El Honorable Tribunal Administrativo del Departamento General de Irrigación, a través de su Resolución N°292 del 1 de junio de este año, actualizó los montos de las multas que se establecen en la Ley de Aguas (art.203 d).
Esta implementación corresponde a la necesidad de equiparar estas sanciones a la actualidad, ya que, del modo anterior, impedían el cumplimiento de la finalidad de la norma, que es la prevención de conductas contrarias a la actual legislación.
El equiparamiento del monto máximo de las multas por infracción a las disposiciones de la Ley de Aguas, leyes complementarias y sus reglamentaciones se graduaron entre $1.000 y $1.000.000 según la gravedad de la infracción y la reiteración de faltas.
Por su parte, también se eleva el monto de $100.000 a 1.000.000 para las infracciones a la Ley 4035 de Aguas Subterráneas. Este máximo tiene base legal en la Ley 6044.
Es importante destacar que la última actualización de este tipo de sanciones fue en el año 2013.
Finalmente, el Honorable Consejo de Apelaciones y el Honorable Tribunal Administrativo de Irrigación, que propiciaron estas actualizaciones, también recomendaron actualizar en el corto plazo las gestiones necesarias para actualizar la totalidad de los montos sancionatorios previstos en la legislación hídrica.