La cara más dura de la pandemia por Covid-19 aparece cuando el virus provoca la muerte y más aún cuando los familiares no pueden despedirse de la persona querida. Por eso el gobierno de Mendoza decidió implementar medidas para que el último adiós pueda llevarse a cabo de forma segura evitando poner en riesgo tanto a los interesados como a la población. Las mismas aplican también para los pacientes terminales que padecen otras patologías.
Estas pautas se formalizaron en el “Protocolo para el ejercicio humanitario de derechos y decisiones en el final de la vida, en pacientes y referentes afectivos, en contexto de pandemia por covid-19” que se publicó hoy en el Boletín Oficial de Mendoza a través de la Resolución N° 1867.
Allí se establece que el paciente terminal, ya sea que padezca Covid-19 u otras enfermedades, será el que designe a la persona que desee para la despedida. Cuando no pueda manifestar su voluntad la decisión corresponderá a los familiares hasta cuarto grado. Ante la ausencia de los mismos está facultad quedará en manos de sus referentes afectivos. En tanto, para que la persona pueda despedirse de un ser querido debe ser mayor de 13 años y menor de 70. También poseer buen estado de salud y no estar incluido entre los grupos de riesgo.
El elegido debe firmar un consentimiento informado para el acompañamiento en las últimas horas de vida. Además, se le facilitará de forma previa un instructivo con las pautas de seguridad y estrictos requisitos. Esto incluye la colocación del equipo de protección personal (EPP) compuesto por guantes descartables, camisolín de manga larga e hidrorepelente, barbijo médico quirúrgico descartable y protección ocular.
La visita deberá ser aprobada por el equipo médico y llevarse a cabo de acuerdo a las normas que disponga cada institución. La misma tendrá una duración máxima de una hora y al finalizarla no será necesario que el visitante realiza aislamiento de 14 días siempre y cuando haya cumplido con todas las normas de bioseguridad previamente impuestas.
Entre los fundamentos de la resolución, se destaca que en este marco resulta indispensable humanizar, proteger y asegurar el derecho integral a la salud, promover la dignidad de la persona con COVID-19 y asegurar una muerte digna, por lo que las medidas que se dispongan no sólo deben respetar el aislamiento obligatorio y las medidas de distanciamiento, sino también brindar un espacio que asegure el derecho al acompañamiento y a la despedida de aquellas personas que se encuentran atravesando el final de su vida.