Advierten sobre alto nivel de faltas en la conducción de monopatines eléctricos en Mendoza

Si bien hay regulación, no se aplican multas sino que se trabaja en concientización. Falta de casco, circulación por lugares no permitidos y falta de iluminación adecuada entre las principales faltas.

Advierten sobre alto nivel de faltas en la conducción de monopatines eléctricos en Mendoza. Hoy en el microcentro.
Foto:  Orlando Pelichotti
Advierten sobre alto nivel de faltas en la conducción de monopatines eléctricos en Mendoza. Hoy en el microcentro. Foto: Orlando Pelichotti

Los monopatines eléctricos irrumpen cada vez más en el espacio público como medio de transporte. Aunque hay ciudades en las que deambulan de aquí para allá en gran cantidad como en CABA o Santiago de Chile, en Mendoza son menos frecuentes pero ganan terreno, sobre todo en la zona metropolitana.

Sin embargo, quienes se ocupan de controlar el tránsito en las calles, tanto desde la policía como desde los municipios, advierten que es alta la cantidad de faltas que cometen quienes conducen este tipo de movilidad. Y en ese sentido, se plantean los riesgos que tal cosa implica.

Es lo que señaló Gustavo Becerra Director de Tránsito de Capital y quien también se ha desempeñado en la Policía Vial de la provincia. Con él coincidieron otros consultados.

En general son personas jóvenes, andan por la vereda y no por la calle, andan por el lado izquierdo de la calle que es el carril rápido y no por el derecho como deberían, no respetan el disco pare o las encrucijadas (cruce de calles), sobre todo cuando hay red semafórica”, enumeró. Entre las faltas se cuenta que muy frecuentemente no llevan casco, con los consecuentes riesgos. Agregó que los jóvenes muchas veces no llevan el DNI cuando es un requisito para circular en este tipo de vehículos o les falta la iluminación correcta que es blanca adelante y roja atrás.

Si bien este tipo de dispositivos no estaban incluídos en la Ley de Seguridad Vial original vigente en la provincia, la N° 9024, en 2019 entró en vigencia la ley de Movilidad Personal, N° 9333 de Mendoza. Esta es una modificatoria de la primera e incluye justamente parámetros sobre el uso de este tipo de movilidad denominada dispositivo de movilidad personal.

Monopatines eléctricos. Advierten sobre alto nivel de faltas  de tránsito. 
Hoy en el microcentro de Mendoza
Foto:  Orlando Pelichotti
Monopatines eléctricos. Advierten sobre alto nivel de faltas de tránsito. Hoy en el microcentro de Mendoza Foto: Orlando Pelichotti

El comisario inspector Javier López, Jefe de Operativo de la Policía Vial de Mendoza, agregó que los municipios de Godoy Cruz y Capital han realizado manuales de recomendación y consejos para el uso de dichos dispositivos, “los cuales deberán respetar en todo momento las normas”, subrayó.

Lisandro Delgado, director de Tránsito de Godoy Cruz, destacó que efectivamente hay una ordenanza desde el año 2019, la N°6962 y maneja los mismos criterios que la regulación provincial.

“Godoy Cruz hace punta en movilidad sustentable por eso esta ordenanza regula el uso de dispositivos de movilidad personal”, destacó el funcionario y aclaró que son son los que tienen motor eléctrico equipados de un asiento o son asiento con plataforma.

“Pueden circular en bicisendas o ciclovías, sobre la calzada y está prohibido que circulen por rutas autopistas o veredas (...) lo más importante es que tienen que respetar las normas de tránsito y llevar casco y otras medidas de seguridad, si no lo van a hacer o no tienen pueden usar el transporte público”, subrayó.

Cuáles son los requisitos para circular con monopatín eléctrico

En la modificación a la ley original se agrega como artículo 31 bis un texto que expresa que estos dispositivos deben poseer los siguientes requisitos de seguridad para su circulación por la vía pública:

a) Un sistema de frenos que actúe sobre sus ruedas.

b) Una base de apoyo para los pies.

c) Timbre o bocina que permita llamar la atención bajo condiciones de tránsito mediano.

d) Elementos reflectantes que permitan una adecuada visibilidad.

e) El peso, potencia y dimensiones de los dispositivos de movilidad personal serán establecidos por la Autoridad de Aplicación.

f) En el caso de las baterías que se utilicen para los dispositivos de movilidad personal, se debe garantizar la seguridad y compatibilidad de la combinación batería/cargador.

“La Autoridad de Aplicación establecerá las características técnicas y requerimientos particulares para los elementos exigidos precedentemente. Se prohíbe la circulación de los dispositivos de movilidad personal que no cumplan con los requisitos establecidos en este artículo”, remarca.

Agrega que el conductor debe llevar su DNI y ser mayor de 16 años, llevar casco, luz blanca hacia adelante y roja hacia atrás. En cuanto a la circulación deben hacerlo por la acera, aunque en este sentido según lo manifestado por las autoridades hay que interpretar el lado izquierdo de la calle o en tal caso la ciclovía. La velocidad máxima permitida es de 25 km/h.

