La flexibilización en los requisitos para entrar y salir a los otros países luego de que transcurriera el momento más crítico de la pandemia de Covid-19 reactivaron el tráfico internacional desde y hacia Argentina. Y es que si bien la pandemia aún no llega a su fin, la mayoría de las restricciones que se dispusieron en el momento más crítico ya quedaron en el pasado. Por lo que, en la medida en que el bolsillo y la economía doméstica lo permiten, de a poco los argentinos comienzan a viajar al exterior.
En Mendoza, una de las escapadas más frecuentes es la de viajar a Chile por unos días, ya sea con el objetivo de disfrutar de las playas del Pacífico o bien para comprar algunos productos. Porque, aun con el tipo de cambio desfavorable y los impuestos al dólar turista (que incrementan el valor total de la mercadería en 75%), siguen existiendo productos que son más baratos del otro lado de la Cordillera de los Andes (ropa, calzado y algunos electrodomésticos o productos tecnológicos son algunos de ellos).
Si bien hay un listado de productos que no están permitidos para su adquisición en el extranjero -como por ejemplo los neumáticos, que llegan a costar hasta una tercera parte de lo que cuestan en el país-, hay otros que no tienen ninguna restricción. No obstante, para ellos hay un límite económico, una franquicia por pasajero o por vehículo y que no debe superarse. Porque si el total de lo comprado supera ese tope, en los controles aduaneros para regresar al país se tributará un porcentaje del excedente. Y ese arancel deberá pagarse en calidad de impuestos.
Cuál es la franquicia y el límite permitido para comprar en Chile u otro país del extranjero
Como en todo lo referido a controles aduaneros, gran parte del procedimiento se encuentra sujeto al azar. Y es que, o bien puede ocurrir que el oficial de la Aduana no realice un control exhaustivo y todo sea un mero trámite. Pero también está siempre latente esa posibilidad de que esté aquel trabajador que revisa absolutamente todo. Y por ello es recomendable hacer todo “por derecha”, como suele decirse; para evitar malos tragos y momentos incómodos.
Lo primero a tener en cuenta es, al momento de salir de Argentina, declarar en la aduana cualquier producto importado que llevemos en ese momento con nosotros. Desde teléfonos hasta notebooks o cámaras de foto. Porque al declararlo en ese momento, con solo presentar el papel donde consta ello al momento de regresar al país, se evitarán dudas o sospechas sobre si el producto fue adquirido mientras duró la estadía fuera del país.
Esto se puede hacer en el mismo complejo aduanero (Los Libertadores para quienes ingresan de Argentina a Chile por el Paso Cristo Redentor) o en el aeropuerto, antes de abordar el avión.
La otra recomendación, ya referida a cualquier producto adquirido en el extranjero, es guardar las facturas o tickets donde quede constancia del valor. Porque eso es lo que se exigirá también en la aduana -en el complejo Roque Carranza, Los Horcones, para quienes regresen de Chile y vía terrestre por el Cristo Redentor- ya que de allí se calculará el gasto total para ver si se excede o no la franquicia.
¿Qué pasa si no tengo los comprobantes de lo comprado en el exterior? En ese caso, el oficial de la aduana calculará el costo de los productos y, por lo general, se toma como referencia el precio máximo de la mercadería en el lugar de origen. De esta manera, si el comprador aprovechó una oferta o rebaja, si no se presenta el ticket, en el control aduanero se tomará el precio sin ninguna promoción.
Para compras en el extranjero, la franquicia permitida sin que se apliquen aranceles por compras es de 500 dólares por persona y por mes, aunque solamente para quienes viajan vía aérea. Para estos viajeros hay, además, una franquicia adicional de 500 dólares más, aunque únicamente para productos adquiridos en el free shop.
Pero para quienes crucen el Paso Cristo Redentor en auto o colectivo, el tope permitido es de 300 dólares, también por mes y por persona.
¿Se pueden sumar las franquicias por familias u ocupantes de un mismo vehículo?
En caso de que una familia regrese junta de un viaje en el extranjero, la franquicia puede acumularse. Así las cosas, para un matrimonio que regrese junto de una escapada a Chile vía terrestre, el tope de compras sin abonar un adicional será de 600 dólares -sin importar si los 600 los gastó uno u otro y en uno o varios productos-; mientras que vía aérea el tope ascenderá a 1.000 dólares. Si hay niños en el grupo familiar, los menores de 16 años tienen permitido ingresar al país la mitad de la franquicia para mayores (es decir, 150 dólares vía terrestre y 250 dólares vía aérea). En resumen, un matrimonio con dos hijos de menos de 16 años pueden ingresar productos (o un producto) por el valor de hasta 900 dólares vía terrestre y de hasta 1.500 dólares vía aérea sin que se le cobre un arancel.
Exentos de estas limitaciones se encuentran hasta un teléfono celular, una notebook o una tablet por persona (se consideran que son equipaje y artículos de uso personal), así como también ropa -siempre y cuando sean pocas prendas y no haya sospechas de que se destinará a ser revendida en el país-.
¿Cómo se calcula el arancel si se exceden los límites de la franquicia?
En caso de que se exceda el tope previsto en la franquicia -personal o en grupo familiar-, el arancel que se cobra equivale a 50% del excedente. Para llevarlo a números concretos, si una pareja -mayores de edad- viajaron a Chile en auto y regresaron, en el control de Horcones deberán declarar lo comprado afuera y presentar las facturas. Gastos de hasta 600 dólares (los 300 de cada uno) no tributan. Pero si ambos gastaron 800 dólares, deberán pagar un arancel de 100 dólares, que es la mitad (50%) de los 200 dólares en que sobrepasaron el límite permitido.
Este arancel se puede pagar en pesos y con tarjetas de crédito, y el monto se pesifica de acuerdo a la cotización del tipo de cambio oficial.
¿Qué productos que se venden en el extranjero no se pueden ingresar al país, sin importar su valor?
Más allá de que cuesten menos de 300 dólares -para quienes viajen vía terrestre- o menos de 500 dólares -para quienes lo hagan vía aérea-, hay algunos productos que no se pueden comprar en el exterior e ingresar por la aduana.
Entre los más resonantes se destacan los neumáticos -algo muy común por estas semanas en las que hubo faltante en Argentina y su costo es inferior a la mitad en Chile, por ejemplo-, y también los electrodomésticos de la considerada línea blanca (heladeras y lavarropas, por ejemplo).
Tampoco está permitido ingresar material arqueológico y cultural, mercadería con finalidad comercial o industrial, estupefacientes y amas o explosivos (salvo autorización del ANMAC).