El juez federal N° 1 de Córdoba, Ricardo Bustos Fierro, desestimó la denuncia de una alumna de Kinesiología de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC) contra sus autoridades porque consideró que no cometieron delito al impedirle que asistiera a las clases presenciales por no estar vacunada ni contar con un PCR negativo. Además, la causa dio un nuevo giro y podría terminar imputada si se prueba que puso en riesgo la salud del fiscal N° 1, Enrique Senestrari, al declarar en Tribunales aparentemente sin cumplir con las medidas sanitarias.
LA DENUNCIA EN CÓRDOBA
La denunciante de 20 años y alumna del segundo año de la licenciatura de la Escuela de Kinesiología, dependiente de la Facultad de Ciencias Médicas, realizó dos denuncias ante la Justicia provincial y la federal.
En el escrito, presentado ante el fuero de excepción, señaló que la ayudante de cátedra le mencionó que para poder concurrir de forma presencial a clases debía estar inoculada, tener turno para vacunación o contar con un PCR negativo de menos de 72 horas.
Luego de que le exigieron tal requisito, la denunciante se comunicó con la profesora adjunta y con el titular de la cátedra. El docente le expresó que si no deseaba asistir presencialmente con esas condiciones, podía cursar de manera virtual.
Sin embargo, la alumna consideró que para ser una futura buena profesional debía estudiar de forma presencial, por lo que explicó que había tomado la decisión de asistir a la primera clase presencial, el pasado 1° de septiembre.
La joven señaló que dos integrantes del Centro de Estudiantes le impidieron ingresar por no contar con carné de vacunación ni con un PCR, y que sus dos profesores le manifestaron que su caso había sido elevado a la Secretaría Académica de la facultad y que la resolución se le iba a informar con posterioridad. Pero que, hasta tanto eso ocurriera, no podía asistir a clases.
Unos días después, se presentó nuevamente para intentar tomar la clase de otra materia. Denunció que tres mujeres le impidieron la entrada y que, incluso, presuntamente la directora de la institución, Marcela Rivarola, le negó esa posibilidad.
Frente a esa circunstancia, manifestó que presentó una carta documento. Fue convocada a la facultad para notificarla de la resolución adoptada en su caso. Dijo que el escrito mencionaba al pie de página: “letrado de la Facultad de Ciencias Médicas”, presuntamente sin su nombre y normativa por la que le negaban la asistencia a las clases presenciales.
El 23 de septiembre, intentó ingresar nuevamente, esta vez acompañada por dos amigos. Describió que una integrante del Centro de Estudiantes no la dejó pasar por no tener el carné de vacunación ni el PCR, y que el vicedirector de la escuela, Pablo Carlos Rossini, le pidió que se retirara.
La joven dijo que quiso exhibir “documentos legales y argumentos científicos verídicos que respaldan” su postura, que es “la libertad de poder elegir cuidar” su salud y “no aceptar ser un experimento de las actuales vacunas contra el Covid-19″.
Finalmente, denunció penalmente a las autoridades y a los profesores en Tribunales II. Al no tener noticias de su causa, radicó una nueva denuncia, esta vez ante la Justicia federal.
PEDIDO DE RECHAZO
El fiscal federal N° 3, Maximiliano Hairabedian, solicitó a Bustos Fierro la desestimación de la denuncia por inexistencia de delito al considerar que las autoridades dispusieron de medidas preventivas frente al virus, lo que no las convertía en delincuentes, puesto que solo habían cumplido con sus roles funcionales.
Señaló que a pesar de que la joven contaba con medidas alternativas (PCR negativo o clases virtuales) para quienes no querían vacunarse, no quiso hacerlo, manifestando así una actitud “egoísta y mezquina”.
El juez fue coincidente con el planteo argumental del fiscal y desestimó la denuncia por inexistencia de delito de parte de las autoridades universitarias. “Acuerdo con el señor fiscal acerca de que el solo hecho de pensar que pedir acreditación de vacunación o PCR para el ingreso a ciertos lugares de concurrencia o confluencia de personas convierte en delincuente al que lo exige es un absurdo que no amerita mayor análisis”, dijo el magistrado, citando a Hairabedian.
CASO LLAMATIVO
Pero la causa dio un giro inesperado. Si bien el fiscal había alertado al juez de que la joven había intentado violar las medidas sanitarias para evitar la introducción o la propagación de una epidemia al querer ingresar a Kinesiología, advirtió la existencia de un impedimento procesal para investigarla.
Ello porque al presentarse inicialmente ante el fiscal federal N° 1, Enrique Senestrari, para denunciar a las autoridades de la escuela y a los docentes, la alumna lo hizo bajo juramento. Al respecto, el artículo 18 de la Constitución Nacional estipula que “nadie puede ser obligado a declarar contra sí mismo”.
Por lo tanto, al mencionar en su denuncia que intentó ingresar a Kinesiología sin cumplir con las exigencias que le comunicaron las autoridades y el personal (estar vacunado o presentar un PCR negativo), la joven habría generado el efectivo inverso: se habría autoincriminado.
“Al resultar la misma autoincriminante”, razonó Bustos Fierro (coincidiendo con la postura de Hairabedian), surge “un obstáculo procesal que impide continuar la investigación”.
“Tal vez la situación hubiera resultado distinta si en la oportunidad de prestar su testimonio se la hubiese interrumpido e informado de sus derechos constitucionales, conforme lo establece expresamente el artículo 18″, indicó y desestimó la denuncia.
LA INVESTIGARÁN
Pero el caso tuvo un viraje y que cobró otro impulso. Bustos Fierro advirtió que al radicar la denuncia el 26 de octubre último en la Fiscalía de Senestrari, la alumna lo hizo de forma presencial.
En ese momento, regían las normas sanitarias que exigían las constancias de vacunación o un PCR negativo expedido dentro de las 72 horas, por lo que el juez consideró que la joven, “quien no cumplía con ninguno de los dos requisitos, puso en riesgo la salud pública en general; y en particular, la del fiscal” Senestrari y de la secretaria María Laura Rodríguez Slivinsky.
Debido a la imposibilidad de que Senestrari investigue, ya que podría oficiar como testigo en la causa, el fiscal general ante la Cámara Federal, Alberto Lozada, designó al fiscal N° 2, Carlos Casas Nóblega, como instructor.
*Este texto fue publicado originalmente por La Voz. Se reproduce aquí con la autorización correspondiente.