El lunes es feriado nacional por el Paso a la Inmortalidad del Libertador José de San Martín. A raíz de esta fecha, se espera gran movimiento en la provincia y las expectativas de los comerciantes son grandes. Por esto, abrirán de forma habitual sus negocios al comienzo de semana.
Así lo confirmó la Cámara Empresaria de Comercio, Industria, Turismo y Servicios de la ciudad de Mendoza (CECITyS). “En vísperas del Día del Niño (21/08), la recomendación es que los negocios permanezcan abiertos”, comentó Adrián Alín, titular de la cámara.
¿Se paga doble el feriado en caso de trabajar?
Sí. En caso de que la persona deba trabajar, y tal como sucede en fechas como el 25 de mayo o el 9 de julio (por ejemplo), el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo establece que rigen los mismos derechos sobre el descanso dominical: se cobra la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual (es decir, el doble).
Para calcular ese monto a cobrar en la próxima liquidación, el salario del trabajador mensualizado deberá dividirse por 30, restando un día que corresponde al feriado. A su vez, se deberá dividir el sueldo por 25 (art. 155 L.C.T.).
Finalmente, a los 29 días del sueldo antes mencionado se le deberá agregar el día calculado con el criterio de las vacaciones -con lo cual percibirá una pequeña diferencia a su favor-.