Como en Chile, en los supermercados y almacenes de la Argentina los alimentos y bebidas que tengan altos contenidos de azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y/o calorías tendrán una etiqueta negra en sus envases. Además, un ídolo futbolístico o un personaje popular de dibujos animados no podrá figurar en publicidades de consumo positivo de estos productos, cuyo consumo excesivo se considera perjudicial para la salud.
Asimismo, los que contengan edulcorantes deberán, además, llevar la inscripción “contiene edulcorantes, no recomendable en niños/as”; y aquellos con cafeína deberán tener la leyenda “contiene cafeína, evitar en niños/as”.
Todo eso dice el proyecto de ley al que el Senado le dio media sanción por 64 votos afirmativos y 3 negativos en la noche del jueves, y que ahora fue girado a la Cámara de Diputados para su revisión.
La media sanción es fruto del consenso de 15 iniciativas presentadas, entre las cuales figuran las de los mendocinos Julio Cobos, de Juntos por el Cambio (JPC), y Anabel Fernández Sagasti, del Frente de Todos (FDT).
Ambos fueron los oradores finales de un debate de tres horas, en el que solamente la radical tucumana Silvia Elías de Pérez expresó su desacuerdo argumentando que debía proteger al sector azucarero, industria madre de su provincia.
Sólo Elías de Pérez; la oficialista Beatriz Mirkin, también tucumana, y la riojana Clara Vega, del interbloque Parlamentario Federal votaron en contra de la iniciativa.
Detalles
El texto aprobado establece que los alimentos y bebidas sin alcohol envasados, “en cuya composición final el contenido de nutrientes críticos exceda los valores establecidos, deberán incluir en la cara principal del envase un sello de advertencia”.
Ese sello será similar al que se observa en las góndolas del país trasandino: octógonos de color negro con borde y letras de color blanco en mayúsculas con las leyendas “Alto en azúcar”, “Alto en sodio” o “Alto en grasas saturadas”.
El tamaño del sello no podrá ser nunca inferior al 5% de la superficie de la cara principal del envase ni estar cubierto (parcial o totalmente) por ningún otro elemento.
La autoridad de aplicación será el Ministerio de Salud de la Nación pero los valores máximos de calorías, azúcares totales, grasas saturadas y sodio deberán cumplir con el perfil de nutrientes de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
“Decidir cómo alimentarse”
“La ley que debatimos hoy es un paso hacia el futuro. No solo mejoramos el derecho a la información sobre los alimentos que consumen las familias argentinas, sino que ampliamos el derecho a decidir cómo alimentarse”, dijo Fernández Sagasti, en declaraciones a Los Andes.
La referente de La Cámpora sostuvo que “la industria alimentaria puede y debe desempeñar un papel importante en la promoción de dietas sanas reduciendo el contenido de grasa, azúcares y sal de los alimentos procesados; asegurando que las opciones saludables y nutritivas estén disponibles y sean asequibles para todos los consumidores; sobre todo los alimentos destinados a niñas, niños y los adolescentes”.
“Esta norma no es contra nadie sino que acercará una herramienta más para proteger el derecho a la salud y a la información para todos los argentinos”, dijo la vicepresidenta del bloque de senadores del oficialismo.
Por su parte, Cobos dijo a Los Andes que “en verdad se trata de promover la salud, porque la obesidad es un problema grande en la Argentina”. En este sentido, señaló que “un 62% de la población padece exceso de peso y un 32% es directamente obeso, lo que es un factor de riesgo grande porque detrás de ello vienen las cardiopatías, la diabetes y algunos tumores”.
“La industria ya sabía lo que se venía. A veces el sector empresario reclama que se ponga de acuerdo la dirigencia política. Bueno, nos hemos puesto de acuerdo con una política de salud. Ahora, nosotros somos los que le pedimos a la industria que actúe con el mismo esfuerzo y empeño que ha tenido para lograr estirar los plazos acá”, dijo el senador radical.
Dijo que el plazo para reglamentar la ley es de 90 días, para que la industria aplique la ley, 180 días prorrogables por el mismo lapso por una vez; y de 12 meses para las pymes, con opción a 12 meses más. “Son plazos más que entendibles, no se pueden quejar”, dijo el exvicepresidente de la Nación.
En 2016, recién asumidos en sus bancas, Cobos y Fernández Sagasti presentaron iniciativas similares y, junto a otros senadores, como la kirchnerista Silvia Sapag, la macrista Gladys González y la radical Silvia Giacoppo, avanzaron en un texto unificado.