Con la llegada de Año Nuevo y el inicio de la temporada de vacaciones de verano 2024, la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial (UESV) emitió una advertencia a los automovilistas y motociclistas sobre los controles de alcoholemia que se reforzarán durante este período.
Orlando Corvalán, jefe de la UESV, destacó la importancia de la prevención de siniestros e hizo hincapié en la prohibición de conducir bajo los efectos del alcohol. En este sentido, se hizo especial énfasis en la figura del “conductor designado” como una medida clave para evitar accidentes y multas, según informó el Gobierno de Mendoza.
“Es importante que se utilice la figura del conductor designado para evitar siniestros viales por causa de conducir en estado de ebriedad. De esta forma, no solo nos cuidamos a nosotros mismos, sino que también cuidamos a los demás”, enfatizó Corvalán.
El jefe de la UESV recuerda los resultados de estudios recientes que demuestran las graves consecuencias del alcohol en los conductores. El alcohol, generalmente asociado con la velocidad, el sueño y las distracciones, afecta significativamente la capacidad de conducción.
Entre los efectos del alcohol en la conducción se incluyen la disminución de la capacidad visual, efectos adversos en la coordinación y la atención, así como un falso estado de euforia, seguridad y confianza en sí mismo, que se traduce en una toma mayor de riesgos al volante.
Además del alcohol, la UESV advierte sobre los peligros de conducir bajo la influencia de drogas, ya que estas sustancias pueden tener efectos letales. Alteraciones del comportamiento del conductor, dependencia física o psíquica, alucinaciones y percepción errónea de la realidad son algunas de las consecuencias que dificultan enormemente la conducción.
Datos importantes de la Ley sobre el consumo de alcohol
Según lo establecido en la Ley 9024, se prohíbe la conducción de automóviles bajo la influencia de alcohol, con una tasa de alcoholemia superior a 500 miligramos por litro en sangre.
Para aquellos que manejen bicicletas con o sin motor, motocicletas o ciclomotores, la prohibición es conducir con una alcoholemia superior a 200 miligramos por litro en sangre.
En el caso de los conductores de vehículos automotores destinados al transporte de pasajeros y carga, la ley establece que deben operar con una tasa de alcoholemia de cero gramos por litro en sangre. La autoridad competente llevará a cabo el control correspondiente utilizando el método aprobado específicamente para este propósito.