Jorge Teves, otro cornejista que ocupará un cargo de control en el Estado

El ex legislador radical pasó la audiencia pública y, cuando lo avale el Senado, asumirá al frente del Ente de Movilidad Provincial (EMOP).

Jorge Teves, otro cornejista que ocupará un cargo de control en el Estado
Jorge Teves, otro cornejista que ocupará un cargo de control en el Estado

El ex legislador radical Jorge Teves pasó sin problemas hoy la audiencia pública previa a su nombramiento como titular del Ente de Movilidad Provincial (EMOP), el organismo encargado de velar por el buen funcionamiento del servicio de transporte público.

Teves, un dirigente que proviene del riñón político del ex gobernador Alfredo Cornejo, ocupará el cargo -luego de que el Senado vote su pliego- que había quedado vacante tras la jubilación del presidente anterior, Carlos Matilla.

Aunque las opiniones que son vertidas durante las audiencias son de carácter consultivo y no vinculante, Teves tuvo 337 avales a su postulación para el EMOP, por lo que no hay obstáculos para que llegue finalmente a ese cargo.

El postulado fue senador provincial, concejal y secretario de gobierno de Godoy Cruz, entre otros cargos. Y no es el primer cornejista que llega a un organismo de control: ya están allí Néstor Parés y Liliana Muñoz de Lazzaro (Tribunal de Cuentas), Paula Allasino (Contaduría General de la Provincia), Gabriel Balsells Miró (Oficina de Ética Pública) y Andrea Molina (EPRE).

"Espero poder seguir trabajando en lo que ya se venía haciendo, que es mejorar los mecanismos de control a través de auditoria y de los sistemas informáticos que hoy están al alcance y ya se están gestionando. También apuntaremos a realizar un fuerte trabajo complementario con los municipios", expresó Teves.

Qué es el EMOP

- El EMOP fue creado en 2018 a través de la ley N°9051 que modificó la ley N°7412. Según establece la ley, las principales funciones del ente son:

- Regulación y fiscalización del transporte en todos modos y medios, a concesionarios, permisionarios y habilitados.

- Protección adecuada de los derechos de los usuarios del transporte.

- Asesorar al Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Servicios Públicos, para la fijación de los valores tarifarios de los servicios de su competencia.

- Proponer a la Secretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Transporte, en su carácter de planificador del Servicio, la extensión y modificación del servicio regulado en los lugares donde éste no exista o sea necesario introducir modificaciones, con niveles de calidad y de protección ambiental y de los recursos naturales.

- Celebrar convenios con las autoridades nacionales, de otras provincias, municipalidades o internacionales en lo relativo al mejoramiento del Sistema de Movilidad Provincial.

- Garantizar una prestación de los Servicios vinculados al Sistema de Movilidad, en condiciones de seguridad, operatividad, confiabilidad, igualdad y uso universal del sistema de Transporte de Pasajeros, asegurando su adecuado desenvolvimiento en todas sus modalidades.

- Fijar las normas a las que deberán ajustarse los prestadores de esos servicios, en sus regímenes de costos y/o contables, para facilitar la confección de la información que deberán suministrarle y que permita el control e inspección de las cuentas en cualquier momento.

- Velar por el cumplimiento de los contratos de concesión, licencias, permisos y autorizaciones.

- Realizar auditorías y controles técnicos para determinar el cumplimiento de las tarifas y la razonabilidad de los costos de funcionamiento.

- Solicitar información y documentación necesaria a los prestadores del transporte público para verificar y evaluar el desempeño del sistema de transporte.

- Aplicar las sanciones previstas en la presente Ley, en las distintas normas legales vigentes en materia de transporte y las penalidades fijadas en los contratos de concesión, en caso de incumplimiento de las condiciones allí establecidas y, en su caso, aconsejar la declaración de la caducidad de las concesiones o revocación de los permisos, licencias o habilitaciones al Poder Ejecutivo.

- Percibir y fiscalizar el cobro de las tasas de fiscalización, en materia de Transporte de Pasajeros en todas sus formas y modalidades.

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