En el caso de que el proyecto prospere, tanto los clientes como los empleados de los bancos que
no hagan caso a la advertencia sobre no utilizar el teléfono celular
-para cualquiera de sus funciones- mientras realizan su operación, deberán pagar una multa de hasta diez mil pesos. Inclusive, en caso de reincidir, los infractores estarán sujetos a abonar el doble de ese monto.
La idea de crear una ley para poner un freno a los excesos que cometen las personas en los sitios donde la utilización del celular está prohibida, surgió hace varios años, aunque ahora cobró mayor impulso. De hecho ayer, por unanimidad, los diputados dieron el visto bueno a la iniciativa, que ahora tendrá que ser evaluada por los senadores.
Lo que se busca en concreto es llenar un vacío sobre este aspecto, ya que en muchos casos y por diferentes motivos, en el interior de las entidades bancarias se generan situaciones poco afortunadas. Malas caras, faltas de respeto hacia el agente de seguridad que tiene la obligación de advertir sobre la prohibición y hasta discusiones que vuelven más tenso el ambiente, son algunas de las secuencias que se repiten a diario.
Si la normativa se aprueba, la prohibición será efectiva y se incluirá en el artículo 125 del Código de Faltas de la Provincia. Además de imponer la sanción, el proyecto establece que todas las sucursales de todos los bancos tendrán la obligación de publicar la normativa en lugares visibles para el público.
Aldo Vinci, el diputado demócrata que fue autor del proyecto de ley, destacó que esta norma está en sintonía con las medidas de seguridad necesarias que deben existir en las instituciones bancarias para proteger, justamente, la integridad de quienes van a una sucursal a realizar un trámite o bien, deben trabajar allí.
"La intención de evitar que las personas hablen o envíen mensajes por celular es prevenir las salideras bancarias", dijo el legislador, y aseguró que mientras realizó su proyecto consultó a personal de seguridad, policías y empleados bancarios. Ellos, según Vinci, fueron justamente quienes advirtieron acerca de la carencia de contar con un instrumento legal que permitiese regular la situación.
Quien se encargará de evaluar el monto de la multa ante la negativa de la persona que comete la infracción de hacer caso a la primera advertencia será un juez de faltas. De hecho, el procedimiento en las situaciones donde este hecho se produzca (es decir que la persona continúe utilizando su dispositivo pese a la advertencia) implica que el agente de seguridad a cargo de la sucursal eleve un acta donde se identifique a la persona. Incluso, se podría sumar la participación de testigos que hayan presenciado el suceso.
Una vez elevada la denuncia, el juez de faltas evaluará el tenor del hecho y el monto de la multa, que tendrá un límite de diez mil pesos y 20 mil en caso de reincidencia.
A favor y en contra
Sobre las situaciones cotidianas que se viven en el interior de las entidades financieras hay posturas distintas. Por un lado, se escucha la voz de los clientes que, cansados de estar sujetos a esperas y demoras al realizar sus trámites, no tienen otra opción que mantenerse comunicados.
Necesitan, por ejemplo, avisar que están demorados o bien deben pedir ayuda a un familiar que lo reemplace en alguna obligación que quedó pendiente y que no pudo efectuar debido a la larga espera que se suele sufrir. Por su parte, un agente de seguridad que trabaja en una de las sucursales de un reconocido banco que opera en Mendoza destacó que es habitual escuchar malas contestaciones, gritos y hasta insultos por parte de los clientes cada vez que él les comunica la advertencia.
"A veces nos vemos en situaciones donde la gente se pone muy prepotente y aunque les decís muchas veces que no pueden usar el teléfono, lo hacen igual. Es como si no te escucharan", comentó el empleado. Por eso, desde su punto de vista sería muy positivo que el proyecto legislativo prosperara. "Me parece que sería ideal, porque de alguna forma las personas entenderían que hay una regla y que deben cumplirla", opinó.