Suárez habilitará desde mañana running y andar en bicicleta en Mendoza

El Gobernador informó que, dentro de las salidas recreativas, se podrá hacer este tipo de actividad física con tapaboca. Más excepciones.

Suárez habilitará desde mañana running y andar en bicicleta en Mendoza
Suárez habilitará desde mañana running y andar en bicicleta en Mendoza

El gobernador de la provincia, Rodolfo Suárez, anunció hoy que firmó un nuevo decreto que habilita la práctica de running o trote y el uso de la bicicleta para fines recreativos en toda Mendoza. Asimismo anunció que el día domingo todas las personas podrán salir sin distinción de DNI, entre otras medidas.

Como ya lo viene haciendo desde que inició la pandemia, a través de su cuenta de Twitter, el mandatario comunicó que ha "firmado un nuevo decreto (N°620) con varias medidas. Entre ellas, la autorización desde mañana -dentro del marco de las salidas recreativas- para practicar running o trote y el uso de la bicicleta para fines recreativos, ambas actividades con distancia máxima de 5 km desde el hogar".

Suárez aclaró que "las mismas se deberán llevar a cabo conforme a los protocolos y medidas vigentes: respeto del DNI., tapaboca, no salivar en la vía pública, salir y regresar desde el hogar y horarios, entre otros requisitos".

"Asimismo, y en virtud de lo dispuesto por el DNU nacional que nos permite ampliar la circulación en un 75%, los días domingos podrán realizar estas salidas todas las personas, en los horarios establecidos, sin distinción de DNI", agregó el primer mandatario provincial.

El Gobernador insistió con que "continúa el aislamiento socialm preventivo y obligatorio" y pidió a la población al estricto cumplimiento de la normativa vigente. "El peligro es aún latente y cada vez que flexibilizamos el aislamiento, es cuando más que nunca tenemos que cumplir las normas", dijo.

"En Mendoza tenemos un alto grado de acatamiento, y cuando no sea así, vamos a caer con toda la fuerza de la ley para sancionar a los incumplidores", advirtió. Y agregó: "El alto grado de acatamiento y la situación epidemiológica (82 casos, 54 curados, 19 activos y 9 fallecidos) nos permite ir avanzando prudentemente en etapas, y en caso de ser necesario volveremos a estados previos más restrictivos".

Por otra parte, los profesionales de educación física fueron incluidos entre las profesiones liberales exceptuadas, aunque la habilitación de gimnasios aún no está permitida. 

También, en esta nueva fase de la cuarentena en la provincia, "las actividades religiosas individuales en iglesias, templos y lugares de culto de cercanía podrán realizarse".

Protocolo de salidas

-Respetar el distanciamiento social de 2 metros entre personas. En caso de salidas en bicicleta se recomienda una distancia de 10 metros. En caso de concurrir acompañado de un hijo menor, esta distancia podrá ser inferior.

-Respetar el protocolo de higiene respiratoria: no salivar los espacios públicos, asegurarse de toser o estornudar siempre con el tapaboca colocado.

-Cumplir con la higiene de manos: llevar consigo elementos como toallas húmedas, sanitizante o alcohol al 70% (gel o líquido).

-Evitar tocar objetos u otras superficies de la vía pública.

-Uso de bicicleta exclusivo. No compartir.

-Lugar de la actividad: Se deberá salir directamente desde el hogar a pie, o en la bicicleta.

-No se permite el traslado en automóvil o transporte público. Se debe contar siempre con el DNI.

-En ningún momento se podrán detener en la vía pública.

-Las personas con los documentos finalizados en 1, 2, 3, 4 y 5 podrán realizar la actividad solo los días lunes, miércoles, viernes, en horario de 9 a 19. Los terminados en 6, 7, 8, 9 y 0 los martes, jueves y sábados, de 9 a 19. Los días domingos se autoriza en horario de 8 a 19, para todas las personas, sin distinción de documento.

-Se podrá realizar la actividad acompañado de una sola persona, en lo posible un conviviente cuyo DNI coincida con la terminación ya establecida. En el caso de menores de edad, podrán salir más de uno acompañado de un solo padre o familiar mayor responsable. En esta situación la terminación del DNI a tomar en cuenta será la del mayor a cargo.

Vestimenta

-Se recomienda el uso de ropa de fácil lavado y secado.

-Utilizar de manera obligatoria y en todo momento protección facial cubriendo boca, nariz y mentón; y que le permita realizar la actividad sin dificultad.

-En caso de menores, se recomienda el uso de protección facial a partir de los 2 años.

-El adulto responsable asegurará que el menor no toque elementos de la vía pública que pudieran estar contaminados.

-De ninguna forma deberá permitirse el acceso a plazas, areneros, o juegos infantiles. Al regreso de la actividad, se recomienda ingresar a su domicilio por la puerta de menor circulación y retirarse la ropa en el baño o lavadero. Guardarla en bolsa hasta el momento del lavado.

-En caso de actividad ciclística, se recomienda desinfectar el rodado antes del ingreso al domicilio, mediante el uso de cualquier producto aprobado por la autoridad sanitaria, tales como lavandina, alcohol diluido con agua o soluciones sanitizantes.

-Lavar la ropa con el jabón habitual y con agua a temperatura entre 40° y 60°C.

-Es recomendable ducharse luego de la actividad.

Otras actividades exceptuadas

Además de las salidas a iglesias y templos para rezar, aunque de manera individual (las misas y los eventos masivos continúan prohibidos), Suárez habilitó la actividad de entrenamiento de pilotos, a través de vuelos privados, en aeroclubes y en escuelas de vuelo, con la finalidad de sostener los estándares de instrucción y de seguridad operacional.

"Alcanza a todas aquellas personas que ingresen al perímetro de un aeródromo público o privado, aeropuerto o helipuerto de la provincia de Mendoza con el propósito de realizar las actividades de vuelo o mantenimiento de aeronaves autorizadas por el gobierno nacional", indicaron desde el Gobierno provincial.

También se permite la actividad de compañías aseguradoras, reaseguradoras e intermediarios con estricto protocolo y sistema de turnos, y la fabricación y provisión de insumos y repuestos indispensables para la prestación del servicio de transporte ferroviario, aéreo, fluvial o marítimo y cualquier otro que sea necesario para el mantenimiento de formaciones ferroviarias, embarcaciones, buques y aeronaves.

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