El pasado 6 de abril se celebró el Día Mundial de la Actividad Física. En la ocasión el secretario de Gobierno de Salud, Adolfo Rubinstein, señaló que sólo 1 de cada 5 niños y adolescentes cubren la recomendación de actividad física diaria y sostuvo que "el esfuerzo que hagamos hoy es para que generaciones de chicos no vean hipotecado su futuro con las graves consecuencias de salud, pero también económicas, que traen consigo el sobrepeso y la obesidad".
Para prevenir esta situación y promover el desarrollo de estrategias que faciliten la práctica de actividad física y regule las barreras existentes para su realización en las escuelas, los ministerios nacionales de Salud y Desarrollo Social y de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología implementan la Guía de Estándares de Entornos Escolares Saludables – aprobada por Resolución 564/2019– que incluye recomendaciones para regular entornos escolares en materia de alimentación saludable y actividad física.
Según datos del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación, el 80 por ciento de los adolescentes de entre 13 y 15 años no alcanza a cubrir las recomendaciones diarias en cuanto a la práctica de actividad física requerida, y más del 50 por ciento de ellos pasa más de tres horas en estado sedentario, además del tiempo que pasa en la escuela con jornadas preponderantemente sedentes.
En este sentido, la Guía de Entornos Escolares, es una herramienta que promueve el alcance de la recomendación mundial que establece que niños, niñas y adolescentes realicen 60 minutos de actividad física diaria, de intensidad moderada o vigorosa, para lo cual es necesario generar un entorno escolar físicamente activo.
En ese marco, propone garantizar la cantidad y calidad de actividad física con un enfoque inclusivo de la temática, garantizar idealmente 3 clases de educación física por semana y la promoción de otras actividades curriculares, extra-curriculares y extraescolares que alienten al movimiento.
Además, se busca fomentar la formación docente, así como garantizar las instalaciones, el equipamiento y los recursos para alcanzar el desarrollo de actividad física de calidad. El documento, a su vez, desalienta el requerimiento de apto físico, que funciona como barrera para que los niños, niñas y adolescentes practiquen actividad física en el entorno escolar.
“Con este documento de consenso buscamos, por un lado, desestimular la práctica de pedir un apto físico escolar cuando no existe evidencia científica y al no haber un marco regulatorio que establezca pautas claras, la solicitud de apto físico es muy heterogénea y en algunas jurisdicciones se solicitan evaluaciones de especialistas y estudios que carecen de fundamentación”, explicó la directora nacional de Promoción de la Salud y Control de Enfermedades No Transmisibles, Verónica Schoj.
En este sentido, en el marco del Plan Nacional de Prevención del sobrepeso y la obesidad en niños, niñas y adolescentes, Salud, Educación y distintas asociaciones científicas, académicas y de la sociedad civil están elaborando un documento de consenso para desestimular el apto físico y promover la práctica de actividad física en todos los niños, niñas y adolescentes y aconsejar el control integral de salud.
El consenso recomienda no exigir, desde la escuela, un apto físico como condición para que los niños, niñas y adolescentes participen de la clase de educación física, dado que el mismo carece de evidencia científica de respaldo, no previene ni detecta precozmente riesgo de eventos súbitos, funciona como un falso reaseguro de control de salud de los niños y ninguna institución internacional lo recomienda. Lo que sucede en la práctica es que la exigencia del apto físico que muchos niños tardan en conseguir, obstaculiza el derecho que niños, niñas y adolescentes tienen de practicar actividad física.
Asimismo, promover la aplicación de la Ley 26.835 de Promoción y Capacitación en las técnicas de reanimación cardiopulmonar básicas en los establecimientos escolares y la aplicación de la Ley 27.159 “Muerte Súbita. Sistema de Prevención Integral” es más propicio a la hora de prevenir accidentes o complicaciones.
Por su parte, la coordinadora del Programa Nacional de Lucha contra el Sedentarismo, Gabriela De Roia, reforzó el concepto al considerar que “la idea es cambiar el paradigma: todo niño puede y debe hacer actividad física en la escuela, en su hogar y en los momentos de tiempo libre, salvo que el médico limite o contraindique de manera transitoria o permanente la práctica”.
En tanto, la directora nacional de Maternidad, Infancia y Adolescencia, Diana Fariña, sostuvo que “la actividad física reporta beneficios fundamentales para la salud de niñas, niños y adolescentes y se asocia con una mejor aptitud física, un peso adecuado, un perfil de riesgo favorable para prevenir enfermedades cardiovasculares y metabólicas, una mejor salud ósea y un mejor estado anímico”, dijo y añadió “los individuos con niveles más altos de actividad física tienen una menor prevalencia de trastornos emocionales y psicológicos. Aún aquellos niños con problemas crónicos de salud (como sobrepeso, obesidad, hipertensión arterial o diabetes, entre otras) también se benefician con la inclusión de actividad física como parte del tratamiento y resulta fundamental que la practiquen”.
Las referentes técnicas de la secretaría de Salud recomendaron a su vez el control integral de salud periódico en niños, niñas y adolescentes con el objetivo de acompañar el proceso de crecimiento y desarrollo y extender una constancia médica para presentar en la escuela únicamente en los casos que se presenten condiciones detectadas a partir del control integral de salud.
En ese marco, coincidieron, la escuela cumple un rol fundamental en la promoción de la actividad física y en la reducción del comportamiento sedentario prolongado. Desde esta perspectiva, la salud no es ajena a la escuela, sino que es parte de ella. Las instituciones educativas son en sí mismas espacios en los que se construye la salud. Por eso estas iniciativas de establecer políticas públicas intersectoriales entre Educación y Salud son indispensables para la protección de los derechos en la niñez y adolescencia.
Fuente: Consenso Salud