En tanto, la ordenanza de Godoy Cruz señala respecto de propiciar el traslado en vehículos con energía más limpia: “El uso desmedido de los automóviles en las grandes urbes y su impacto negativo en la salud de la población y el medio ambiente han llevado al creciente desarrollo de nuevas tecnologías de movilidad en gran parte del mundo. En este contexto, el transporte eléctrico se perfila como uno de los principales protagonistas de las ciudades sustentables del futuro”, argumenta el texto.

Monopatines eléctricos. Advierten sobre alto nivel de faltas  de tránsito. Hoy en el microcentro de Mendoza. No se debe circular por la vereda

Foto:  Orlando Pelichotti
Monopatines eléctricos. Advierten sobre alto nivel de faltas de tránsito. Hoy en el microcentro de Mendoza. No se debe circular por la vereda Foto: Orlando Pelichotti

“Hoy por hoy, el problema más grande al que se enfrenta este particular vehículo es la falta de regulación de su uso, algo lógico si nos ponemos a pensar en la rapidez con que se incorporaron a las ciudades”, agrega.

En octubre de 2020, La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del Ministerio de Transporte, actualizó la normativa vigente ya que no contemplaba este tipo de vehículos. Así, dictó una disposición que establece que los monopatines y patinetas eléctricas sólo pueden circular por las ciudades (calles y avenidas), la velocidad máxima es 30 km/h y la utilización del casco es obligatoria. Además, este tipo de vehículos deben poseer un sistema de freno que permita una detención total del mismo e iluminación delantera y trasera.

Esta nueva disposición aclara que se prohíbe su uso a menores de 16 años y que sólo podrá circular una persona, sin acompañante

Consultada sobre el uso de casco, desde la Agencia Nacional de Seguridad Vial señalaron que no manejan datos sobre uso de casco en este tipo de vehículos sino que es un control más jurisdiccional mientras que desde la Secretaría de Servicios Públicos, de la qué depende la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial de Mendoza informaron que en tal caso, si hay que hacer controles también queda en manos de las municipalidades.

Por ahora, concientización

En los municipios señalaron que no han colocado multas por transgresiones en el uso de este tipo de equipos sino que más que nada están abocados a generar conciencia.

Estamos con educación y concientización por ahora porque es una preocupación del equipo de trabajo desde el punto de vista de la seguridad vial, que no lleguemos al correctivo de la falta sino que la idea es que haya concientización porque el primer vulnerable que tenemos es el peatón, luego al ciclista o el que vaya en monopatín, luego el motociclista, luego el auto, entonces es muy vulnerable porque una caída, colisión o siniestro vial es un gran riesgo”, advirtió Becerra.

Advierten sobre alto nivel de faltas en la conducción de monopatines eléctricos en Mendoza
Advierten sobre alto nivel de faltas en la conducción de monopatines eléctricos en Mendoza

Subrayó que es importante que entiendan que tanto el monopatín como la bicicleta son vehículos de transporte.

En tanto, el comisario inspector López, hizo hincapié en que la Policía Vial es un ente de aplicación de la norma vigente y “para la ley provincial de Tránsito la norma primordial es resguardar la vida”, sostuvo.

Igualmente, dado que surgen nuevos medios de movilidad Delgado señaló: “Necesitamos ampliar más hacia distintos tipos de movilidad, ahora hay unas bicicletas parecidas a las motos pero con rueda más ancha y pueden desarrollar más velocidad y eso está como en un gris y hay que regularlo, en el sentido de lo que impulsa el vehículo , hay que regularlo, en el sentido de la velocidad, no puedo tener en el ciclovia un vehículo que ande a 40 km/h porque se desvirtúa”. Y luego insistió: “Estamos limitados a la ley provincial de tránsito pero necesitamos un marco normativo más amplio que incluya los distintos tipos de movilidad eléctrica”.

Riesgos

Emily Hartridge, estrella de YouTube y presentadora de televisión inglesa (35), murió en 2019 cuando el monopatín eléctrico que conducía chocó contra un camión. Se trató de la primera víctima mortal registrada en el Reino Unido de un incidente con estos nuevos vehículos, aunque ya habían más en otras ciudades americanas y europeas, según advertía por aquel entonces Luchemos por la vida al expresar su preocupación por el nuevo actor.

Los monopatines eléctricos son inestables, poco visibles, muy silenciosos, y circulan a velocidades considerables (25 a 30 km/h) por todas partes, por las veredas entre peatones, por la calzada y en las ciclovías. Sus usuarios no tienen claro qué son en la vía pública al moverse en monopatín. Un problema muy serio”, advierte.

Y luego afirma: “Sin duda, además de la toma de conciencia de los usuarios de su fragilidad en el tránsito, se necesitarán controles muy estrictos –algo inusual en nuestras ciudades-, y autoridades responsables, para que su uso no sea un nuevo factor de heridos y muertos en el tránsito.

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