En Mendoza son pocos los que se sienten capacitados para participar en un juicio por jurados. Ocho de cada 10 mendocinos dijo que no se siente lo suficientemente capacitado o que directamente no quiere participar. Así lo puso en evidencia una encuesta realizada por la consultora Demokratia. De hecho, 2 de cada 10 directamente dijo que no quiere ser jurado, mientras que casi la mitad (47,82%) dijo que le faltan recursos.
Esto pese a que en Mendoza está vigente la normativa por la cual la participación en este tipo de procedimiento judicial es por sorteo según el DNI y cualquier persona, salvo las excepciones contempladas, podría ser convocada para ser jurado.
Si se desglosa ese 82,12% de personas que no quiere participar o no se siente preparada, hay 33,48% que siente que está “nada preparada” y 29,35% que considera que necesitaría capacitarse mejor para cumplir ese rol.
Por el contrario 17,47% respondió que se siente suficientemente capacitado para ser jurado mientras que un 0,41% se calificó como muy capacitado.
Entre las mujeres es mayor la proporción de quienes se sienten capacitadas aunque la diferencia es pequeña. Sin embargo son un poco más aquellas que no quieren ser jurado: 20,21% entre las mujeres y 18,78% entre los varones.
Los adultos mayores, son más reacios. Las personas que no quieren ser jurado casi se duplican entre los mayores de 65 años, segmento en el cual 32,79% lo afirma.
Respecto de la aplicación de los juicios por jurado en todos los casos en que haya fallecidos la aceptación es bastante amplia: 65,13% dijo estar algo de acuerdo (52,17%) o muy de acuerdo. La diferencia entre los géneros es poco significativa, aunque entre los varones es mayor la aceptación entre los que están muy de acuerdo.
Designación de jueces por voto popular
En octubre de 2018 se sancionó en Mendoza la Ley 9106 que establece la participación ciudadana en la administración de justicia a través de la implementación de Jurados Populares para juzgar los delitos de homicidio agravado.
Domokratia explica que la finalidad del juicio por jurados es la participación popular de la ciudadanía en la administración de justicia. Implica que un Jurado Popular determine si una persona acusada por un Fiscal de la comisión de un delito es culpable o no culpable. El principal argumento de quienes lo promueven - refiere- es que la participación ciudadana en la administración de la justicia penal democratiza la actividad judicial, al tiempo que legitima las decisiones judiciales.
“El juicio por jurados es una herramienta real de democratización de la justicia y la apuesta del sistema judicial mendocino es sostenerla, profundizarla, y mejorarla día a día, para garantizar la participación ciudadana y generar un verdadero diálogo con la comunidad”, advierten.
Actualmente, en Mendoza, los magistrados se designan mediante concurso público de oposición y antecedentes. “Rinden un examen, luego de aprobarlo, tienen una entrevista en el Consejo de la Magistratura donde se evalúan los antecedentes profesionales y académicos. Se designa una terna que se envía al Poder Ejecutivo, el gobernador elige a uno de los tres y lo envía al Senado para que le den el acuerdo. Una vez designados, el cargo es vitalicio mientras dure su buen desempeño. El proceso intenta garantizar transparencia y evitar nombramientos basados en intereses políticos”, detallan los responsables del trabajo.
Falta de confianza
Al analizar los resultados, Nicolás González Perejamo, responsable de la Consultora Demokratía consideró: “Creo que la cuestión se circunscribe en una crisis de la confianza en la justicia, que es una crisis amplia, que en términos de justicia penal tiene que ver con la seguridad, pero que en realidad es muy comprensible”.
En ese sentido explicó que la gente no cree en las instituciones y ha dejado de creer o cree cada vez menos en la justicia. “Y todas estas cuestiones que nosotros analizamos tienen que ver con las recetas que plantea la política para devolverle la confianza en la justicia a la gente, todas estas cosas que son innovadoras, entre comillas, porque son fórmulas que están aplicadas en distintos lugares, lo que buscan es esto, es devolverle la confianza a la gente en la justicia”, expresó.
