Luego de doce horas de debate, once días después de la asunción de Alberto Fernández como presidente de la Nación, el senado aprobó con 41 votos afirmativos, 23 negativos y una abstención, la Ley de Emergencia Económica que contempla una serie de cambios que permitirá al Poder Ejecutivo administrar, con mayores facultades, el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Las medidas
1. Bono para jubilados
Los mismos serán en dos pagos de hasta 5000 pesos. El primero se efectuará el 30 de diciembre y el segundo en enero. Busca beneficiar a quienes perciban el haber mínimo de $14.068 y hasta un tope de $19.067 y abarca aproximadamente a 4.500.000 jubilados y pensionados.
2. Movilidad jubilatoria
Se suspenderá por 180 días el sistema de ajuste vigente desde marzo de 2018, con base el trimestre julio a septiembre de 2017 de variación de un 70% la tasa de inflación y 30% de la correspondiente a la Remuneración Imponible para el Trabajador Estable (Ripte). En caso de haber aumentos quedarán a criterio del Poder ejecutivo.
3. IVA
Se reemplazará la rebaja a cero de la alícuota a alimentos básicos por un reintegro selectivo. Para los jubilados que perciben el haber mínimo y para los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, hasta un tope de $700 por mes.
4. Asignación Universal por Hijo (AUH)
En el caso de la AUH se pagará un adicional de 2000 pesos tanto en diciembre como en enero para todos los beneficiarios de la misma.
5. Operaciones de ahorro y gastos en dólares
Se aplicará hasta por 5 años el recargo del 30 % a las compras efectuadas con divisa extranjera, incluido los cheques de viajero y gastos de viajes en el exterior que se paguen en moneda en dólares.
6. Dólar tarjeta previa a la ley
Aquellas compras realizadas antes de la sanción de la ley de Emergencia Económica se liquidarán y se pagarán con el tipo de cambio del mercado, sin cambios.
7. Tarifas servicios públicos
durante 180 días se mantendrán congelados los cuadros tarifarios de luz y gas natural que sean de jurisdicción nacional.
8. Autos
Algunos vehículos con precio de venta al público de más de $1.829.000 tendrán aumentos que variarán según el modelo, desde 14% a 36%. Esto se debe a la aplicación de alícuotas diferenciadas de impuestos internos.
El aumento podrá ser levemente mayor teniendo en cuenta que todas las unidades importadas y las autopartes pasarán a tributar una tasa de Estadística del 3%, hoy es de 2,5%.
Mientras tanto, los precios de los vehículos de alta gama, superiores a USD 53.600, tendrán un incremento de por lo menos 12,5%, sin computar la suba de la tasa de Estadística en el caso de las unidades ya ingresadas al país antes de la sanción de la ley.
9. Bienes personales
Se aplicarán alícuotas de 0,50% a 1,25%, según el excedente de patrimonio. Las tasas se duplicarán en el caso de activos radicados en el exterior, pero se las reducirá al nivel original si esos activos son repatriados.
10. Pymes
En el caso de las mismas, se instrumentará un plan de moratoria para el pago de deuda de las micro y mini pymes, con excepción de aquellas deudas vinculadas a las ART, impuestos de combustibles y relacionadas a los juegos de azar. Además, se dará autorización para que el Gobierno pueda segmentar las alícuotas para pymes agropecuarias.
11. Contribuciones patronales
Los empleadores de servicios o comercio con ventas de más de $48 millones anuales pagarán una alícuota de 20,40%, mientras que el resto abonará el 18%.
12. Retenciones
Se faculta al Poder Ejecutivo a aplicar derechos de exportación de hasta 33% para soja y derivados y del 15% para trigo y maíz. Además, teniendo en cuenta los niveles vigentes al viernes 13 de diciembre, las retenciones a la soja pasarían de $14,77 a $19,74 por dólar (+33,6%) y las de trigo y maíz de $4 a $ 8,97 por dólar (+124,25 por ciento)
13. Impuesto a las Ganancias
Se reduce el ajuste por inflación pasando de un tercio a un sexto, por lo que el saldo a pagar por el corriente año fiscal será mayor.
14. Impuesto a la Renta Financiera
Se eximirá a todas las colocaciones en moneda nacional a plazo fijo y en títulos públicos.
15. Impuesto al Cheque
Las empresas más grandes deberán abonar el 0,6% adicional en los casos de retiro de dinero en efectivo de las entidades bancarias, es decir, el doble de los que tributan actualmente.