La Municipalidad de la Ciudad de Mendoza comunicó la entrada en vigencia de la Ordenanza n.º 4000/2020 que establece la prohibición de venta de bolsas en los supermercados e hipermercados. Esta normativa no solo establece la prohibición de la venta sino también el expendio y el uso de bolsas de material no biodegradable y de plásticos de un solo uso. Además, la comuna fijó fechas de inicio diferenciadas según el tipo de comercio.
“Estuve en un supermercado de la Quinta Sección y me comentó la cajera que dejarán de dar bolsas o sea de vender, porque ya hace rato que no te dan. Ahora hay que tomar las bolsas de la casa o tomar una caja para llevar la mercadería. Decí que compré pocas cosas porque fui en bici y las puede traer en la mano”, contó Francisco.
Fechas diferenciadas para su implementación
De esta manera, La Municipalidad estableció que la prohibición entrará en vigencia el 1 de septiembre para hipermercados y supermercados. Comercios mayoristas, autoservicios, venta de sustancias alimenticias minorista y de consumo familiar, comercio netamente minorista, minimercados, almacenes y dietéticas deberán implementarla a partir del 1 de diciembre. Por otra parte, a partir del 1 de septiembre, se vedará la venta, el expendio y el uso de sorbetes plásticos en locales comerciales y gastronómicos.
Por medio del Decreto n.º 893/2021, el municipio hizo efectiva la postergación del comienzo de la medida. En el texto, se justifica la decisión en el perjuicio económico que la pandemia ha ocasionado en diversos sectores productivos y emprendimientos. En relación con ello, se destaca que los establecimientos contarán con mayor tiempo para llevar adelante la sustitución de los materiales, con el fin de asegurar la sostenibilidad.
La Dirección de Ambiente y Desarrollo Sostenible será la encargada de darle cumplimiento al decreto municipal. Por su parte, la Dirección de Comercio será la autoridad a cargo de fiscalizar los casos de violación de la norma. En caso de detectar una infracción, el área labrará el acta correspondiente.
En vigencia en Godoy Cruz desde junio
El Concejo Deliberante de Godoy Cruz aprobó una Ordenanza, que fue elaborada junto a la ciudadanía, sobre el régimen para la reducción y eliminación de plásticos de un solo uso. En este sentido, dispuso multas que pueden superar los $30.000. Vale aclarar de todas formas que aun no se están aplicando las multas, en consideración con los comerciantes por la pandemia, pero sí se están realizando actividades de fomento tales como
El proyecto aprobado por el Honorable Concejo Deliberante fue presentado por el ex – concejal César Cattaneo y co-elaborado junto a la ciudadanía a través de la plataforma digital “Godoy Cruz Participa” y el “Voluntariado Legislativo” en su edición 2019. De esta manera, la Ordenanza Nº 7.096 prohíbe desde el día 5 de junio de 2021, la entrega o puesta a disposición de los productos plásticos de un solo uso en todo el territorio godoicruceño.
Uno de los objetivos del municipio es la construcción y consolidación al 2024 de un Godoy Cruz más sustentable a través del mejoramiento urbano ambiental y de servicios. Como así también de un Godoy Cruz “Carbono Neutral” para 2030.