoría más que holgada para poner bajo la lupa la actuación de un juez. Aquí radica el meollo de la cuestión: que un magistrado pueda ser suspendido por simple mayoría dado que en la práctica significaría que, de ahora en más, los jueces no tengan la independencia necesaria para fallar -llegado el caso- en contra del Gobierno o del sector que controle el Consejo de la Magistratura por temor a ser sancionados. Se lesiona, así, la garantía constitucional del juez imparcial y con ello la división de poderes.
No serán estas, sin duda, elecciones típicas de medio término. Si la Corte suspende la elección de los consejeros, Cristina Kirchner tendrá combustible simbólico para encarar una campaña compleja en la que su gestión está siendo muy discutida por los hechos (el choque de trenes de ayer en Castelar sumó un nuevo capítulo a la trágica debacle del sistema de transporte público y puso en riesgo la candidatura del ministro Florencio Randazzo).
Si, en cambio, el Máximo Tribunal, por motivos que se le escapan a este cronista, decide convalidar la ley, entonces la Casa Rosada podrá tener la chance de "ir por todo" a fin de controlar también a la Justicia. Claro que en este segundo escenario la Presidenta deberá lidiar con el malestar social imperante en los principales conglomerados urbanos del país y enfrentar una lista de consejeros de los principales partidos de la oposición unidos que, de imponerse en las urnas, hará añicos su sueño de manejar el Consejo y, a través de él, subordinar toda la Justicia.