En 2019 los vinos espumantes volverán a quedar exentos de pagar impuestos internos, pero esta vez ya no será por decreto sino por ley, un reclamo que el sector no dejaba de plantear cada año. Además, todas las economías regionales podrán pagar retenciones hasta en 90 días cuando normalmente se realizan a los 15 días.
Ambos beneficios fueron incluidos en el dictamen de mayoría del Presupuesto 2019, que está siendo firmado en la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara de Diputados y mañana será debatido en el recinto.
Las modificaciones fueron propuestas por el diputado radical por Mendoza Luis Borsani, quien durante la reunión de la comisión señaló que "luego de 14 años de exenciones, a través de distintos decretos desde 2005 a la fecha, ahora vuelven a impulsar que sea por ley la eliminación del impuesto interno a los espumantes".
"Esto es fruto de una estrategia conjunta entre el Gobierno provincial que encabeza Alfredo Cornejo y la representación parlamentaria", destacó Borsani en diálogo con Los Andes.
En relación con la otra modificación, diputado de la UCR señaló que en el Presupuesto 2019 "se autoriza al Poder Ejecutivo nacional a que pueda otorgar diferimientos de pago de las retenciones, que normalmente se hacen a 15 días, para que lleguen hasta los 90 días".
"Esto le dará una competitividad importante a las exportaciones de las economías regionales", evaluó Borsani.
Cabe recordar que la ley 25.239 de Reforma Tributaria, sancionada en el 29 de diciembre de 1999 modificó el artículo 1º de la ley 24.674 de impuestos internos, incorporando, entre otros productos, a las champañas (espumantes o espumosos).
En el año 2005 a través del decreto 58 se excluyó a las champañas del ámbito de aplicación del gravamen previsto en el Capítulo VII del Título II de la Ley de Impuestos Internos. En el mismo año (2005) se suscribió el "Programa de Expansión del Sector Vitivinícola" y como parte del acuerdo las empresas asumieron el compromiso de invertir durante diez años el equivalente al 125% del gravamen, agregando además que las referidas inversiones no podrían ser inferiores a 150 millones de pesos.
La exención se prorrogó sucesivamente y actualmente el decreto 1103/2017 indica que el beneficio de la exención dejaría de percibirse a partir del 1 de enero de 2019