Un referéndum sobre el Código de Convivencia

Ante un planteo realizado por un ex funcionario provincial, el intendente de la Ciudad de Mendoza señaló que podría convocarse a referéndum por el Código de Convivencia. Puede ser una medida interesante, pero lo que busca la norma es el respeto al derecho

Un referéndum sobre el Código de Convivencia

Era de esperar. Tarde o temprano se iba a producir un hecho que pusiera en discusión el Código de Convivencia, votado por el Concejo Deliberante de Capital y puesto en vigencia con la aplicación de multas en distintas oportunidades.

Desde la implementación de la norma, hasta pocos días atrás, la comuna capitalina aplicó multas a una agrupación política que cortó las calles en reclamo por los despidos en una empresa de la Capital Federal y a gremios estatales en sus reclamos por la paritaria.

Pero el hecho que generó el planteo de parte de un ex funcionario del Gobierno provincial fue la marcha realizada el 18 de febrero, al cumplirse un mes del fallecimiento del fiscal Nisman.

Al decir del reclamante, en esa oportunidad no hubo ningún tipo de sanción y la respuesta de la comuna se centró en que la convocatoria no fue realizada por institución alguna sino que resultó espontánea, razón por la cual se tendrían que haber aplicado miles de multas.

El Código establece distintos aspectos a cumplir a los efectos de evitar inconvenientes que puedan plantearse entre quienes viven o deben concurrir habitualmente a la ciudad, con aquellos que quieran marchar o manifestarse por las calles, ofreciendo a cambio las veredas, a los efectos de que no se obstruya el tránsito vehicular y pone a disposición la explanada municipal para que pueda ser utilizada por los manifestantes que quieran realizar algún reclamo.

Por otra parte, faculta a los músicos callejeros a actuar en la vía pública, aunque deben gestionar un permiso ante la propia Municipalidad; restringe la acrobacia con patines, bicicletas, skates y cualquier otro elemento similar en escaleras para peatones y prohíbe los grafitis y pintadas en la vía pública, el consumo de bebidas alcohólicas en la calle y el ejercicio de la prostitución.

En el fondo, según señalaron los propios ediles, el nuevo Código responde al planteo realizado por los propios vecinos y visitantes de la ciudad, quienes reclamaban esencialmente porque consideraban que sus derechos no eran respetados por otras personas.

El Código comenzó a aplicarse en distintas oportunidades e inclusive días pasados se aplicó una multa a los gremios estatales que se concentraron en la intersección de San Martín y Garibaldi para marchar desde allí, por las calles, hacia la Casa de Gobierno.

Fue un día después de una discusión planteada por el entonces secretario de Derechos Humanos de la Provincia, que presentó un recurso de inconstitucionalidad del artículo 19º ante el Concejo Deliberante, en el que puso como ejemplo la marcha del 18 de febrero.

Aduce el ex funcionario que de ese modo se restringe el derecho de todo ciudadano, asociación, gremio o sindicato a la expresión de ideas, reclamos y de peticionar ante las autoridades, entre otros aspectos. Lo que no tuvo en cuenta el presentante es que ese derecho no respeta el derecho de los demás -de todos los mendocinos y visitantes- de transitar libremente por el país.

La respuesta del intendente se centró en consultar los motivos por los cuales un recurso de inconstitucionalidad fue presentado en el Concejo y no en la Justicia, a la vez que anticipó la posibilidad de convocar a un referéndum, para que sea la población la que se expida, el que podría ser el 3 de mayo, cuando se realice la elección general desdoblada en la Capital, aunque también dejó la puerta abierta para provincializar el tema.

La idea del referéndum no deja de ser interesante en razón de que permitiría expedirse a toda la población. De todos modos, valdría señalar que no se trata de una medida prohibitiva, porque permite los reclamos en determinados lugares, pero que busca establecer que, por el reclamo de unos pocos, termine afectado el grueso de la población.

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