De la misma manera que Irrigación tiene por mandato constitucional garantizar que el agua llegue a todos sus usuarios, la Ley de Aguas de 1884, en su artículo 27, establece la obligación para los regantes de realizar la limpieza de cupo. Es decir, no sólo tener las compuertas en condiciones sino además el cauce limpio.
Las Inspecciones de Cauce juegan un rol fundamental, ya que son las que asignan la extensión de la limpieza a los usuarios del canal, a través del cual les hace llegar el agua. Algunas colocan este ítem por administración, es decir, con el boleto que paga el usuario. En otras Inspecciones no, y el usuario, de forma particular, debe encargarse de limpiar el cupo.
Como todos los años, Irrigación recuerda que sólo a partir de la solidaridad entre los usuarios y la concientización de lo importante que es la limpieza de cupos, es que el agua puede llegar a todos, siguiendo su curso natural por el cauce, desde el primero hasta el último.
Además, es una tarea con la que deben cumplir para evitar sanciones económicas o suspensiones temporales del turnado. En la Ley de Aguas figura el “cupo remiso”, aplicable a quienes no cumplen adecuadamente con su obligación.