Una Corte dividida decidía si Lula podría ser detenido

La votación iba 5 a 4 a favor del rechazo al recurso presentado por los abogados del líder del Partido de los Trabajadores.

Una Corte dividida decidía si Lula podría ser detenido
Una Corte dividida decidía si Lula podría ser detenido

La Corte Suprema de Brasil decidía esta madrugada si el ex presidente Luiz Inácio Lula da Silva puede ser detenido para cumplir una condena de más de 12 años de cárcel por corrupción, a seis meses de las elecciones que lo tienen como favorito.

La votación de los once jueces del Supremo Tribunal Federal está 5-4 en contra del "hábeas corpus" que presentó ex presidente brasileño. En caso de confirmarse la tendencia, habrá luz verde para que se ordene su detención.

La defensa de Lula (2003-2010) pretende que el STF le permita apelar en libertad hasta agotar las cuatro instancias del sistema jurídico, mientras que la jurisprudencia vigente autoriza que sea detenido tras la condena en segunda instancia que recibió en enero.

La presidenta del tribunal, Cármen Lúcia, llamó a respetar la decisión de la corte, que delibera bajo un esquema de seguridad reforzado y sometido a fuertes presiones de partidarios y rivales del carismático líder de la izquierda.

Los primeros nueve votos de los once que emitirá el Supremo Tribunal Federal (STF) dejaron la pugna 5 a 4 a favor de dar curso a la orden de arresto.

Edson Fachin, relator de la Operación Lava Jato que dejó al descubierto una red de corrupción entre empresarios y políticos, rechazó el recurso al señalar que Brasil ya había sido apercibido en tribunales internacionales por la extensión de sus procesos, que en muchos casos desemboca en una mera prescripción.

Pero su colega Gilmar Mendes emparejó la votación, argumentando que la posibilidad de detener a un acusado tras la segunda instancia dejó de ser una opción para convertirse en un "principio inflexible" de dictar "prisiones automáticas".

Y propuso una solución intermedia: que la condena sea ejecutada solo después del tercer grado (Superior Tribunal de Justicia, STJ), lo cual permitiría a Lula seguir libre al menos varios meses, hasta que esa corte emita su sentencia.

A su turno, Luís Roberto Barroso, Alexandre de Moraes, Rosa Weber y Luiz Fux votaron en rechazo al "hábeas corpus", inclinando sensiblemente la balanza en contra del ex mandatario.

Weber dijo en su discurso que votaba para preservar la jurisprudencia de 2016 que permite detener a un condenado en segunda instancia y no por la Contitución, que habla de completar todas las instancias.

Sin embargo, Dias Toffoli, ex abogado del PT, Ricardo Lewandowski, y Marco Aurélio Mello, le devolvieron las esperanzas a Lula, al darle su voto a favor y establecer el 5-4. "Lamento que la Suprema Corte haya colocado la libertad de las personas en un escalón muy inferior al derecho de propiedad", se quejó Lewandowski.

Al cierre de esta edición exponía el ministro Celso de Mello. Lo seguirá la titular del Tribunal Supremo, Cármen Lúcia.

En tanto, miles de brasileños se manifestaban a favor y en contra del expresidente Luiz Inácio Lula da Silva en al menos 16 de los 27 estados del país. En Brasilia, existía un amplio dispositivo de seguridad con más de 4.000 policías en su zona central. 

La Carta Magna fue   el centro  del debate

Presunción de inocencia versus impunidad: esa es la disyuntiva entre quienes se manifiestan a favor o en contra de que la Corte Suprema de Brasil otorgue o rechace un recurso que permita al expresidente Luiz Inácio Lula da Silva apelar en libertad una condena a más de 12 años de cárcel.

Ambas partes invocan principios constitucionales.

Los que se oponen a la concesión del habeas corpus invocan el párrafo 57 del articulo 5 de la Constitución de 1988, aprobada apenas tres años después del fin de la dictadura militar (1964-1985).

Ese artículo dice: "Nadie será considerado culpable hasta el tránsito en juzgado de la sentencia penal condenatoria".

"Tránsito en juzgado" significa que todas las instancias judiciales confirmaron la sentencia. Y Lula fue condenado hasta ahora en las dos primeras instancias, con posibilidades de recursos ante el Superior Tribunal de Justicia (STJ) y ante el Supremo Tribunal Federal (STF, corte suprema).

Los partidarios de mantener el entendimiento actual afirman que la Constitución "nada dice de la ejecución provisoria de penas" y que en otros párrafos menciona la necesidad de "una duración razonable de los procesos", explicó a la AFP la fiscal Silvana Batini, profesora de derecho en la Fundación Getúlio Vargas (FGV) de Rio de Janeiro.

El párrafo 78 del mismo artículo 5 afirma: "A todos, en el ámbito judicial y administrativo, se asegura una duración razonable de los procesos y los medios que garanticen la celeridad de su tramitación".

Según Batini, la posibilidad de recurrir a cuatro instancias antes de dar cumplimiento de una pena conduce en muchas ocasiones a la prescripción de la causa. Y pueden beneficiarse de ella sobre todo "quien tiene recursos financieros" para pagar abogados.

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