Disponen que el número de CUIL de las personas ya no estará ligado a un género específico

Los organismos de la seguridad social y la AFIP tendrán que adecuar sus sistemas informáticos para que las cifras del Código Único de Identificación Laboral no identifiquen género en su codificación.

Disponen que el número de CUIL de las personas ya no estará ligado a un género específico
Imagen ilustrativa. Foto: Web

Este lunes, el Ministerio de Trabajo de la Nación dispuso que el número de Código Único de Identificación Laboral (CUIL) no esté más relacionado con un género específico.

De esta forma, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y los organismos de la seguridad social deberán adecuar sus sistemas informáticos para que los números del CUIL no identifiquen género en su codificación, señaló la medida oficial rubricada por Claudio Moroni, se indicó en un comunicado.

Claudio Moroni, ministro de Trabajo.
Claudio Moroni, ministro de Trabajo.

El prefijo utilizado en la conformación de los nuevos números del CUIL de las personas, sea 20, 23, 24 o 27 o los que a futuro se determinen “se asignará de forma aleatoria, y será de carácter genérico y no binario en términos de sexo/género”, indicó Trabajo.

Por otra parte, a quienes se les hubiese asignado un número de CUIL con anterioridad a la vigencia de la medida y que estén amparadas por la Ley de Identidad de Género 26.743 podrán solicitar un nuevo número de ese código por única vez.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) y la AFIP deberán adecuar los sistemas informáticos para que sean asignados de forma aleatoria, en tanto ambas dependencias conformarán una Comisión de Trabajo para consensuar “los mecanismos de articulación y coordinación con los organismos públicos necesarios para implementar las modificaciones en el CUIL y en el Código Único de Identificación Tributaria (CUIT)”.

El objetivo de esa medida apunta a establecer la trazabilidad de los datos y la notificación a los organismos correspondientes y, la Resolución de Moroni, regirá a los 180 días de su publicación en el Boletín Oficial, concluyó el documento de prensa de la cartera laboral.

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