Nación le otorgó personería jurídica al lof Mapuche El Sosneado de San Rafael

Se trata de la comunidad que fue calificada como “autopercibida mapuche” por el gobierno de Mendoza y que generó un conflicto entre ambas administraciones.

Nación le otorgó personería jurídica al lof Mapuche El Sosneado de San Rafael
La Legislatura de Mendoza puso en debate en el recinto la controversial cesión de más de 20.000 hectáreas ubicadas en el sur de Mendoza por parte de la Nación a comunidades autopercibidas mapuches, a través del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI). En medio de esta discusión, organizaciones indígenas se concentraron en la Legislatura Foto: Orlando Pelichotti

Se trata de la comunidad que fue calificada como “autopercibida mapuche” por el gobierno de Mendoza y que generó un conflicto entre ambas administraciones.

El Instituto Nacional de Asuntos Indígenas finalmente otorgó la personería jurídica al Lof El Sosneado, la comunidad que se identifica mapuche, en San Rafael, Mendoza y que generó un conflicto entre el gobierno local y el nacional.

El Boletín Oficial de la Nación publica hoy que se otorga esta tal cual había solicitado

Allí menciona que el Lof El Sosneado, perteneciente al Pueblo Mapuche, ubicado en la Localidad El Sosneado, Departamento San Rafael, Provincia de Mendoza, solicita la inscripción de su personería jurídica en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas, que funciona en la órbita del mencionado instituto.

La Resolución 80/2023 lleva por fecha original marzo y fue publicada hoy con la firma de Alejandro Fabián Marmoni, presidente del INAI.

Allí se hace referencia al artículo 75, inciso 17 de la Constitución Nacional y se señala: “Que la Comunidad referida ha cumplimentado los requisitos del artículo 2 de la Resolución Ex SDS N° 4811/96: nota de solicitud de inscripción de su personería jurídica; nombre y ubicación geográfica; reseña que acredita su origen étnico-cultural e histórico; descripción de sus pautas de organización y mecanismos de designación y remoción de autoridades; nómina de integrantes; mecanismos de integración y exclusión de sus miembros”.

Además remarca: “Que en virtud de la Ley Nº 23.302, su Decreto Reglamentario Nº 155/89 y la Resolución Ex SDS Nº 4811/96, corresponde la inscripción del Lof El Sosneado en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas. Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas ha tomado la intervención que le compete. Que el suscripto se encuentra facultado para el dictado de la presente en virtud de lo dispuesto en la Ley Nº 23.302 y su Decreto Reglamentario Nº 155/89″.

Para finalmente determinar que el mencionado funcionario resuelve: “Inscríbase la personería jurídica del Lof El Sosneado, perteneciente al Pueblo Mapuche, ubicado en la Localidad El Sosneado, Departamento San Rafael, Provincia de Mendoza, en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas”

El caso

A fines de enero, a través de resoluciones 36 y 42/2023 del INAI, Nación resolvió ceder cerca de 21.000 hectáreas del Sur provincial a las comunidades mapuches que las habitan y declarar su ocupación legal

Así, reconoció la ocupación “actual, tradicional y pública” de 21.370 hectáreas a la comunidad Lof en la zona de El Sosneado (límite entre Malargüe y San Rafael), así como también 3.584 metros cuadrados a los integrantes mapuches de Lof Suyai Levfv en Los Molles (Malargüe).

A nivel provincial y nacional, distintos dirigentes se manifestaron en contra de esta decisión (entre ellos, el gobernador Rodolfo Suarez), lo mismo que hicieron algunos empresarios, sobre todo, con proyectos y emprendimientos en estas zonas. El mandatario los había calificado de “autopercibidos mapuches”. Incluso, los reclamos tuvieron tal alcance que se realizó una caravana hacia la Ciudad para manifestar disconformidad.

Luego de aquellos hechos, el gobernador instruyó a la Asesoría de Gobierno y a Fiscalía de Estado a que realicen “los procedimientos necesarios ante los organismos competentes” para declarar la inconstitucionalidad de las resoluciones del gobierno nacional. Incluso se llegó a la Corte.

El 29 de marzo, Cambia Mendoza en la Cámara de Diputados aprobó el despacho en el que se expresó que “los mapuches no deben ser considerados pueblos originarios argentinos” y manifestó su “repudio al Decreto nacional 805/21″ (que suspende los desalojos), así como “preocupación” por el procedimiento del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) en torno al conflicto mapuche en la provincia.

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