El régimen de Sinceramiento Fiscal (blanqueo en términos habituales) fue instituido mediante la Ley 27.260, reglamentada por Decreto 895/16 y diversas normas de la AFIP.
Ha estado vigente desde el 22 de julio del año pasado y hasta el 31 de marzo de este año.
La norma permitió que se incorporaran al circuito legal los bienes que no fueron declarados, sin obligación de informar a la AFIP el origen de los fondos utilizados para adquirirlos.
Sí se han mantenido vigentes las normas sobre lavado de dinero, información que requiere la AFI.
Las personas físicas y las sociedades, inscriptas o no, podían declarar las tenencias de moneda nacional o extranjera y demás bienes ubicados en el país o en el exterior.
Podían declarar lo que estaba a nombre del cónyuge, familiares directos o terceros, pero luego los bienes debían registrarse a nombre de la persona que ingresó en el sinceramiento.
La ley y su reglamentación estableció un impuesto especial cuya alícuota depende del caso específico (bienes, dinero, compra de bonos), también de la fecha en se ingresaba al sinceramiento y del monto que se declaraba.
El resultado obtenido parece haber asombrado hasta a los más optimistas. La AFIP y el Ministerio de Finanzas han hecho público un detallado informe de los números resultantes.
El total exteriorizado ascendió a 116.800 millones de dólares, equivalentes a más del 20% del PBI. De ese volumen el 80% estaba en el exterior y el 20% en el país.
Un dato muy interesante es que de los 93.300 millones radicados en el exterior, 48% estaba en inversiones (acciones, bonos) y el resto en cuentas e inmuebles. Es importante tener en cuenta que el monto de inversiones de argentinos en el exterior es significativo: U$S 55.900 millones. Esas inversiones producen beneficios a sus titulares, que pueden o no ingresar a nuestro país.
El resultado fiscal ha sido, obviamente, muy importante. Han ingresado al Fisco 9.522 millones de dólares (148.800 millones de pesos), cuyo destino establecido en la ley es el pago de la reparación histórica a los jubilados, del cual una alta proporción ya sido efectivizada.
El primer efecto del Sinceramiento es por definición fiscal. Se han incorporado algo más de 250.000 nuevos CUIT. La base imponible de bienes personales en el país se duplicó y la base imponible de bienes personales en el exterior se multiplicó por seis. Se debe tener en cuenta que las exteriorizaciones realizadas, que han tributado el gravamen especial, de ahora en más seguirán tributando.
Ahora bien cuando se realiza un blanqueo fiscal, más aún de esta magnitud, cabe formular algunos interrogantes. Dejemos de lado la siempre espinosa cuestión moral, de si un blanqueo es un "premio" a los que evadieron o eludieron impuestos y un "castigo" a los que pagaron.
Una cuestión sustancial es preguntarse por qué razón los residentes en nuestro país han sacado del circuito legal tal magnitud de bienes.
La respuesta parece tener al menos dos aspectos objetivos.
Por un lado, la debilidad de la seguridad jurídica de los bienes en nuestro país: basta recordar las diversas confiscaciones de ahorros realizadas en las últimas tres décadas. El hecho de que la mayor parte de los bienes exteriorizados esté radicado en el exterior habla por sí solo, y que casi la mitad de los que estaban en el país hayan sido inmuebles no declarados.
El segundo aspecto objetivo es la presión fiscal cuasi confiscatoria que sufren las personas en Argentina. Ella empuja a la economía informal (en negro) y el producido sale del país. Van a naciones con seguridad jurídica y menores impuestos: EEUU, Suiza, Uruguay, por caso.
De ahí que no falten voces que sostienen que si no hay una reforma tributaria integral, que baje la carga, más tarde o más temprano el fenómeno se va a repetir.
Finalmente mucha gente, de buena fe, se pregunta si el dinero exteriorizado irá a inversiones productivas.
Por las mismas razones precitadas, por ahora parece que habrá que esperar.