Eventos al aire libre y circulación por la vía pública sin horario: nuevas habilitaciones en Mendoza

También se aplicará el horario de atención en los comercios para evitar aglomeraciones. Regirán a partir del miércoles.

Eventos al aire libre y circulación por la vía pública sin horario: nuevas habilitaciones en Mendoza
Orlando Pelichotti / Archivo Los Andes

El Gobierno provincial anunció que a partir del miércoles habrá mayores habilitaciones en Mendoza en el marco de la pandemia por coronavirus.

A través de un nuevo Decreto que saldrá en el Boletín Oficial este miércoles el Gobernador habilitó la circulación por la vía pública en cualquier horario y en eventos públicos con hasta 250 personas, entre otras cosas.

Estas medidas son en virtud de que se hace necesario buscar un razonable equilibrio entre las actividades económicas que se han habilitado hasta la fecha, la situación epidemiológica y la capacidad de respuesta del sistema de salud.

Desde el Gobierno destacaron además que en la etapa de distanciamiento social, preventivo y obligatorio que todavía rige en la provincia de Mendoza, el esfuerzo de los ciudadanos y el respeto por los protocolos sanitarios, han logrado una importante disminución en los contagios, durante las últimas semanas.

La ampliación de horario de circulación y atención en los comercios apunta, principalmente, a evitar la aglomeración de personas, sobre todo en los próximos días festivos.

Circulación en la vía pública

Desde este miércoles, en Mendoza no hay restricciones de horarios para circular en la vía pública.

Horarios de atención y servicios

La nueva norma establece que podrán adaptarse horarios para cada actividad conforme con las disposiciones municipales y normativa vigente en la materia.

Eventos y reuniones sociales

Este tipo de actividades se podrán realizar cumpliendo las siguientes condiciones:

  • Deben realizarse en espacios habilitados al aire libre
  • La cantidad de asistentes estará determinada a razón de una (1) persona por cada 1 mt2 (un metro cuadrado) de superficie, y hasta un máximo de doscientas cincuenta (250) personas.
  • Aquellos lugares habilitados a la fecha que no cuenten con espacio al aire libre, podrán funcionar bajo la modalidad de restaurante, en las condiciones establecidas para tal rubro
  • No podrán ubicarse más de seis (6) personas por mesa y se deberá respetar la distancia de dos (2) metros entre cada mesa
  • Deberán respetarse las normas vigentes sobre distanciamiento social, higiene y utilización de cubreboca

Para la organización de cualquier tipo de evento no contemplado en la presente norma, deberá obtenerse la previa aprobación de la Subdirección de Control de Eventos y Locales de Esparcimiento, dependiente del Ministerio de Seguridad.

Asimismo, se recomienda programar salidas seguras, extremando los cuidados individuales que tiendan a evitar la propagación del virus, como el uso del tapabocas, el lavado frecuente de manos, el distanciamiento social y evitar lugares donde haya aglomeración de personas especialmente en Navidad y Año Nuevo.

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