La instalación de un parador obligatorio para camiones en la montaña puede ser un negocio interesante para la inversión privada. Más de mil vehículos pesados recorren por día la ruta internacional a Chile, cuyos conductores podrían disponer de un lugar para descansar, tomar y comer algo o disponer de otros beneficios antes de iniciar el tramo final del cruce de la cordillera.
Sin embargo, cuando el negocio asegura la rentabilidad de las empresas privadas que pretenden explotarlo de la mano de una concesión generosa, de significativos aportes del Estado, la delegación de facultades de cuestionable legalidad y procedimientos poco transparentes, el tema merece la atención de todos los ciudadanos.
En este sentido la concesión al Parador en Las Heras queda bajo una bruma de dudas. Es cuestionada su validez constitucional en tanto las leyes nacionales y la propia Constitución Nacional aseguran el libre tránsito y prohíben que las provincias y los municipios graven o dificulten los servicios de transporte de carga entre diferentes jurisdicciones.
También parece dudoso que el municipio se arrogue la atribución de otorgar en concesión a empresas privadas, la facultad, que no tiene, de prestar servicios como los de pesaje o desinsectación que ya prestan entidades autárquicas viales o sanitarias, nacionales o provinciales, que no establecen ningún gravamen por el ejercicio natural de los controles y la prestación de esos servicios.
Se cuestiona asimismo la potestad del municipio para disponer de los inmuebles que cede en la concesión a las empresas privadas, ya que esa disponibilidad se encuentra sujeta a restricciones y cargos que no se habrían cumplido, como lo ha denunciado la Asociación de Propietarios de Camiones. Se encuentra pendiente una resolución sobre la Manifestación de Impacto Ambiental, objetada ante Fiscalía de Estado.
Cabría preguntarse, además, si es lógico, aceptable y no es inconstitucional que dos organismos nacionales, como Aduana y Migraciones, queden encerradas en un sector controlado por un privado y al que se debe pagar para ingresar.
Por otro lado, la imposición de un servicio forzoso rentado no solo atenta contra la política de comercio exterior que promueven los gobiernos nacional y provincial, sino que podría ser considerada una traba paraarancelaria en la medida que obstruye la libre circulación de mercaderías en una ruta internacional.
Y aunque la intención de la comuna sería la de excluir a los camioneros mendocinos del pago del canon, cabría preguntarse qué pasaría si la comuna de Los Andes decidiera lo propio en su país, excluyendo sólo a los camioneros chilenos. Quienes quedarían seriamente perjudicados serían entonces, además de los mendocinos, los transportistas de otras zonas argentinas y de países vecinos.
El proyecto tuvo su origen en la gestión municipal anterior y fue criticado en el período preelectoral por el actual jefe departamental. Sin embargo, a pocos meses de iniciada la gestión del intendente Orozco, el Concejo Deliberante decidió aprobarlo en una fugaz sesión, sin periodistas ni público y en no más de media hora. La diferencia “sustancial” entre el proyecto de Miranda y el actual, es la de un porcentaje un poco mayor para la comuna.
Son demasiados los aspectos que quedan sin explicación, muchos los intereses en juego y la magnitud de un negocio fácil para los privados en desmedro de intereses públicos. Las instituciones que tienen a cargo el resguardo de la transparencia deberán actuar con rigor y tanto el Concejo Deliberante de Las Heras como el propio jefe comunal deben informar y explicar con amplitud y claridad.