Asuetos del 23 y 30 de diciembre: quiénes no trabajan y cuál es la diferencia con los feriados

La medida dispuesta por el Gobierno prevé la permanencia del personal de guardia para atender asuntos de urgencias o esenciales.

Asuetos del 23 y 30 de diciembre: quiénes no trabajan y cuál es la diferencia con los feriados
Foto: Ignacio Blanco / Los Andes

Algunos trabajadores no deberán acudir a sus puestos los viernes 23 y 30 de diciembre, dando por resultado dos fines de semana largo justo para Navidad y Año Nuevo, respectivamente.

Se trata de los estatales provinciales (Mendoza) y de los nacionales, así como algunos organismos del Estado y municipios.

Qué es un asueto

Es el acto de suspender las actividades habituales durante un breve periodo. En los casos del 23 y 30 de diciembre, se trata de días no laborables que establecen las autoridades ante alguna circunstancia especial: la proximidad a los festejos Navidad y Año Nuevo, que este año caen sábado y domingo.

Mendoza dará asueto para estatales el 23 y el 30 de diciembre (Imagen ilustrativa / Web)
Mendoza dará asueto para estatales el 23 y el 30 de diciembre (Imagen ilustrativa / Web)

Qué diferencia hay con un feriado

Asueto es un día no laborable. Aunque suene a feriado, no es lo mismo. Este último corresponde a días anuales considerados por la ley, y que se convierten en un derecho al descanso remunerado para el trabajador. Pero el día no laborable surge a partir de disposiciones gubernamentales.

En cuanto al pago, el artículo 181 de la Ley N° 20.744 de Contratos de Trabajo establece que en los días feriados nacionales rigen las normas legales sobre el descanso dominical. En dichos días los trabajadores que no gozaren de la remuneración respectiva percibirán el salario correspondiente a los mismos, aun cuando coincidan en domingo. En caso que presten servicios en tales días, cobrarán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual, es decir, el doble.

En tanto, el artículo 182 dispone que en los días no laborables, el trabajo será optativo para el empleador, salvo en bancos, seguros y actividades afines. En dichos días, los trabajadores que presten servicio percibirán el salario simple (el caso de las guardias, por ejemplo).

Para quiénes hay asueto el 23 y 30 de diciembre

  • Trabajadores estatales del Gobierno de Mendoza
  • Trabajadores del Senado y la cámara de Diputados de Mendoza
  • Trabajadores de Administración Tributaria Mendoza (ATM)
  • Municipalidad de Capital
  • Municipalidad de Godoy Cruz (desde las 12)
  • Trabajadores del Estado nacional y organismos derivados

La medida prevé la permanencia del personal de guardia para atender asuntos de urgencias o esenciales.

Casa de Gobierno, Mendoza - Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes
Casa de Gobierno, Mendoza - Foto: Orlando Pelichotti / Los Andes

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