En el último año, los mendocinos han optado por la celebración de matrimonios, dando lugar a que esta sea la unión más elegida, según los datos aportados por la Dirección del Registro Civil provincial. Sin embargo, durante la cuarentena la cifra bajó marcadamente y fueron las uniones convivenciales los enlaces más elegidos.
Durante el año 2019 el número de casamientos fue de 5.574, mientras que las uniones convivenciales fueron 4.019. Pero en 2020, el año de la pandemia, los matrimonios registrados fueron 2.576 y las uniones, 4.898, siendo esta la opción más elegida.
Este año, los matrimonios volvieron a repuntar, con 2.858 en total, mientras que las uniones quedaron atrás: en lo que va de 2021 se contabilizaron 2.790.
“Nosotros no dejamos de funcionar en ningún momento durante la pandemia, sí nos hemos ido adaptando a las diferentes circunstancias. Al comienzo trabajamos con defunciones, luego partidas de nacimiento y DNI y pasaportes y lo último que habilitamos fueron los matrimonios, por ende, hubo un tiempo que no se hicieron, incluso gente que tenía turno para casarse los daba de baja”, explicó a Los Andes el inspector del Registro Civil Pablo Morales.
Y agregó: “Las uniones convivenciales comenzamos a hacerlas antes que los matrimonios. Generalmente el que se casa no lo hace como un trámite, como sí puede tomarse la unión convivencial, sino que es una celebración, un festejo y no tanto un trámite administrativo. Entonces, durante la pandemia, muchos los fueron postergando”.
Asimismo, Morales explicó que la pandemia le cambió la mentalidad a muchos ya que había una gran cantidad de parejas que no tenían ningún tipo de documentación que acreditara la convivencia, y en estos casos, la unión convivencial les sirvió para ordenarse en los papeles, obra social, permisos para circular o para asistir a una persona. “La gente tomó conciencia y le dio más consideración a ciertos trámites, como en este caso, la convivencia. Incluso hubo gente grande que lo hizo”, apuntó Morales.
El funcionario destacó que hoy, frente a un contexto diferente y con una pandemia que parece darnos un respiro, los mendocinos han vuelto a elegir la unión matrimonial. “Hoy hay más libertades, la gente ya puede celebrar, uno percibe esto sobre todo en los matrimonios móviles. Mucha gente esperó este momento, hay una gran cantidad de mensajes que nos llegan solicitando información, turnos para ahora y para el año que viene. Es muchísimo, no nos ha desbordado porque tenemos el personal para atenderlos”, detalló.
Esta realidad que remarca Morales se refleja en la historia de Hugo, quien en agosto contrajo matrimonio con Belén, “Decidimos que nos íbamos a casar, pero nos agarró la pandemia. En un momento pensamos que podía ser una buena manera de ahorrarnos la fiesta, pero la verdad es que nos parecía que era una ocasión muy especial en la vida como para no compartirla con casi nadie. Estábamos conviviendo hacía unos pocos meses, así que nos decidimos a hacer una unión convivencial, que nos daba algunas ventajas, como el tema de la obra social”, contó el recién casado.
Y sumó, emocionado: “Ya este año, como fue mejorando el tema de la pandemia, decidimos casarnos. Nos salieron bien los cálculos porque en agosto ya estaban liberadas las fiestas, pero con algunas restricciones. Nunca nos planteamos seguir sólo con la unión, aunque no hubiera cambiado tanto. Pero queríamos casarnos, era nuestro objetivo y por suerte lo pudimos hacer. Ahora estamos esperando un bebé y es el mejor regalo”.
Diferencias entre unión matrimonial y convivencial
Seguramente en la actualidad hay una gran cantidad de parejas que aún no deciden si casarse o inscribirse en una unión convivencial en el Registro Civil. Es importante marcar cuáles son las diferencias que existen entre ambas. Además, en 2015 la modificación del Código Civil y Comercial reconoció y les otorgó derechos y obligaciones a las parejas que conviven sin estar casadas.
“Básicamente, en la unión convivencial los convivientes no heredan. Además, no se presume la paternidad de la otra persona, la unión no presume que si la mamá tiene un hijo el padre sea la persona que convive con la progenitora. En el caso del matrimonio sí. Si conocés una persona hoy y te querés casar mañana, podés hacerlo. En cambio para la unión convivencial debes acreditar dos años de convivencia previos. Estas son las tres grandes diferencias”, detalló Morales.
Y agregó: “Otra diferencia es la del fin de matrimonio o de unión. En el primer caso te tenés que divorciar y es un trámite legal, largo y caro. En el caso del cese de las uniones convivenciales, es un escrito simple en donde en teoría deberían presentarse ambas partes alegando que no conviven más”.
El matrimonio es la unión de dos personas ante la ley, las cuales se comprometen a formar un proyecto de vida en común basado en la cooperación, la convivencia y el deber moral de fidelidad. Dicha unión se celebra ante un oficial público del Registro Civil y queda registrado en un acta, que acredita la realización.
Las parejas que deseen casarse deben solicitar turno ante la oficina seccional en que se realizará el matrimonio con una anticipación de 30 días corridos.
La celebración del matrimonio realizado en la oficina seccional y la expedición del primer testimonio del matrimonio son totalmente gratuitas. Sin embargo, si los contrayentes deciden casarse en una oficina diferente a la que le corresponde por el domicilio de alguno de ellos, deberán presentar dos testigos adicionales y pagar los códigos solicitados. En el caso de que los contrayentes quieran que el matrimonio se celebre fuera de la oficina, deberán solicitar el servicio de matrimonio móvil, que implica además el costo de traslado del oficial público.
En cambio, la unión convivencial es una unión basada en relaciones afectivas de carácter singular, público, notorio, estable y permanente de dos personas que conviven y comparten un proyecto de vida común. También se inscriben en el Registro Civil, pero dicho pacto se realiza a través de un escrito simple y no requiere escritura pública para su realización.
La unión convivencial acredita la relación desde la fecha declarada por los convivientes y los testigos hacia el futuro. Hasta que sea cancelada o bien se pruebe el cese de la misma por otros medios.
En este caso las relaciones económicas entre los integrantes de la unión se rigen por lo estipulado en el pacto de convivencia. Si la unión convivencial ha sido inscripta, ninguno de los convivientes puede, sin el consentimiento del otro, disponer de los derechos sobre la vivienda familiar. Además, los convivientes no se heredan entre sí.
Aquellas parejas que quieran realizar el trámite de unión convivencial no deben abonar ningún tipo de arancel y sólo en algunos casos es necesario solicitar turno.