En películas y series norteamericanas, no hay un solo magistrado que no utilice esta prenda. Mientras observamos y escuchamos a los abogados esgrimir sus alegatos o interrogar a quien declara; o mientras la cámara nos muestra a los comprometidos y preocupados miembros del jurado escuchar con atención y tomar nota; cada vez que la escena de una de estas producciones se detiene en el juez -ya sea porque hace lugar o deniega una objeción, o porque pide orden-; lo vemos con una prenda amplia, oscura y que cubre prácticamente todo su cuerpo. Esta prenda lleva por nombre “toga”; y es un elemento infaltable en los magistrados estadounidenses y de otros países. Sin embargo, en Argentina nunca se exigió su uso, ni tampoco se acostumbró a usarlo. Hasta ahora, que en Mendoza y en el fuero Penal será opcional y quedará a criterio de cada magistrado o magistrada.
Impulsada y por medio de la resolución 59, firmada por el ministro José Valerio, la Suprema Corte de Justicia de Mendoza autorizó -y recomienda- el uso de esta particular prenda para los magistrados locales en el fuero Penal. “Durante la emergencia sanitaria, se viene recomendando por parte de las autoridades de salud el uso de ropa liviana y fácil de lavar, sin que la utilización de este tipo de prendas habilite a dejar de lado el debido decoro que todo acto judicial requiere”, se destaca entre los considerandos de la resolución difundida recientemente.
Además, la resolución resalta que esta prenda reúne las características que exige el ejercicio de la función y, además, es compatible con las recomendaciones sanitarias. “Si bien en la República Argentina nunca se exigió su uso ni existió cultura de su empleo, es universalmente reconocida como símbolo que identifica a los jueces, siendo la misma obligatoria en una gran cantidad de países (especialmente aquellos que realizan juicios por jurados), como en los tribunales internacionales”, se explica.
Entre otras de las ventajas esgrimidas por la resolución, se destaca que su uso permite a los jueces vestir debajo “ropa liviana y fácil de lavar”; y hasta se destaca la practicidad para su uso durante las audiencias remotas y celebradas por videoconferencia “sin necesidad de tener que utilizar una prenda formal incómoda para el trabajo”.
“Siempre nos hemos preocupado porque en las audiencias los jueces y juezas usen prendas formales que simbolicen la circunspección que deben tenerlos jueces. Con la pandemia se empezó a observar como una relajación en la vestimenta; y surgió la opción de recomendar el uso de una prenda como la toga, que es práctica. Además, una de las recomendaciones en el contexto de pandemia de Covid-19 es que se usen prendas fáciles de lavar. En ese sentido, la toga reúne todas las condiciones”, sintetizó Valerio en diálogo con Los Andes, y aclaró que se trata de una recomendación y que su uso será opcional (no obligatorio).
A modo de ejemplo, el supremo ministro destacó que los integrantes de la Corte Interamericana y de otros países usan esta prenda, que reúne los requisitos referidos a la formalidad de la imagen y a la práctica.
Optativo
La resolución destaca, además, que la toga aporta al juez o a la jueza “un aspecto de sobriedad, sencillez y simpleza; despojado de cualquier signo que pudiera parecer ostentoso para las personas juzgadas y el público, de evidente identificación en la sala o virtualmente, de uso indistinto con respecto al género, y asimismo contribuye a mantener el ambiente de formalidad que requiere toda audiencia”.
También entre los considerandos, se establece que se trate de un modelo y color uniforme para los jueces penales de Mendoza; aunque no existe un estereotipo de toga específico. “La toga es un criterio de igualdad para todos los jueces, y esa igualdad está evidenciada en esa prenda. Otra de las ventajas es que, tanto en varones como en mujeres, es cómoda y práctica. La resolución abarca las distintas opiniones; y al ser optativo, el que quiere usarla, la usa. Y el que no, no. Pero es una opción muy práctica, muy conveniente”, resaltó Valerio.
Ni en Mendoza ni el país nunca se estiló usar esta prenda; ni tampoco hay registros recientes de su uso por parte de los magistrados. En el anexo de la resolución, se define y describe este atuendo. “Se trata de una prenda de vestir larga, generalmente de color negro, que visten los jueces como también pueden usarla fiscales, defensores, abogados y otros profesionales del derecho cuando están ejerciendo su función o en algunos actos protocolares. Dicha prenda se utiliza generalmente sobre la ropa y llega hasta abajo de las rodillas incluso hasta los talones. Asimismo habitualmente se le adiciona una insignia que hace referencia al a función y/o cargo que desempeña quien lleva o viste”, se describe.
Además de los “avances simbólicos, visuales, formales y prácticos” que se esgrimen; se enumeran los principales beneficios en caso de que los jueces y las juezas elijan usarla. Entre ellos, se destaca la ayuda que le aportará al ciudadano al momento de identificar al juzgador. “Este beneficio es de gran importancia para que la persona pueda ubicarse en un ámbito que generalmente le es ajeno y desconocido, por el cual seguramente no ha transitado con anterioridad. Dicho beneficio derivado del uso de la toga por parte del juzgador, aparece aún más patente ante la necesidad de uso e implementación de la audiencia en ‘sala virtual’, ya que el juzgador no se encuentra en un estrado ni en el centro de una sala de audiencia, sino que se visualiza como un cuadrante más en la pantalla de la computadora o celular, por lo que el uso de dicha vestimenta haría sencillo y ágil identificarlo del resto de los participantes”, resalta.
También se la asocia con una “señal de solemnidad y de respeto”, que se se transmite a las partes procesales como al público en general. En ese sentido, también se destaca la uniformidad entre todos los jueces, quienes “se presentan como iguales entre sí, sin distinciones de vestimenta o accesorios que podrían eventualmente generar distracciones innecesarias”.
El funcionamiento de la Justicia Penal en feria
El 2021 comenzó con un intenso movimiento en los Tribunales de Mendoza, y sobre todo en lo referido al fuero penal. Y es la primera feria luego de la emergencia sanitaria que trajo aparejada la pandemia de Covid-19 no frenó la actividad y pudo mantenerse la productividad de años anteriores. Solo en el mes de enero se celebraron 492 audiencias penales.
En ese sentido, y luego de la implementación del sistema de Legajo Digital (LeD) y sumado a la gestión durante enero, durante la feria se tramitaron 697 legajos; al tiempo que se realizaron 5.387 tareas administrativas (todas en forma digital). A raíz de estas innovaciones, en seis meses un solo juzgado colegiado ahorró 234 resmas de papel en comparación con el semestre anterior.
También durante enero se firmaron 653 decretos, se dictaron 394 autos y 282 sentencias. En comparación con años anteriores, también hubo un aumento en la cantidad de audiencias que se hicieron por día. Mientras que en enero de este año se desarrollaron un promedio de 24,5 diarias, en 2020 el promedio era de 22,8. En 2019, en tanto, se hicieron 21,3 audiencias diarias; y en 2018, apenas 11,1.