El Gobierno nacional prorrogó el DNU hasta el 6 de agosto y amplió el cupo de ingreso al país

El objetivo es reducir el impacto de la segunda ola de coronavirus en nuestro territorio.

El Gobierno nacional prorrogó el DNU hasta el 6 de agosto y amplió el cupo de ingreso al país
El Gobierno amplió el cupo de argentinos y residentes que podrán ingresar al país.

Este viernes, el Gobierno nacional prorrogó hasta el 6 de agosto inclusive la vigencia del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) con medidas sanitarias para mitigar el impacto de la segunda ola de coronavirus en el país, a la vez que amplió a través de una nueva Decisión Administrativa (DA) el cupo de pasajeros argentinos o residentes diarios que podrán ingresar al país por vía aérea.

A través del DNU 455/21, el presidente Alberto Fernández prorrogó el DNU 287/21, que faculta a gobernadores y al jefe de Gobierno porteño a adoptar medidas ante la verificación de determinados parámetros, a través del denominado “semáforo epidemiológico”, que se divide en bajo, mediano y alto riesgo según la evolución de la pandemia en cada distrito del país.

Amplían cupo de ingreso a la Argentina

El Gobierno amplió el cupo de argentinos y residentes que podrán ingresar al país por vía aérea, según un esquema gradual que regirá durante las próximas cuatro semanas, informaron fuentes oficiales.

Habrá disponibles 5.200 plazas para la semana del 10 al 16 de julio, 6.300 para la semana del 17 al 23 y 7.000 para las semanas del 24 al 30 de este mes y del 31 de julio al 6 de agosto.

También se permitirá el ingreso desde Uruguay de dos buques de pasajeros semanales, con aforo de hasta el 50 por ciento.

En un marco de pandemia y ante la necesidad de evitar la entrada de variantes de coronavirus que no tienen circulación comunitaria en el país, como la Delta, el Gobierno nacional recomendó “a todos los argentinos y residentes no viajar al exterior, especialmente a aquellos que integran los grupos de riesgo”.

Esta recomendación busca también “evitar las dificultades y condiciones sanitarias exigidas al reingreso, considerando la rápida evolución de las condiciones epidemiológicas”, indicaron las fuentes.

Mientras se espera el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que precise la modalidad con la que continuarán los cuidados en el marco de la pandemia por coronavirus, iniciados en marzo de 2020, se adelantó este cronograma de ampliación para ingresos de argentinos al país, y también se indicó que “las fronteras continúan cerradas al turismo.

El Gobierno amplió el cupo de argentinos y residentes que podrán ingresar al país.
El Gobierno amplió el cupo de argentinos y residentes que podrán ingresar al país.

Además, se agregó, que seguirán suspendidos los vuelos provenientes de Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, Chile, Brasil, India y países africanos.

También continúan suspendidos los viajes internacionales grupales, de egresados y egresadas, jubilados y jubiladas, de estudio, para competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de actividades recreativas y sociales, en forma genérica.

Además, quienes regresen desde el exterior estarán obligados a aislarse en los lugares que determinen los gobiernos provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires (CABA) durante 10 días, contados desde el testeo realizado en el país de origen; y la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.

Se controlará que quienes regresaron de viaje estén cumpliendo el aislamiento en sus domicilios y se radicarán denuncias penales en caso de verificarse el incumplimiento del aislamiento, de acuerdo con los artículos 205 y 239 del Código Penal, por violación a medidas contra epidemias y desobediencia a autoridad pública.

Esos códigos contemplan sanciones con prisión de seis meses a dos años y con prisión de 15 días a un año, respectivamente.

Los viajeros deberán hacerse un testeo para poder abordar el avión con destino a la Argentina y, además, deberán hacerse una prueba al llegar al país y otra al séptimo día de ingreso.

Quienes resulten negativos, al ingreso al país deberán cumplir con el aislamiento en los lugares que dispongan los gobierno provinciales y de CABA y deberán realizar un nuevo test para finalizarlo.

Quienes resulten positivos, al ingreso al país deberán realizar otro testeo de secuenciación genómica y, junto con sus contactos estrechos, cumplir aislamiento en los lugares que indiquen las autoridades nacionales, hasta su traslado seguro hasta la residencia si correspondiera.

Todos los testeos y la estadía en los lugares de aislamiento estarán a cargo del pasajero.

Asimismo, el viajero/a deberá declarar los lugares en donde estuvo en los 14 días previos al reingreso al país.

Para el ingreso autorizado como excepción por migraciones, a través de pasos terrestres, la jurisdicción provincial deberá disponer corredores seguros.

Los extranjeros no residentes que ingresen a desarrollar trabajos esenciales, con autorización de Migraciones, deberán cumplir con la cuarentena.

El Gobierno amplió el cupo de argentinos y residentes que podrán ingresar al país.
El Gobierno amplió el cupo de argentinos y residentes que podrán ingresar al país.

En tanto, las provincias deberán controlar el cumplimiento del aislamiento de las personas ingresadas desde el exterior.

En cuanto a transportistas y tripulaciones terrestres, los extranjeros y nacionales deberán contar con testeo de Covid negativo que tendrá una vigencia de siete días de realizado.

Estos testeos, se informó, deberán realizarse carácter previo a comenzar el viaje, en cercanía a su lugar de residencia.

En el casos de los buques, los extranjeros deberán permanecer embarcados y no contarán con relevo en el país; los nacionales tendrán que realizar un testeo de antígenos dentro de las 72 horas de ingreso.

Los transportistas internacionales y los operadores turísticos deberán informar a los usuarios las restricciones vigentes, las condiciones fijadas por cada jurisdicción en la que resida el viajante y la posibilidad de que las mismas sean modificadas según la situación epidemiológica.

Deberán también procurar flexibilidad en la reprogramación de fechas de viajes, para facilitar el cumplimiento de la recomendación de diferir viajes no esenciales.

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