Turistas extranjeros no podrán pagar paquetes en pesos

Turistas extranjeros no podrán pagar paquetes en pesos

El Banco Central resolvió, a través de una circular, que las empresas de transporte y turismo local podrán tener acceso al mercado de divisas para la atención de servicios vendidos a viajeros no residentes sólo si esas compras son "canceladas por los no residentes con tarjeta de crédito o débito emitidas en el exterior, transferencias de divisas desde el exterior, cheques sobre cuentas en el exterior y/o billetes en moneda extranjera".

La medida, que publicó ayer el diario El Cronista, apunta a frenar la circulación de dólares en el mercado libre y, así, desalentar su demanda y achicar la brecha con la cotización oficial.

Ocurre que los turistas que llegan a la Argentina suelen vender el billete verde en ese mercado (que les pagaba ayer en Capital Federal $ 9,58 por cada dólar) y luego con los pesos contratan pasajes y servicios turísticos para recorrer el país.

A partir de ahora, todo turista que pretenda llegar a la Argentina con moneda extranjera podrá utilizarla para cancelar gastos de viajes y turismo (a valor oficial) o deberá utilizar otros medios de pago.

En tanto, desde la Asociación Mendocina de Agencias de Viajes, explicaron que aún están evaluando la medida debido a que desconocen cómo funcionará el sistema a ciencia cierta. No obstante, desde algunas firmas locales anticiparon que se trata de una "traba más" a la llegada de turistas extranjeros.

Letra para agroexportadores

Por otro lado, el Central también anunció ayer que emitió una letra en pesos (Lebac) que se pagará según la evolución del dólar en el mercado oficial, para ser suscripta exclusivamente por empresas del sector agroexportador, un instrumento que procura aumentar la oferta de divisas en un escenario de fuerte caída de las reservas internacionales.

La letra es abierta y no tiene un monto prefijado, será convertible a partir del día 91 de su emisión, permitirá sólo un endoso y no cotizará en el mercado secundario, según se informó ayer en la comunicación "A" 5502.

Estas letras podrán ser suscriptas por exportadores del sector cerealero y aceitero que se encuentren inscriptos simultáneamente en los Registros Único de Operadores de la Cadena Agroalimentaria y de Exportadores e Importadores, amplió el Banco Central.

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