Tiene que ver con que siente que no funcionen los aparatos del Estado para hacer justicia, no confía en que se resuelva, no hace la denuncia o cree que hará justicia por su cuenta.
“Te encontrás con que casi uno de cada cinco se siente capacitado, aunque casi uno de cada cinco no quiere ser jurado, pero seis de cada diez tiene vocación de participar, pero no se sienten aptos; o sea, se quieren involucrar con la toma de decisiones”, apuntó.
En este plano cabe preguntarse cuánto tiene que ver con que no cuentan con información suficiente sobre lo que se requiere para participar ante lo cual González Perejamo señaló que se trata simplemente de sentido común, de la información que se tiene simplemente de pertenecer a la comunidad.
La encuesta
Tal cual detalla la consultora, el objeto del estudio es conocer cómo el diálogo social sobre la agenda política del tema justicia se vincula con la “felicidad social”. “Buscamos interpelar a los mendocinos del oasis norte sobre su parecer con relación a cuán preparados se sienten para participar como jurados en un juicio, la baja de la edad de imputabilidad, juicio por jurados en todos los casos en que hayan fallecidos, y elección de los jueces mediante el voto popular”, resumen.
Explican que la justicia sintetiza el sentido y alcance, las bases y el límite de la felicidad social, es “la felicidad” que el orden social garantiza. En ese sentido replican las palabras del jurista Hans Kelsen: “El anhelo de justicia es (psicológicamente considerado) el eterno anhelo del hombre por la felicidad, que, como ser individual, no puede encontrar, y por tanto, busca en la sociedad. Llámese “Justicia” a la felicidad social”
El abordaje fue realizado en el Norte de Mendoza e incluyó los departamentos Ciudad de Mendoza, Godoy Cruz, Guaymallén, Las Heras, Luján de Cuyo y Maipú.
Se realizaron 721 entrevistas presenciales en 115 sectores territoriales acorde a las características poblacionales definidas por el censo y los datos demográficos que otorga la DEIE e involucró a población de más de 16 años. El relevamiento fue realizado entre el 28 de octubre y el 1 de noviembre de este año.
Qué son los juicios por jurado
Explican que la finalidad del juicio por jurados es la participación popular de la ciudadanía en la administración de justicia. Implica que un Jurado Popular determine si una persona acusada por un Fiscal de la comisión de un delito es culpable o no culpable. El principal argumento de quienes lo promueven - refiere- es que la participación ciudadana en la administración de la justicia penal democratiza la actividad judicial, al tiempo que legitima las decisiones judiciales.
Actualmente los jurados se componen de 12 personas titulares (seis hombres y seis mujeres) y seis suplentes. Para ser jurado no es necesario saber sobre leyes, ya que todas las cuestiones vinculadas con la ley serán explicadas por un Juez. El jurado examina la prueba y juzga “según su leal saber y entender”, utilizando su sentido común. De hecho, quedan excluidos de la posibilidad de ser jurado aquellas personas que ejercen una profesión o función relacionada al derecho, los funcionarios públicos de cualquiera de los tres poderes del Estado, miembros de las fuerzas de seguridad, miembros de partidos políticos, entre otros.
En cuanto a los delitos que se juzgan mediante juicio por jurado, inicialmente se incluyeron los homicidios agravados del art. 80 del Código Penal (homicidios con prisión perpetua). Luego, en 2022 se incorporó el homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego, el abuso sexual seguido de muerte, y homicidio en ocasión de robo. En la última modificación, que fue este año, se agregó el homicidio simple y el robo agravado por causar lesiones graves o gravísimas.
Por el contrario, actualmente están excluidos de este procedimiento los homicidios culposos, como un accidente de tránsito, casos de mala praxis médica y otras circunstancias en las que de la acción típica resulta el fallecimiento de la víctima.