En el debut de las audiencias del jurado vecinal, sancionaron un caso de vandalismo en Ciudad

A partir de una ordenanza vecinos de la Capital pueden sancionar diversas conductas que incumplan el Código de Convivencia, con un mecanismo similar al de los juicios por jurados provinciales.

Jurado Vecinal en la Ciudad de Mendoza
Jurado Vecinal en la Ciudad de Mendoza

La Ciudad de Mendoza realizó ayer la primera audiencia con la intervención del Jurado vecinal en el Concejo Deliberante. Esta figura posibilita que los vecinos de la Capital sancionen distintas conductas que incumplan el Código de Convivencia, en esta oportunidad, por un graffiti en la calle Alberdi.

“Se trató una pintada de un muro de la Ciudad sin autorización del municipio o del propietario. El paso siguiente es establecer la sanción con la posibilidad, en este caso, de una reparación o bien la aplicación de una multa, que puede llegar a los 240.000 pesos”, indicó el intendente Ulpiano Suárez.

La figura de jurado vecinal, que puso en marcha el municipio durante 2023, evaluó el accionar de una persona que había sido encontrada pintando un graffiti en una pared de la calle Alberdi en septiembre del año pasado. Este acto es considerado una degradación visual del entorno urbano, falta que está penada por el artículo 21 del Código de Convivencia.

Hay puntos en común con los juicios por jurado popular que funcionan en la provincia, aunque en este caso, el alcance es estrictamente municipal, siendo el Código de Convivencia el marco normativo.

En el momento del hecho, se incautó una botella plástica con pintura negra, se tomaron fotografías y personal de Preventores labró un acta de infracción, dejando constancia de la acción por la cual el infractor tendría que abonar una multa de hasta 5.000 UTM, aproximadamente unos 240.000 pesos.

“No es interés del municipio aplicar multas o recaudar. Buscamos que estos hechos no sucedan y entre todos cuidar a la Ciudad”, comentó el jefe comunal en conferencia de prensa.

El caso en el Jurado vecinal

Lucas Boulin, el director de Asuntos Jurídicos del municipio, presentó el caso al jurado vecinal, conformado por siete vecinos de la Ciudad que llegaron a esta instancia tras un sorteo. Luego, el infractor realizó su descargo ante el jurado, reconoció el hecho y planteó pintar el muro nuevamente para dejarlo en condiciones o hacer un mural en otro sitio.

Después llegó un breve intermedio donde los siete integrantes del jurado deliberaron acerca del hecho en un espacio contiguo. Con la decisión en la mano, se produjo el ingreso de los jurados al recinto. Un representante leyó la resolución: por cinco votos contra dos, se decidió encontrar responsable al infractor.

El grafiti por el cual el hombre fue sancionado.
El grafiti por el cual el hombre fue sancionado.

Uno de los objetivos es generar conciencia y también que los vecinos participen, se involucren en todos estos temas de la Ciudad para motivar a más en la participación activa”, explicó a Los Andes Daniela Juri, coordinadora del jurado vecinal, y agregó que el mismo está compuesto de personas de entre 18 y 75 años. “Cada miembro tiene su profesión, la verdad es que se genera un debate muy rico entre los vecinos”, agregó.

”Tenemos que recordar que está vigente en la Ciudad un Código de Convivencia que indica las pautas para un uso armónico y respetuoso del espacio público. Desde el ejecutivo impulsamos desde el 2023 la figura del Jurado Vecinal para que en determinadas conductas intervengan los vecinos, esas conductas que alteran la paz social o degradan el entorno urbano”, apuntó el intendente Suárez.

“Más allá de este caso puntual, insisto en la invitación a los vecinos y a los visitantes a cuidar la armonía, todas las actividades se pueden realizar en el marco del Código de Convivencia, entendiendo que el derecho nuestro tiene un límite en el derecho de las otras personas a disfrutar de la Ciudad”, manifestó el jefe comunal.

La resolución

“Ahora viene una instancia donde se dicta la resolución, lo que se está sancionado es el graffiti o el garabato y cómo afecta al entorno urbano. Celebro el trabajo que hacen los muralistas, pero hay que coordinarlo, hay que contar con la autorización del propietario”, dijo el intendente de Ciudad.

Para iniciar este procedimiento de juicio por jurados se debe tener un acta de infracción primero, en este caso la Secretaría de Seguridad Ciudadana descubrió la infracción y en el caso de que el jurado diga que es responsable, se dicta una resolución dependiendo de la sanción.

“Desde el jurado vecinal lo estamos evaluando, porque se toma en cuenta que el infractor ofreció reparar al estado anterior. En los siguientes cinco días debemos llegar a una resolución”, explicó Juri a este diario.

Antecedentes

El año pasado, el intendente Ulpiano Suárez envió el proyecto para aumentar la participación vecinal. De esta forma, el jurado vecinal adquiere relevancia y se juzgarán faltas como vandalismo, uso de pirotecnia, entre otras, lo cual entró en vigencia en agosto del 2023.

La ciudad de Mendoza es la primera en la provincia en implementarlo, siguiendo la propuesta de San Patricio del Chañar ,de la provincia de Neuquén, pionero a nivel nacional. “Estudiamos antecedentes de otras ciudades y pueblos de Argentina, procurando llegar a una figura que realmente contribuya con la participación vecinal para fortalecer la convivencia”, dijo Suárez.

Me animo a decir que Mendoza es pionera a nivel nacional en tener un Código de Convivencia, incluso tiempo atrás mantuve reuniones con otras provincias contando nuestra experiencia y hoy la provincia es un ejemplo”, agregó el jefe comunal.

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El intendente Ulpiano Suárez sigue la línea participativa de Ojos en Alerta, sistema que mediante WhatsApp conecta a vecinos con adhesión al programa, directamente con el Centro de Visualización y Monitoreo de la Ciudad de Mendoza. Con el objetivo de detectar y prevenir acontecimientos como delitos, situaciones sospechosas, accidentes viales, emergencias médicas, botón antipánico, entre otras.

Las faltan que debutan

Según explicó la coordinadora de los vecinos a este diario, los supuestos que entran en jurado son los que están previstos dentro del Código de Convivencia Ciudadana, aprobado por la ordenanza número 3.877 del año 2014, ésta ordenanza es la que aprueba el Código de Convivencia de la ciudad de Mendoza.

Entre ellos, el artículo 14 del Código de Convivencia, el cual se refiere a las actividades pirotécnicas, que están prohibidas, también se regula todo lo que tiene que ver con grafitis con pintura, garabatos, sobre cualquier elemento del espacio público como plazas o un muro, en ese caso, necesitan contar con el consentimiento del propietario o de la municipalidad (incluido en los artículos 21 al 23).

También, lo referido a los juegos o actividades en los espacios públicos, como es el monopatín, skate, deportes extremos o similares, ya que cuentan con sitios para realizar esa actividad, mencionado en los artículos del 31 al 34.

Por último, la limpieza y la higiene principalmente en el tema de los animales, entre los cuales el intendente recordó que los vecinos deben ser responsables de levantar las heces de sus mascotas: “Esa una de las conductas que está alcanzada por el jurado vecinal o quien transitando por la ciudad tira basura fuera de lugar o también aquellas obras en construcción que suelen dejar los escombros en la calle”, lo mencionado por Suárez, también entra en la ordenanza de los residuos, que regula los horarios habilitados para sacar la basura y los remanentes, entre otros.

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