Condenan a un hombre deberá pagar más de de $350 mil por violencia de género y simbólica

La mujer fue denunciada por una publicación que hizo en redes. Sin embargo, estableció una contrademanda contra su ex pareja. La Justicia falló y determinó que hubo violencia de género por parte del sujeto, por lo cual deberá abonarle a la víctima una suma de dinero.

Condenan a un hombre deberá pagar más de de $350 mil por violencia de género y simbólica
La Justicia falló y determinó que hubo violencia de género por parte del sujeto. Foto: Gentileza

Una mujer fue denunciada por su ex pareja por “vulneración de derechos personalísimos, de la integridad personal, la salud psicofísica y afecciones espirituales”. La publicación en redes sociales “interfirió en su proyecto de vida” de este hombre que ejerció violencia machista según la investigación judicial.

Sin embargo, el caso dio un giro inesperado luego de que la denunciada estableciera una contrademanda. La jueza Paola María Petrillo De Torcivía de la Cámara Primera en lo Civil, Comercial y de Minas determinó que el hombre deberá abonarle a la mujer la suma de $353.600 en concepto de daño no patrimonial y asistir a programas o capacitaciones vinculadas con temas de género y violencia.

El hombre deberá abonarle a la víctima una suma de dinero. Foto: Gentileza
El hombre deberá abonarle a la víctima una suma de dinero. Foto: Gentileza

La magistrada analizó la publicación de la red social y también tuvo en cuenta la declaración de los testigos que ratificaron la existencia de una relación de pareja en contexto de violencia de género. También valoró el peritaje psicológico realizado mujer que asevera que hay indicadores suficientes, para determinar que sufrió violencia de género.

Sumó a la causa capturas de pantalla sobre diálogos entre ambos. El hombre utilizó “un lenguaje vulgar y plagado de insultos, descalificaciones, situaciones que denotan dominación y utilización de estereotipos, y hasta amenazas, que fueron empleadas en contra de la mujer”.

La jueza indicó que: “Al efectuar la publicación en una red social, ejerció su derecho a expresar libremente una vivencia, cuando pudo verbalizarlo, y como forma de visibilización de la violencia psicológica y simbólica de la que fue víctima, con el fin de alertar a otras mujeres que pudieran haber transitado una situación similar, para que tomen conciencia que tienen derecho a vivir una vida libre de violencia. La conducta desplegada por la demandada, se encuentra debidamente justificada”.

Por otro lado, la Justicia señaló que, en el término de 3 meses, computados desde que la sentencia quede firme, asista a programas o capacitaciones reflexivos, educativos o terapéuticos, vinculados con temas de género y violencia, en una entidad u organismo oficial que brinde capacitación específica en la materia.

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