Las multas por circular en vehículos sin luces bajas fue reducida y las mismas fueron recategorizadas de grave a leve a partir de este lunes, luego de la promulgación que hizo el Gobierno de Mendoza de la ley 9.332, y su publicación en el Boletín Oficial.
Dicho cambio provoca una sensible disminución en los valores de las multas por no cumplir con la normativa. Dichos valores estaban entre los $11 mil y los $15 mil, pero desde ahora los momentos van desde los $1.540 a los $2.200.
La normativa establecía que “El uso de las luces bajas es obligatorio de forma permanente, excepto cuando corresponda luz alta y en los cruces ferroviarios; o luces de conducción diurna (DRL), excepto cuando por situación de luz natural disminuida corresponda luces bajas”.
No obstante, las modificaciones que entraron en vigencia desde ahora incluyen en la Ley de Seguridad Vial los modernos sistemas lumínicos que traen algunos modelos de vehículos de fábrica. Esto significa que los automotores que tengan luces de circulación diurnas (D.R.L) podrán circular con dichos dispositivos encendidos como si fueran luces bajas.