Nuevas restricciones en Mendoza: ¿puedo ir a cenar a un restaurante con amigos?

Por los próximos 15 días, solamente los bares estarán cerrados a fin de reducir la circulación de los jóvenes, quienes representan el 50% de los contagios de Covid-19.

Nuevas restricciones en Mendoza: ¿puedo ir a cenar a un restaurante con amigos?
Postal del Día del Amigo en Arístides. Por el aumento de contagios de Covid-19, ahora se busca reducir la circulación de jóvenes. Mariana Villa / Los Andes

A través del decreto 935/2020 publicado este martes en el Boletín Oficial, entraron en vigencia las nuevas restricciones dispuestas por el gobernador Rodolfo Suárez para frenar los contagios de Covid-19 en Mendoza. Uno de los objetivos es reducir la circulación, en especial, de los jóvenes, que luego propagan la enfermedad en sus núcleos familiares y a personas de riesgo.

El propio Suárez destacó el lunes en conferencia de prensa que el 50% de los casos corresponde a personas de entre 15 y 39 años, lo que lo llevó a prohibir la actividad en bares por los próximos 15 días. No obstante, los restaurantes, cafés y confiterías pueden funcionar como de costumbre con los protocolos sanitarios. Entonces, ¿se puede reunir con amigos en locales gastronómicos?

Si bien el pedido de las autoridades es salir de casa solo por necesidad, está permitido reunirse a comer en un restaurante o café, siendo la única salida de esparcimiento. Es obligatorio realizar la reserva previa, mantener la distancia física y utilizar el tapaboca hasta que cada uno esté en su mesa. Tal como estaba vigente, hasta seis personas pueden compartir una mesa.

La reserva debe efectuarla la persona cuya terminación de DNI coincida con el día habilitado. Después, debe llenarse la declaración jurada con el registro de datos personales, en caso de rastreo y aislamiento por contagios.

  • 1, 2, 3, 4 y 5: lunes, miércoles y viernes y domingo por la mañana.
  • 6, 7, 8, 9 y 0: martes, jueves, sábado y domingo por la tarde.

Vale recordar que están prohibidas las reuniones familiares y sociales, por lo que habrá multas para quienes incumplan: $5.000 para el infractor y $50.000 para el propietario, además de una investigación en la Justicia de realizar la juntada en un domicilio particular, ya que se infringe el Código Penal (artículos 205 y 239).

Respecto al turismo interno, solo puede reservarse una cabaña con el grupo familiar conviviente, no así con otros familiares o amigos.

Por último, San Rafael, Malargüe, Santa Rosa y Lavalle son los cuatro departamentos en que estas flexibilizaciones no aplican por pedido estricto de sus intendentes.

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