En un momento muy emotivo, el penal Almafuerte II celebró su primer casamiento: Rodolfo, quien se encuentra alojado allí se casó con su pareja, Mabel, acompañado de la presencia de sus familiares. Incluyó una celebración religiosa.
Fue en la Unidad Nº 11 del Complejo Penitenciario Almafuerte II, a través de la actuación de la oficina “Edith Susana Pereyra” a cargo de personal penitenciario.
Luego de que el Registro Civil autorizara y asignara a personal penitenciario a cumplir funciones de oficial público, el Servicio Penitenciario de Mendoza trabaja para poder llevar a cabo dentro de los complejos y unidades, los pedidos de uniones civiles de personas que se encuentran privados de libertad. Esta es la concreción del decreto
Esto fue posible gracias al Decreto 1339 de 2021, en el cual el Gobernador de Mendoza, Rodolfo Suárez, permitió delegar y asignar las funciones de oficial público del Registro Civil a personal penitenciario. Así, se comenzó a trabajar para darle celeridad a los pedidos de casamiento, documentación, y trámites de personas que se encuentran alojadas en contextos de encierro.
De esta manera, las Áreas de Tratamiento y Capellanía pertenecientes a Almafuerte II articularon las acciones necesarias, para que, junto al personal penitenciario del Registro Civil se celebrará el primer casamiento en el Salón de Usos Múltiples que posee dicho establecimiento penal.
Almafuerte II se encuentra en Luján y fue inaugurado en 2019. Alfredo Cornejo, por aquel entonces aún gobernador de la provincia, habilitó el 3 de setiembre de ese año dos pabellones y un Salón de Usos Múltiples (SUM). Tenía un avance de 55% de sus obras pero había apremio por realizar traslados para descongestionar otros penales. El ex mandatario señaló en el acto inaugural que se trata de la penitenciaría “más moderna del país”.
El Decreto 1339/21
Desde el Ministerio de Seguridad se destacó que el Decreto 1339/21 ha permitido un gran avance para la tramitación de documentación y prestación de servicios a personas privadas de la libertad y también a los pacientes internados en hospitales centralizados y descentralizados de la provincia.
En sus artículos delega la facultad prevista en el artículo 14 del Decreto 1632/17 de manera conjunta entre la Dirección del Registro Civil y Capacidad de las Personas y los directores de los hospitales centralizados y descentralizados. También, con la Dirección del Servicio Penitenciario Provincial, al solo fin de asignar funciones de oficial público a personal de salud y penitenciario para la prestación de servicios contemplados en el decreto.