Difícilmente el mendocino común haya sabido hasta ahora qué es el Tribunal Administrativo Fiscal (TAF). Salvo que haya tenido algún conflicto como contribuyente, con la Dirección de Rentas antes o la Administración Tributaria Mendoza (ATM) ahora.
Sin embargo ese tribunal, que el gobierno de Alfredo Cornejo quiere eliminar con la nueva ley Impositiva, se convirtió en el inesperado obstáculo para el debate de ese proyecto la semana pasada, aunque el oficialismo buscará aprobarlo esta semana y aparentemente ya logró acordar su eliminación con el PJ.
La controversia es tal que fue el principal reclamo opositor en la última reunión de la comisión de Hacienda de Diputados, todo esto antes de la denuncia que el PJ hizo por “irregularidades” en las cuentas del Estado y el posterior acuerdo al que llegó con Alfredo Cornejo.
Legisladores del PJ y del PD (aliado a la UCR en Cambia Mendoza) rechazaron la eliminación del TAF, último escalón en los recursos de apelación que hoy tiene el contribuyente deudor de la ATM.
También lo rechazaron ONG defensoras de consumidores y hasta funcionarios en estricto “off the record”.
A su entender, “se deja indefenso” al contribuyente que busca apelar por vía administrativa. A eso le suman que sin el TAF, el contribuyente deberá pagar más aún para recurrir a la vía judicial.
El Gobierno, en tanto, entiende que hay razones sobradas para eliminarlo. Habla de “reducir las demoras” que implica llegar al TAF; que el organismo “no resuelve, sólo opina”; “que se requiere un ente que no dependa de la política, pero sí de lo técnico”.
También cuestiona “el gran número de expedientes atrasados sin revisar” que hay. Se dice que hay casos “hasta de 2008 y 2009” sin ser resueltos aún.
También se habla de que “a las gestiones anteriores no les interesó mucho” que allí se resolvieran las apelaciones. Aunque algunos detractores dicen que “ATM está pasando ahora apelaciones iniciadas en 2012”.
Un argumento fuerte del Gobierno para bajar el TAF es que “es ilegal”. Al momento de crear la ATM, con la ley 8.591, “no se contemplaron las normas que existían para dar de baja al TAF”, señalan.
El tribunal fue creado en 1979 por la ley 4.362, como instancia superior de la entonces Dirección de Rentas.
Hoy, Rentas está inserta en ATM. Y el proceso administrativo de apelaciones pensado por la actual gestión, implica que se realice íntegramente en ese ente autárquico.
La abogada constitucionalista Gabriela Ábalos explicó el aspecto jurídico: “Cuando una ley crea una entidad descentralizada, el derecho supone que sus recursos no pueden ser revisados por una entidad menor”.
Así el TAF, ente “desconcentrado”, sin personería jurídica ni patrimonio propio, “no puede ser instancia superior de apelación para ATM”, añadió Ábalos.
Los que rechazan la eliminación del TAF dicen que ATM será “juez y parte”. Así lo planteó José Ramón, de la ONG Protectora. “ATM concentraría las facultades de recaudación y control de la legalidad”, dijo.
El control de legalidad es un principio constitucional que da al gobernador, “administrador general” de la provincia, la última palabra. Hoy ya es así. Si bien el TAF emite resoluciones, la última palabra es del mandatario.
En eso se basa el Gobierno para decir que es “sólo una oficina opinadora” y no un ente superior de apelaciones.
A favor de esa posición oficial hay incluso especialistas. “En la práctica, el TAF no es garantía para los contribuyentes”, dijo Carlos Vinassa, del Cefal (Centro de Estudios Fiscales Argentinos y Latinoamericanos). Vinassa aclaró que el Cefal “no ha discutido el tema”.
Pero desde su visión, “el TAF es una especie de órgano consultivo”.
Otra contra que se marca, es el costo que deberán afrontar los contribuyentes al recurrir a la Justicia, superada la vía administrativa.
Hoy, todo proceso recursivo administrativo frena la deuda del contribuyente. Ahora bien, si el deudor, tras las sucesivas apelaciones rechazadas, decide llegar a la Justicia, debe cumplir con el principio de “solve et repet”, es decir “pagar y después protestar”.
Con la baja del TAF, si bien habrá cuatro instancias recursivas (defensa ante la sanción del fiscalizador; primer amparo en esa instancia; segundo, en la dirección correspondiente y último, ante la “instancia superior”, la Administración), el Gobierno promueve “una rápida llegada a la Justicia”.
Los contras cuestionan las dificultades que tendrá el contribuyente para recurrir en APA (Acción Procesal Administrativa) a la Corte.
“Deberá pagar el capital impuesto fijado por el organismo fiscal, más los gastos de inicio del juicio, en especial patrocinio letrado, generando desigualdad”, señaló Ramón.
Proponen una alternativa
Que el tribunal no es útil hoy parece ser un punto en común que hasta la oposición ve. “Coincidimos en que tal como está no funciona”, dijo el diputado Javier Cofano (PJ).
“Comparto que no funciona”, indicó el ex legislador Armando Morón, que trabaja en este tema con el diputado Marcos Niven (PD).
Por eso ellos plantean “una alternativa”, que funcione “como órgano de control”, pero que dependa del Ejecutivo. “La idea es que sea un tribunal estable, dotado de mayor jerarquía y con acuerdo del Senado”, resaltó Morón.
El concepto es generar algo similar al Tribunal Fiscal de la Nación, organismo que no depende de la Justicia, sino del Estado. La AFIP permite la opción entre ir a la Justicia o a ese tribunal fiscal.
Vinassa no lo ve con malos ojos. “Es posible pensar en algo similar al nacional. Aunque hay que llamar a jueces a concurso, necesita otro presupuesto; requiere verdadera independencia”. Sin embargo, como están las cosas, en Mendoza prefiere “que sea la Justicia” la instancia final.
En detalle
El Tribunal Administrativo Fiscal (TAF) es un organismo que depende directamente del ministro de Hacienda, según se muestra en el organigrama del Ejecutivo.
1979. Fue el año en que se creó, como instancia superior de apelaciones de la entonces Dirección General de Rentas.
Autoridades. Es un cuerpo colegiado integrado por un presidente y dos vocales.
El equipo. está integrado por dos contadores, dos abogados y dos empleados administrativos.
$ 2 millones. Es el presupuesto anual que tiene asignado este Tribunal.